Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 20920
sanIdad decreto medidas m 9511
Por no tener conocimiento de la preceptiva notificación de la persona que a continuación se relaciona, por el presente edicto se le notifica que en relación con el expediente que se tramita en el Area Delegada de Sanidad y Consumo, con el nº M95/2011, como consecuéncia de las molestias ocasionadas por infringir el articulo 46 de las OO.MM. sobre la inserción de los animales de compañia a la sociedad urbana (BOIB nº 93 de 27-06-2009), esta Alcaldia, mediante Decreto 10082 de fecha 04 de junio de del 2012, ha acordado :
" 1º.- Ordenar a la SRA. MAGDALENA SERRA JAUME, con D.N.I nº 42.999.914 , y con domicilio en la c/ Calvia nº 16 baixos B, de Palma, titular del animal ubicado en el mismo, que en el plazo de DIEZ DIAS, contados a partir de la recepción de la presente notificación, procediera a adoptar las medidas correctoras que hubiera, para evitar las molestias generadas por los ladridos de un perro ubicaado en la vivienda de la c/ Calvia nº 16 bajos B, de Palma, de acuerdo con lo que establece el articulo 46 de la OO.MM. para la inserción de Animales de Compañia en la Sociedad urbana (BOIB nº 93 de 27-06-2009), vigente.
2º.- Apercibir a la SRA. MAGDALENA SERRA JAUME , y para el caso del incumplimiento de lo ordenado en el plazo señalado, de que podrá decretarse la retirada de los animales de su actual ubicación, corriendo a su cargo los gastos que pudieran generarse y siendo responsable de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse; todo ello sin perjuicio del traslado de las actuaciones efectuadas al juzgado correspondiente, a los efectos pertinentes.
Contra esta resolución, que agota la via administrativa , se puede presentar recurso de reposición delante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artº 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, segun la redacción de la Ley 4/99, de 13 de Enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el dia siguiente de recibir esta notificación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo se tendra que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o a las dependéncias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionado, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el dia siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, delante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el dia siguiente de recibir esta notificación, esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere oportuna.
Palma, a 02 de Octubre del 2012
LA JEFE DEL DEPARTAMENTO,
Rosa Llinàs Bosch