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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 20922
sanidad multa cans cast 271-342 y otros

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haberse podido realizar las preceptivas notificaciones en los domicilios que constan  en los expedientes relacionados, no haber contestado a los avisos dejados y no tener otros donde llevarlas a cabo, por  el presente edicto se comunica que,  en relación a los expedientes que se instruyen en el Servicio de Sanidad de la Secretaría General de este Excmo. Ayuntamiento, como consecuencia de las denuncias formuladas por la  Inspección por infracciones a la Ordenanza Municipal para la Inserción de Animales de Compañía en la Sociedad Urbana de 25-03-2004 (B.O.I.B. nº 56, de 24-04-2004), y/o Decreto 56/94 de 13 de marzo, Conselleria de Agricultura y Pesca (BOIB nº 65, de 28/05/94), i/o Ley 50/1999 de 23 de diciembre , sobre régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos,  habida cuenta que no se han presentado alegaciones a la  propuesta de resolución de éstos, o si se han presentado, éstas no desvirtúan el hecho imputado, la  Regidora del área delegada de Sanidad y Consumo , por delegación de la Junta de Gobierno de Palma, de conformidad con los artículos 22 y siguientes del Reglamento de Régimen Jurídico del Procedimiento General Sancionador Municipal de 28 de enero de 2003 (B.O.I.B. nº 21, de 15-02-2003), y haciendo uso de la potestad sancionadora atribuida legalmente, ha dispuesto imponer las siguientes sanciones:

-No llevar consigo la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, de un perro raza pitbull, incumpliendo lo establecido en el artículo 8, 1º y anexo I Real Decreto  287/2002 de 22 de marzo, reglamento Ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 74, de 27/03/2002):

Exp.:  271/12 Maria Melania Vidal Petersen, 43178395N,   sanció de multa en quantia 225 euros.

Exp.: 342/12 Ana María Muñoz Jiménez, 43149366D, sanció de multa en quantia 225 euros.

Exp.: 403/12 Kevin García Rullán 45694754X, sanció de multa en quantia 225 euros.

- Tener un perro, raza potencialmente peligrosa, por via o espacio público, sin bozal, incumpliendo lo que establece el art 13-2º d), de la Ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la  tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 307, de 24/12/1999):

Exp.: 68/12 Omar Jiménez Mendozam 43181459V, sanció de multa en quantia 1200 euros.

Exp.: 272/12 María Melania Vidal Petersen, 43178395N, sanció de multa en quantia 1200 euros.

Exp.: 343/12 Ana María Muñoz Jiménez, 43149366 D, sanció de multa en quantia 1200 euros.

Exp.: 402/12 Kevin García Rullan, 45694754X, sanció de multa en quantia 1200 euros.

- Tener un perro, raza potencialmente peligrosa, por via o espacio público, sin sujetar con cadena, incumpliendo lo que establece el art 13-2º a), de la Ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la  tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 307, de 24/12/1999):

Exp.: 36/12 Mateo Miquel Barceló Muñoz, 43149735X, sanció de multa en quantia 1800 euros.

Exp.: 69/12 Omar Jiménez Mendoza 43181459V, sanció de multa en quantia 1200 euros.

Exp.: 315/12 Leslie de Luque Eixeres, 38859220F, sanció de multa en quantia 300 euros.

-Tener un perro, raza  potencialmente peligrosa, sin licencia, incumpliendo lo que establece el art 13-1r b), de la Ley 50/1999 sobre el règimen  jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 307, de 24/12/1999):

Exp.: 30/12 Neus Galiano Vidal, 43233912F , sanció de multa en quantia 2404,05 euros.

Exp.: 70/12 Darío Valderrama Medina 43131303R, sanció de multa en quantia 24040,05 euros.

Exp.: 75/12 José Manuel Manya Simbaña, X 6379280T, sanció de multa en quantia 5000 euros.

-Tener un perro, raza  potencialmente peligrosa, sense identificar mitjançant microxip, incumpliendo lo que establece el art 13-2n b), de la Ley 50/1999 sobre el règimen  jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 307, de 24/12/1999):

Exp.:  31/12 Neus Galiano Vidal, 43233912F, sanció de multa en quantia 300,52 euros.

Exp.: 76/12 José Manuel Manya Simbaña, X6379280T, sanció de multa en quantia 1000 euros.

El importe de estas multas debe hacerse efectivo, en período voluntario, en el plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, en el  Servicio de Recaudación, sito en la Pl. Sta. Eulalia, 9.

Contra este resolución, que agota la vía administrativa,, cabe interponer el recurso de reposición  ante el mismo órgano que la ha dictado,  conforme a lo establecido en el artículo 116  de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen  Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 e enero. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente edicto. En este caso, no se pondrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso potestativo de reposición  deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su presentación. En este caso quedará abierta la vía contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de la utilización de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.       

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición , se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ante el Juzgado contencioso-administrativo , el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto,  esto sin perjuicio de  cualquier otro recurso o acción que considere conveniente. La interposición de recurso no paraliza la vía de apremio, salvo se garantice el pago de la multa. Se ha ce público en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4º del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Palma, 11 de octubre de 2012

P.D(Decreto de Alcaldía 10434 de 8-6-2012)
La jefa de departamento
Rosa Llinàs Bosch