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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 19 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 21180
Procedimiento ordinario 1498/2008, sobre otras materias

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Texto

NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA 46/11 OUE SE TRASCRIBE A CONTINUACIÓN A LOS DEMANDADOS

REBELDES: JERONIMO RICO VALENT, GABRIEL RICO VALENT , JUAN RICO VALENT

 

SENTENCIA N° 046/2011

En Palma de Mallorca, a 8 de marzo de 2.011 Doña EVA MARÍA GASCÓN PLOU, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia n° 19 de Palma de Mallorca y su partido, habiendo visto los presentes autos de JUICIO ORDINARIO,  registrados con el n° 1498/2008, seguidos a instancia de JUAN PANTENO VALENT, quien comparece representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Mateo Cabrer Acosta y defendido por la letrada Sra. Ma Antonia Alcocer contra JERÓNIMO RIGO VALENT, GABRIEL RIGO VALENT Y JUAN RIGÓ VALENT, todos en situación de rebeldía procesal, sobre usucapión extraordinaria

` F A L L O

Que, ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador de los 'Iribunales· Sr. lMateo Cabrer` Acosta, actuando en nombre y representación de JUAN  PANTENO VALENT contra JERÓNIMO RIGO VALENT, GABRIEL RIGO VALENT Y JUAN RIGÓ VALENT, en situación de rebeldía procesal, DEBO realizar los siguientes pronunciamientos:

1°) Debo declarar y declaro el pleno dominio del actor por prescripción. adquisitiva. extraordinaria de la. finca descrita como “Porción de tierra, olivar y garriga, denominada el Figueral, Pago La Figuera,de este término, de extensión 52 areas, 80 centiáreas  aproximadamente, linda al Norte y Oeste, con el predio el Figueral,  de don Juan Mayol,; al Sur, con la finca que se describe a  continuación; y al Este, con tierra de herederos de don Juan Trias y  con el Predio El Port, de herederos de doña Maria Francisca Mayol”, que se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad 8 de Palma de Mallorca al folio 25, tomo 88 de Sóller, finca 2856 a nombre de Rosa Pons Vicens.

2) Debo declarar y declaro el pleno dominio del actor por prescripción. adquisitiva. extraordinaria de la finca. descrita. como  “Otra porción de tierra  olivar y garriga, llamada tambien El Figueral, pago La Figuera, de este término, de cabida 26 áreas, 40 centiáreas, lindante al Norte, con la finca antes descrita; al Este y Sur, con el predio del Port, de herederos de doña Francisca Mayol; al Sur, con olivar de don Joaquin Castañer y al Oeste, con otro de don Bartolomé Coll a nombre de Rosa Pons Vicens

3°) Debo condenar y condeno a los demandados a estar y a pasar por los pronunciamientos anteriores.

4°) Debo condenar y condeno a los demandados al pago de las costas procesales. 

5°) Una vez sea firme la presente resolución, deberá expedirse mandamiento al Registro de la propiedad número 8 de Palma con testimonio de la presente resolución para la inscripción de la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme pues contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación ante este Juzgado y para la  Ilma. Audiencia Provincial de Palma.

Asi por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firrmo.

Publicación.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la juez sustituta que la ha dictado, en el día  de la fecha estando celebrando Audiencia Pública de la que yo, la Secretaria Judicial, doy fe. P

En PALMA DE MALLORCA, a diecisiete de Abril de dos mil doc .