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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 19668
Procedimiento Ordinario 881/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Da CAROLINA COSTA ANDRES, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n° 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que Eïl el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000881 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Da FRANCISÚD GARCIA IAUDUS, xïüül PEDRO RIBAS SANCHEZ , TANTONIO BART PLAZA , JOSE ISMAEL CAICEDO NIEVES , CESAR AUGUSTO BERNAR

HERNANDEZ , FERNANDO LOZANO AGUSTIN , EDWIN DAVID PEREIRA PINZON contra la empresa LAGUNA YACHT SERVICE SLU sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolucion, cuya parte dispositiva se adjuntań :

,Decretar el embargo preventivo de bienes de la demandada LAGUNA YACHT SERVICE SLU en cuantía suficiente para cubrir la cantidad principal de 13.233’14 euros.

Se acuerda la traba de los siguientes bienes:

- Vehículos·

- 9856 FVY T A

 -4604 FYG j

-4070 FMG A

-4709 GJD

—Cualquier otro bien del que pueda este Juzgado averiguar su titularidad.

—Cualquier crédito a favor del demandado, así como facturas emitidas por el demandado y pendientes de cobro. Sirviendo este proveído de mandamiento en forma a la Comisión judicial para su práctica.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

Requerir a la entidad LAGUNA YACHT SERVICE SLU para que en el plazo máximo de 10 días manifieste en este Organo, relación de bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía por la

que se despachó ejecución, con expresión en su caso de cargas y gravámenes, así como , en el caso de inmuebles, si están ocupados, por que personas y con qué título, con apercibimiento de las sanciones que puedan interponérsele, cuando menos por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de bienes, incluya en ella que nos sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas o gravámenes que sobre ellos pesaren, así como la posibilidad de imponerle multas periódicas si no respondiere a dicho requerimiento.

Al propio tiempo, acuerdo acceder a las bases de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, de la Agencia Tributaria, del Catastro y de la Dirección General de Tráfico; a fin de conocer todos los bienes y derechos propiedad del deudor sobre los que trabar embargo.

Tramítese solicitud de embargo a través de la Cuenta de consignación de la entidad Banesto del presente expediente, sobre las cantidades que la AEAT, tenga pendientes de devolver al ejecutado, hasta cubrir la cuantía objeto de la presente ejecución.

Retener los saldos a favor del ejecutado preventivamente LAGUNA YACHT SERVICE SLU en la  cantidad de 13.233'14 euros.

Asimismo, se decretan embargados los vehículos titularidad del ejecutado con matrículas:

―9856 FVY

-4604 FYG

-4070 FMG --—— bastidor VF7LC9HXC74643900 —― marca CITROEN

-4709 GJD —­­―― bastidor VTLSE321000O5l082 ——— marca YAMAHA.

Expidiéndose al efecto los mandamientos para su anotación.

Y para que sirva de notificación en legal, forma a LAGUNA YACHT SERVICE SLU, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la. Provincia de BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cedula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el. supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a cinco de Octubre de dos mil doce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL