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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 21237
Decreto de Delegación de Competèncias nº 2011-3075,

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Texto

 

Modificar el Decreto de Delegación de Competèncias nº 2011-3075, de 28/06/2011, reservando a favor de la Alcaldia la aprobación y formalitzación de los convenios administrativos tanto con entidades públicas como privadas, que se tramiten

En cumplimiento del art. 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que por Resolución de Alcaldía nº 2012/0697, de fecha 25/10/2012, se ha resuelto:

En presencia del Decreto nº 2011-3075, de 28/06/2011, mediante el cual se delega a favor de los concejales que se determinan la gestión, inspección e impulsión de las materias que este decreto especifica;

Dado que es voluntad de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Alaior la modificación del Decreto de Delegación de Competencias nº 2011-3075, de fecha 28/06/2011, con el fin de reservarse la aprobación y formalización de los convenios administrativos, tanto con entidades públicas como privadas;

Dado que el artículo 44.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF) establece que en las modificaciones de las delegaciones se aplicarán las mismas normas que para su concesión (reguladas en el art. 44);

En uso de las competencias atribuidas a esta Alcaldía en los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO:

PRIMERO. Modificar el Decreto de Delegación de Competencias nº 2011-3075, de fecha 28/06/2011, reservando a favor de la Alcaldía la aprobación y formalización de los convenios administrativos tanto con entidades públicas como privadas, que se tramiten.

SEGUNDO. Notificar la presente resolución a los concejales afectados y remitir la resolución a los responsables de área para general conocimiento.

TERCERO. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal para general conocimiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la firma de esta resolución por la Alcaldesa, y dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.”

 

Alaior, 26 de octubre de 2012

 

La Alcaldesa

Misericordia Sugrañes Barenys