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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 13 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 18608
Procedimiento Ordinario 0001317/2011

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Texto

 

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001317 /2011

D./Dña. ESPERANZA GARCIAS PUIGSERVER, Secretario/a Judicial de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 13 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4;y 164 de la L.E.C. por el presente se notifica a SONIA LOPEZ BOON, y a FRANCISCO ANTONIO CARMONA ESCOBAR la Sentencia de fecha 4 julio de 2012 dictada en el presente Juicio Ordinario, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo ESTIMAR y EBTIMO íntegramente la demanda interpuesta la COMUNIDAD de PROPIETARIOS “EDIFICIO SKAL”, sita en la Calle Huguet des Far, ÉL Es Castellot, Santa Ponsa, termino municipal de Calviá, representada por el procurador de los Tribunales Doña Luisa Adrover Thomas, contra Doña SONIA LOPEZ BOON y Don FRANCISCO ANTONIO CARMONA ESCOBAR, sin representación ni defensa técnica en estos autos, estando declarada su situación de rebeldía procesal, y la entidad BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Doña María José Díez Blanco;

 

- CONDENANDO a los co-demandados Dona SONIA LOPEZ BOON y Don FRANCISCO ANTONIO de forma solidaria, al pago de 7.763,52 euros ;(SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES euros CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS DE EURO), mas intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda el día 14 de septiembre de 2011 hasta el día 3 de julio de 2012 en que se dicta esta sentencia, y los intereses procesales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente Sentencia.

- DECLARANDO preferente el crédito a favor de la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO SKAL por importe: de 3.542,73 euros, derivado de los gastos generales de la Comunidad de Propietarios correspondientes a los ejercicios 2010 y 2011, imputables a la parte determinada numero 74 de orden, por encima de las cargas y gravámenes inscritos a favor de BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A., en los términos del artículo 9.5 de la. Ley 49/1960, de 21 de julio, y respecto a la finca registral num. 15.846 de Calvia.

Con expresa imposición de costas a la parte codemandada Don FRANCISCO ANTONIO CARMONOA ESCOBAR y Doña SONIA LOPEZ BOON, en relación a la pretensión ejercitada frente a ellos.

Sin expresa imposición de costas en relación a la acción declarativa ejercitada frente a la entidad. BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que contra ella cabe interponer recurso de APELACION ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Palma.

Líbrese testimonio de la presente sentencia que se unirá a los presentes autos, quedando el original en el libro de sentencias de este Juzgado.

Así, por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

 

En PALMA.DE MALLORCA, a diecinueve de Septiembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA JUDICIAL