Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE CAMPOS
Núm. 20307
Disolución del consorcio Plan D-Campos para integración en el nuevo Consorcio de infraestructuras de Illes Balears
Se hace público que la Junta Rectora del Consorcio Pla D-Campos, en sesión de 10 de octubre de 2012, ha adoptado el acuerdo que seguidamente transcribo literalmente:
“5. APROBACIÓN DE LA DISOLUCIÓN DEL CONSORCIO PLAN D-CAMPOS PARA INTEGRACIÓN EN EL NUEVO CONSORCIO DE INFRAESTRUCTURAS DE BALEARES Y DELEGACIÓN EN EL PRESIDENTE DEL CONSORCIO PLAN D-CAMPOS PARA LOS TRÁMITES DE DISOLUCIÓN Y EFECTIVA EXTINCIÓN.
La representante de la CAIB, María Marqués, expone que con el fin de racionalizar el sector público instrumental de la Comunidad Autónoma, el Gobierno de las Islas Baleares, mediante el Consejo de Gobierno día 21 de septiembre de 2012, ha aprobado la creación del Consorcio Infraestructuras mediante la fusión, entre otros, del Consorcio Plan D y la aprobación de sus Estatutos (BOIB núm. 140, de 25 de septiembre de 2012).
La creación de este Consorcio estaba prevista en la primera fase del Proyecto de Reestructuración del Sector Público Instrumental de las Islas Baleares (punto 11 del anexo I), aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de abril de 2012.
Estas actuaciones se enmarcan en la necesidad de cumplir lo previsto en la disposición adicional octava de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2012 (BOIB núm. 195 ext., de 30 de diciembre de 2011) que autoriza al Gobierno de las Islas Baleares para que, con carácter general, haga todas las actuaciones que sean necesarias, normativas y de ejecución, a fin de racionalizar y reducir el conjunto de entes instrumentales de la Comunidad Autónoma.
Es por ello que procede proceder a la disolución del consorcio por integración de sus activos y pasivos en el nuevo Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares, creado por razones de economía y eficiencia.
De acuerdo con los artículos 12 y 16.3 de los Estatutos del Consorcio Plan D-Campos, corresponde a la Junta Rectora del Consorcio, como órgano de gobierno del mismo, la disolución del consorcio. Los acuerdos que adopte la Junta Rectora del Consorcio relativos a la disolución y liquidación del Consorcio, así como los referentes a su transformación en otra entidad, se adoptarán por unanimidad de los miembros con derecho a voto en esta Junta y la ratificación de las entidades que sean miembros del Consorcio con derecho a voto en éste.
El artículo 13 h de los Estatutos prevé que corresponde al Presidencia del Consorcio ejercer las funciones que le delegue la Junta Rectora.
Por tanto, visto lo anterior, se pasa a la votación y la Junta Rectora acuerda, por unanimidad:
1. Aprobar la disolución del Consorcio Plan D-Campos por integración en el Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares, creado por acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión de día 21 de septiembre de 2012 (BOIB núm. 140, de 25 de septiembre de 2012 ), sin perjuicio de la ratificación por parte de las entidades consorciadas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.3 de los Estatutos del Consorcio Plan D-Campos.
2. Acordar que todos los bienes, derechos y obligaciones del Consorcio Plan D-Campos se integren en el nuevo Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares, a la fecha de ratificación de la disolución del Consorcio Plan D-Campos por parte de del Consejo de Gobierno de las Islas Baleares.
3. Las cuentas anuales del ejercicio 2012 del Consorcio Plan D-Campos, a fecha 31 de octubre de 2012, una vez auditados y aprobados por la Junta Rectora del Consorcio Plan D-Campos, serán las cuentas de integración en el Consorcio Infraestructuras de las Islas Baleares.
4. Facultar al Presidente del Consorcio, como órgano de gobierno y de gestión, a llevar a cabo todos los trámites tendentes a la disolución y efectiva extinción del Consorcio Plan D-Campos para su integración en el Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares.
5. Notificar estos acuerdos a los interesados, y en especial al Ayuntamiento de Campos, en la Consellería de Turismo y Deportes, a efectos de su ratificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.3 de los Estatutos.
6. Ordenar la publicación de estos acuerdos en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”
Campos, 11 de octubre de 2012
El Presidente
Sebastià Sagreras Ballester