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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 21516
Disciplina. Decreto estimar recurso y excluir. Do-2012/99-0002

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística a Missaghhian Masoud, Derakhshan Vida Missaghian y Condurache Mihail, expte. DO-2012/0099-0002, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Condurache Mihail, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

Le notifico que por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo n 17407, de fecha 1 de octubre de 2012, se ha dispuesto lo siguiente:

Visto el recurso presentado el 29/08/2012 por el Sr. Condurache Mihail (como constructor), en relación con las obras realizadas en la Av. Gabriel Roca, 33, 3 º 8 ª RC 080945-03-030, consistentes en "Se ha realizado la demolición del muro de fachada de unos 10 m2 aprox. y el cubrimiento de la terraza CON Perfiles metálicos y vidrieras, y Cubierta CON viguetas metálicas y vidrio de unos 16 m2 aprox. Consultados Los archivos de esta unidad (por Unidad Técnica de Información Básica), es localiza solicitud de licencia de obra menor simple CSS11/2785. Los mencionadas obras no están contempladas en esta solicitud ".

Visto el informe de la TAG del servicio, de 13 de septiembre de 2012, que se transcribe en la parte dispositiva.

Vistos los artículos 42, 87, 89, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, los artículos 121 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y los arts. 4.1.hy 4.2.li 18 noveno del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma, y vistos el Decreto de Alcaldía n º 11918, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de fecha 13 de junio de 2011 y el Decreto de Alcaldía núm. 5309, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de fecha 26 de marzo de 2012, y demás normativa aplicable, la TAG del servicio que suscribe considera que el Teniente de Alcalde del área de Urbanismo y Vivienda , puede dictar el siguiente:

DECRETO

1. ESTIMAR el recurso presentado el 29/08/2012 por el Sr. Condurache Mihail (constructor), contra el decreto del presidente del Consejo de la Gerencia n. 7350 de 26/04/12 por el que se inicia el procedimiento de demolición por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la Av. Gabriel Roca, 33, 3 º 8 ª RC 080945-03-030,

A CONSIDERAR QUE:

a) El recurrente indica que no intervino en la ejecución de las obras y que se limitó a hacer las obras de reforma amparadas en la licencia CSS 2011/2785.

b) De la revisión de los expedientes CSS 2011/2785 y DO 2012/99 se constata que, si bien el Sr. Condurache Mihail realizar las obras incluidas en la CSS2011/2785, no consta en el expediente prueba fehaciente de su participación en las obras denunciadas.

c) Visto el artículo 130 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común que establece que sólo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables, y visto el principio de presunción de inocencia establecido en el artículo 137 de la misma ley. Hemos,

2 º. EXCLUIR al Sr. Condurache Mihail (como constructor) de la tramitación del presente expediente DO 2012/99 visto que no hay prueba fehaciente de su participación en las obras denunciadas.

3 º. Notificar esta resolución al Sr Condurache Mihail

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando, en este caso, expedita la vía contencioso administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 116 anteriormente citado, y que dispone la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias que determinan los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Os recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística en lo referente a las futuras notificaciones que se hagan.

Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, se pueden dirigir a las siguientes oficinas: OAC AVENIDAS-Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avenidas); OAC CORT-pl. Santa Eulàlia, 9, bajos; OAC PERE GARAU-c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ-c. Margaluz, 30; OAC SAN FERNANDO-Av. San Fernando, 42 (Edif. Policía Local); OAC S'ARENAL-Av. América, 11; OAC S'ESCORXADOR-c. Emperatriz 6; OAC SON FERRIOL-Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h de lunes a jueves (OAC Avenidas). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en el OAC Cort (sólo registro).

 

Palma, 6 de noviembre de 2012

La jefa del Departamento de Disciplinay Seguridad de los Edificios,
p.d. Decreto de Alcaldía núm. 10434de 08/06/2012, (BOIB núm. 85 de 14/06/2012)
Elvira Salvà Armengod