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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 20895
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2012 por el que se aprueban inicialmente las normas subsidiarias y complementarias del planeamiento de la reserva estratégica de suelo Son Güells. Parcelas M4.1/M4.2/M6.2/M6.3 de la UE/69-03. RES 47/08 de Palma

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Texto

 

La Ley 5/2008, de 14 de mayo, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo para viviendas de protección pública, publicada en el BOIB núm. 68, de 17 de mayo de 2008, regula la implantación de áreas denominadas reservas estratégicas de suelo, que se llevará a cabo, en primer lugar, con una convocatoria pública de oferta de suelo de titularidad privada, y posteriormente mediante la tramitación y aprobación de los correspondientes instrumentos de planeamiento según el procedimiento previsto en el artículo 4 de la Ley.

 

Así, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 5/2008, el 18 de julio de 2008, el Consejo de Gobierno aprobó la convocatoria pública de oferta de suelo para la creación de reservas estratégicas de suelo, la cual fue resuelta el 6 de marzo de 2009, seleccionando, entre otros, el expediente número 47/2008, correspondiente a la oferta de suelo del sector Son Güells. Parcelas M4.1/M4.2/M6.2/M6.3 de la UE/69-03, de Palma.

 

Una vez elaborado el avance de las normas subsidiarias de esta reserva estratégica seleccionada y sometido a los informes vinculantes del Ayuntamiento de Palma y el Consejo Insular de Mallorca, corresponde, al amparo del artículo 4 b) de la Ley 5/2008, su aprobación inicial por parte del Consejo de Gobierno.

 

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en la sesión de día 26 de octubre 2012, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

 

Primero. Aprobar inicialmente las normas subsidiarias y complementarias del planeamiento de la reserva estratégica de suelo del sector Son Güells. Parcelas M4.1/M4.2/M6.2/M6.3 de la UE/69-03, de Palma, y declarar la suspensión, en los ámbitos territoriales afectados, de las determinaciones del planeamiento general respectivo.

 

Segundo. Abrir un plazo de información pública de un mes, a contar desde la publicación del presente acuerdo en el BOIB, plazo en el cual el Ayuntamiento de Palma y el Consejo Insular de Mallorca emitirán un informe vinculante sobre las normas inicialmente aprobadas.

 

Tercero. Publicar el presente acuerdo en el BOIB.”

 

Palma, 26 de octubre de 2012

 

El secretario del Consejo de Gobierno

 Antonio Gómez Pérez