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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 20846
Disciplina. DO-2011/110. Acord retirada/demolició.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística a Gabriel Riera Mut (cerca) y ONYS PROPERTIES / FISH AND CHIPS PALMA (prom) representado por Stepfen Hall Matthew, expte. DO-2011/110, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a ONYS PROPERTIES/FISH AND CHIPS PALMA(prom) representat per Stepfen Hall Matthew, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

Elvira Salvà Armengod, jefe de departamento, por delegación (Decreto de Alcaldía núm. 22906 de día 01.12.2011, publicado en el BOIB núm. 187 de 15.12.2011), le notifica que, por acuerdo del Consejo de Gerencia Urbanismo de fecha 26/06/2012, se ha dispuesto lo siguiente:

Dado que, de conformidad con los artículos 67.1 y 68 de la Ley 10/90 de 23 de octubre de disciplina urbanística de la CAIB, ha transcurrido el plazo de diez días concedido a los titulares de las obras o terrenos que se relacionan a continuación .

Visto el informe emitido por la TAG del servicio el 11 de junio de 2012 que se reproduce en la parte dispositiva de este acuerdo.

CONSIDERANDO lo previsto en el artículo 4.1.h, 4.2.y 4.2.l del vigente Reglamento de la Gerencia de Urbanismo, la instructora que suscribe propone al Consejo de Gerencia de Urbanismo que adopte el siguiente acuerdo:

1. ORDENAR, vistos los artículos 67.1 y 68 de la Ley 10/90, de 23 de octubre de disciplina urbanística de la CAIB al Sr. GABRIEL RIERA MUT (PROP) y ONYX PROPERTIES/FISH AND CHIPS PALMA (PROM) representado por STEPFEN HALL MATTHEW, para que procedan a la retirada/demolición de las obras realizadas en ce San Pedro 2, RC: 09402505001, consistentes en: "colocación de un conducto para salida de humos en el local ", así como cualquier otro tipo de obras o instalaciones realizadas sin la preceptiva licencia municipal, para restituir la vivienda en el estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística. Visto que las citadas obras no están amparadas en ninguna licencia de obras, y visto el informe de la TAG del servicio del 11 .6.2012 que dice: "

1r. DESESTIMAR las alegaciones presentadas el 03/15/2012 por el Sr. STEPFEN HALL MATTHEW, actuando en nombre y representación de la empresa ONYX PROPERTIES / / FISH AND CHIPS PALMA (PROM) contra la propuesta de retirada / demolición el 02/16/2012

EN CONSIDERAR QUE:

A) El recurrente alega en su escrito que ha solicitado la oportuna licencia municipal para la realización de las obras, pero a día de hoy se ha comprobado que la solicitud de licencia CS 2011/169 para " alicatar baño y conexión de tubo de extracción "ha sido caducada y por lo tanto archivada, por Decreto de Alcaldía núm. 10248, de fecha 06.06.2012.

B) Por tanto, visto que las obras no han sido legalizadas y que no se dispone de la preceptiva licencia municipal que prevé el art. 2 de la Ley 10/90 de 23 de octubre, de disciplina urbanística aplicable a la CAIB (BOIB núm. 141 de fecha 17.11.90) cabe desestimar las alegaciones presentadas y continuar la tramitación del expediente. "

Antes de iniciar la demolición se deberán cumplir las condiciones de demolición que se indican en el informe técnico de 8 de marzo de 2012 y que dice:

"Las siguientes condiciones se deberán considerar de obligado cumplimiento antes de iniciar la demolición y restitución:

1. En cumplimiento de lo preceptuado en la "Resolución de inicio del servicio público obligatorio insularizado para la gestión de los residuos de construcción, demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca" publicado en el BOIB de 15 a 11 - 2005, deberá cumplirse lo previsto en el artículo 9 del "Plan Director Sectorial para la gestión de los residuos de construcción - demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca" (BOIB 23-11 - 2002), obteniendo la siguiente documentación:

- Contrato con MAC Insular para gestionar los residuos generados.

- Evaluación del volumen y las características de los residuos que se originan.

- Medidas previstas de separación en origen o reciclaje "in situ" durante la fase de ejecución de la obra.

- Valoración económica del coste de la gestión adecuada de los residuos generados.

EL PLAZO DE LA EJECUCIÓN SERÁ: 2 MESES

Indicar que para llevar a cabo la demolición de las obras denunciadas deberá disponer de toda la documentación que se relaciona a las condiciones de la demolición, sin que sea preceptiva la solicitud de una licencia municipal de obras.

2 º. Apercibir a los interesados, de conformidad con el artículo 67 y siguientes de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB, que el incumplimiento de esta orden de demolición, retirada o reconstrucción podrá dar lugar a la ejecución subsidiaria por parte de este Ayuntamiento, por lo que se solicitará presupuesto a la empresa adjudicataria para la realización de obras por vía de ejecución subsidiaria. Desde el momento en el que se pide la presentación de presupuesto, se considerará iniciada la ejecución subsidiaria y todos los gastos que se originen para la preparación y posterior ejecución subsidiaria de las obras descritas en el apartat1r de este acuerdo, correrán a cargo del propietario obligado.

3 º. Poner este acuerdo en conocimiento del DEPARTAMENTO FINANCIERO a los efectos de recaudación de los tributos pertinentes.

La valoración de las obras realizadas, efectuada por el técnico municipal de acuerdo a los precios del Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos de Mallorca es de € 359.60.

4 º. NOTIFICAR el presente acuerdo a los interesados y dar cuenta al Negociado de Expedientes Sancionadores para iniciar/continuar el expediente sancionador.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99, de 13 de enero y el art. 33 del vigente Reglamento de la Gerencia de Urbanismo. El plazo para interponerlo es de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del presente edicto, en este caso, no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionada. Se entiende desestimado cuando no se ha resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente que se ha interpuesto. En este caso expedita la vía contencioso administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. antes mencionado y el 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto . Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Os recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística en lo referente a las futuras notificaciones que se hagan.

Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, se pueden dirigir a las siguientes oficinas: OAC AVENIDAS-Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avenidas); OAC CORT-pl. Santa Eulàlia, 9, bajos; OAC PERE GARAU-c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ-c. Margaluz, 30; OAC SAN FERNANDO-Av. San Fernando, 42 (Edif. Policía Local); OAC S'ARENAL-Av. América, 11; OAC S'ESCORXADOR-c. Emperatriz 6; OAC SON FERRIOL-Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h de lunes a jueves (OAC Avenidas). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en el OAC Cort (sólo registro).

Palma, 26 de octubre de 2012

La jefa del Departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios,
p.d. Decreto de Alcaldía núm. 10434 de 08/06/2012, (BOIB núm. 85 de 14/06/2012)
Elvira Salvà Armengod