Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 20465
Corrección de errores en los expedientes de modificación puntual de las normas subsidiàrias del planeamiento urbanistico municipal, núms. 02/2012 i 03/2012
Se hace público que por el Pleno de la Corporación Municipal reunido en sesión ordinaria día 27 de septiembre de 2012, entre otros, ha adoptado el siguiente acuerdo:
11) CORRECCIÓN DE ERRORES EN LOS EXPEDIENTES DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DEL PLANEAMIENTO URBANISTICO MUNICIPAL, NÚMS. 02/2012 Y 03/2012
1) Modificar el error existente en el punto segundo del Acuerdo de Pleno de 26 de julio de 2012, recaído en el expediente 2/2012 de modificación puntual de las NNSS d’Andratx, el cual queda redactado de la siguiente manera:
‘2) Aprobar provisionalmente la modificación puntual 2/2012 de las Normas subsidiarias d’Andratx, relativa a las condiciones de tamaño de los locales comerciales, a las zonas cualificadas como PAI, PAI*, PAII, PAII*, PAIV, PAIV*, PAV i PAV*, que figura en las Normas 89, 90, 91, 92, 94, 95, 96 y 97 de la normativa urbanística de las vigentes NNSS d’Andratx. Este acuerdo de aprobación provisional determina por si mismo la suspensión de la tramitación y el otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en las zonas cualificadas como PAI, PAI*, PAII, PAII*, PAIV, PAIV*, PAV i PAV* que sean contradictorias con las nuevas determinaciones de la ordenación aprobada provisionalmente. Esta suspensión será vigente hasta la aprobación definitiva de la modificación puntual, aunque, en todo caso, tendrá una duración máxima de un año desde la aprobación provisional. No obstante dentro el periodo de suspensión se podrán tramitar los instrumentos u otorgar las licencias fundamentadas en el régimen vigente que sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento provisionalmente aprobado’.
2) Modificar el error existente en el punto segundo del Acuerdo de Pleno de 26 de julio de 2012, recaído en el expediente 3/2012 de modificación puntual de las NNSS de Andratx, el cual queda redactado de la siguiente manera:
‘2) Aprobar provisionalmente la modificación puntual 3/2012 de las Normas subsidiarias d’Andratx, relativa a la norma 24 de las Normas Urbanísticas, que trata sobre la profundidad edificable a las zonas cualificadas como PAI, PAII, PAIV, PAIV*, PAV i PAV* que figura en las Normas 89, 91, 94, 95, 96 y 97 de la normativa urbanística de las vigentes NNSS d’Andratx. Este acuerdo de aprobación provisional determina por si mismo la suspensión de la tramitación y otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en las zonas cualificadas PAI, PAII, PAIV, PAIV*, PAV i PAV* que sean contradictorias con las nuevas determinaciones de la ordenación aprobada provisionalmente. Esta suspensión será vigente hasta la aprobación definitiva de la modificación puntual, aunque, en todo caso, tendrá una duración máxima de un año desde la aprobación provisional. No obstante dentro el periodo de suspensión se podrán tramitar los instrumentos u otorgar las licencias fundamentadas en el régimen vigente que sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento provisionalmente aprobado’.
3) Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en uno de los diarios de mayor difusión en la isla, a los efectos de qué quede correctamente identificado el ámbito afectado por la suspensión de licencias atada a la aprobación provisional, tal y como exigen los apartados segundo y décimo de l’artículo 7 bis de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible a las Islas Baleares.’
Andratx 16 de octubre de 2012
El Regidor Delegado de l’Área d’Urbanismo
José A. Olivares Salvà.