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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 21256
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 31 de enero de 2012, por la que se convocan, para el ejercicio FEAGA 2013, las ayudas para la promoción del vino en mercados de terceros países

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Texto

El 9 de febrero de 2012, se publicó en el BOIB núm. 21, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 31 de enero de 2012, por la que se convocan, para el ejercicio FEAGA 2013, las ayudas para la promoción del vino en mercados de terceros países.

En el punto 7 del apartado noveno de dicha resolución se establece la obligatoriedad para los beneficiarios, dentro el mes siguiente de la notificación de la resolución de concesión, de comunicar al FOGAIBA la aceptación de la resolución. Este plazo coincidió con el plazo de justificación de la convocatoria anterior lo que ha provocado la confusión de los beneficiarios y se hace necesario reabrirlo.

Además, en fecha 30 de marzo de 2012 se publicó, en el Diario Oficial de la Unión Europea, el Reglamento de ejecución (UE) núm. 282/2012, de la Comisión, de 28 de marzo de 2012 por el que se establecen las modalidades comunes de aplicación del régimen de garantías para los productos agrícolas. Este Reglamento, deroga y sustituye el Reglamento (CEE) núm. 2220/85, por lo que resulta conveniente efectuar la correspondiente adaptación.

Por todo lo anterior, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del Director Gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Modificar el punto 7 del apartado noveno de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 31 de enero de 2012, por la que se convocan para el ejercicio FEAGA 2013, las ayudas para la promoción del vino en mercados de terceros países, publicada en el BOIB núm. 21 de 9 de febrero de 2012, que queda redactado de la manera siguiente:

“7.      En el caso de resolución positiva, una vez notificada la resolución de concesión, y siempre antes del 9 de noviembre de 2012, el beneficiario deberá comunicar al FOGAIBA la aceptación de la resolución en los términos establecidos, así como la justificación de la constitución de garantía prevista en el artículo 14 del Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el Reglamento de ejecución (UE) nº 282/2012 de la Comisión, de 28 de marzo de 2012.”

 

Segundo

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears

 

Palma, 31 de octubre de 2012

El Presidente del FOGAIBA

Gabriel Company Bauzá