Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 20470
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio ambiente de las Illes Balears de Almacenamiento temporal de cenizas en el vaso 1 por encima de la cota autorizada en el vertedero de Biniatria (CT de Alcúdia) de Gas y Electricidad.
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 21 de junio de 2012
CONSIDERANDO
1.Que Gas y Electricidad Generación SAU ha solicitado una modificación de la AAI consistente en el almacenamiento temporal de cenizas en el vaso 1 por encima de la cota autorizada.
2.Que la documentación aportada justifica que se trata de una modificación no sustancial, en cumplimiento del art. 10.2 de la Ley 16/2002, de 1 de julio.
ACUERDA
informar favorablemente la modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada del vertedero de Biniatria (CT de Alcúdia), consistente en el almacenamiento temporal de cenizas en el vaso 1 por encima de la cota autorizada, con las condiciones de explotación, capacidad y procesos indicados en el proyecto técnico que acompaña la solicitud y con sujeción a las siguientes condiciones:
1.El almacenamiento temporal, incluida la fase de traslado de los residuos al vaso 2, se autoriza por un plazo de 6 meses desde la aprobación de la presente modificación.
2.Para evitar las emisiones difusas, se vigilará especialmente el cumplimiento de todos los puntos del condicionante 9.4.a de la autorización ambiental integrada (condicionantes de atmósfera en la fase de explotación del vertedero de Biniatria), incrementando, en todo caso, las tareas de compactación y humectación.
3.Finalizado el periodo autorizado y una vez que las cenizas del almacenamiento temporal se hayan trasladado al vaso 2, se procederá al sellado del vaso 1.
El presente acuerdo se entiende sin perjuicio de la actualización del Plan de Autoprotección a la DG de Emergencias.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Comisión de Medio ambiente de las Illes Balears en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a haber recibido la notificación del acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 30 de agosto de 2012
El presidente
José Carlos Caballero Rubiato