Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 20510
Notificación propuesta sanción exp. ds-2010/62-01
Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Manacor Invest SL, exp.núm. DS-2010/62-01 dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Manacor Invest SL, de conformidad con las artes. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
Propuesta de resolucion: Que formula la Sra Victoria Fernandez Irigaray, instructora del expediente sancionador seguido contra Manacor Invest SL (CIF. B 07622566), por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la c. Rafaletes s/n (centre comercial), RC. 07582002, de conformidad con lo dispuesto en los art.13, 14 y 15 del Decreto 14/1994 de 10 de febrero por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, así como arts. 35 a 39 Y 72 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística de la C.A.I.B.
Visto que por Consejo de Gerencia de Urbanismo de 24.01.2012, se dispuso el inicio de expediente sancionador grave a Manacor Invest SL (CIF- B 07622566), por la realización de obras sin licencia en la c. Rafaletes s/n (centre comercial), RC. 07582002
Vistos los artículos de general aplicación, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II y III del decreto 14/1994 de 10 de febrero, la instructora que subscribe formula la siguiente propuesta de resolución:
1º- Desestimar las alegaciones presentadas el 08.02.2012 por la Sra. Inmaculada Gil Cañestro, en representación de Manacor Invest SL, contra el acuerdo del Consejo de la Gerencia de Urbanismo de 24.01.2012 por el cual se inicia procedimiento sancionador por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la calle Rafaletes s/n (centro comercial), RC. 07582002, consistentes en: “Construcción 2 muros con bloques de hormigón, uno de 8,60 m x 4,20 m aprox. y otro de 4,00 m x 4,20 m. Solera de hormigón de aproximadamente 34,40 m”.
Al considerar que:
a. El recurrente indica que la propiedad fue la responsable de solicitar la licencia y que no realizó la totalidad de las obras.
a. Visto que de acuerdo con el articulo 30 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística, en las actuaciones que se ejecuten sin licencia serán sancionados, entre otros, el constructor, es completamente procedente la tramitación del presente procedimiento.
a. Respecto a la discrepancia en las obras realmente ejecutadas por la empresa denunciada, cabe desestimar las alegaciones realizadas dado que no se aportan pruebas al respecto que permitan desvirtuar las presentes en los procedimientos de disciplina urbanística iniciados (DO 2010/62 y DS 2010/62-01).
En consecuencia, los hechos alegados no desvirtúan las circunstancias probadas en la tramitación del presente procedimiento, es decir, la ejecución de obras sin la preceptiva licencia municipal, por tanto, se deben desestimar las alegaciones presentadas.
2º.- Proponer a Manacor Invest SL (CIF. B 07 622566), la sanción de dos mil quinientos treinta y tres euros con trece céntimos (2.533,13 euros, 75 % sobre valoración realizada, Art 45-a) de la Ley de Disciplina Urbanística de la CAIB), por la realización de las obras sin la preceptiva licencia municipal, descritas anteriormente.
Elvira Salvà Armengod, jefa del Departamento de Disciplina de Obras, por delegación de acuerdo con el Decreto de alcaldía nº. 22906 d’1.12.2011, publicado en el BOIB nº. 187, de 15.12.2011, le envío adjunta, propuesta de resolución para que de conformidad con el art. 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, presente cuántas alegaciones, documentos u otros elementos que estimes oportunos en un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la recepción del presente escrito, también puede consultar el expediente con la asistencia, en su caso, de los asesores que encuentre convenientes, y además, puede solicitar copia de los documentos que constan en el expediente en la forma legal o reglamentariamente establecida.
Una vez finalizado el mencionado plazo, se declarará terminada la fase de instrucción, y se cursará todo lo realizado al órgano competente para resolver el procedimiento de forma inmediata, de conformidad con lo que establece el art. 15 del mencionado decreto.
Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal, Av Amèrica, 11 (S’Arenal); OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Es Coll d’en Rabassa, c. Cardenal Rossell, 96 (Coll d’en Rebassa); OAC Son Ferriol, Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí, c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Son Pacs, Cm Reis, 400, (Son Pacs). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).
Palma, 28 de juny de 2012
La jefa de Departamento deDisciplina urbanística y Seguridad de los Edificios
(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod