Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
Núm. 18611
Delegación ordenación publicación edictos y resoluciones Departamento de Presidencia del Consejo Insular de Mallorca
El apartado b) del artículo 2 del Decreto de Organización del Consejo Insular de Mallorca, de día 15 de julio de 2011 (BOIB nº 111, de 21 de julio de 2011), modificado por el Decreto de día 10 de octubre de 2011 (BOIB nº 159, de 22 de octubre de 2011), dice que los consejeros ejecutivos tienen la atribución de ordenar la publicación de las resoluciones y los edictos, en relación con las materias propias del departamento, en publicaciones oficiales y otros medios de comunicación social.
El artículo 2 b) del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca vigente, prevé que los consejeros ejecutivos puedan delegar esta orden de publicación en favor de las personas responsables de las secretarías técnicas y de las direcciones insulares.
En el ámbito de la nueva regulación del Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en vistas a la próxima implantación del procedimiento de envio telemático de los documentos que se tienen que publicar, se ha de crear el registro automatizado, adscrito a la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, de autoridades y personal facultados para ordenar la inserción de los textos mediante la firma electrónica en el marco de la nueva aplicación informática ‘Edictos’.
Para agilizar el envio de los anuncios que se tengan que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares,
RESUELVO:
1. Delegar la atribución de ordenar de publicación de las resoluciones y los edictos en relación con la materia propia del departamento de Presidencia en favor de la señora Joaquina Ibáñez Ripio, secretaria técnica.
2. Este Decreto empieza a regir el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 6 de septiembre de 2012
El consejero ejecutivo de Presidencia
Jaume Juan García