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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 20509
ite 2007/238 notificación informe deficiencias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Como consecuencia del expediente ITE 2007/238 referente a la Inspección técnica de Edificios, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Serra García Esperanza, de conformidad con el Art. 59-4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que transcrito dice:

 

Elvira Salvá Armengod, jefa del departamento, por delegación (Decreto de Alcaldía núm 22906 de 01/12/2011, publicado en el BOIB 187 de 15/12/11), le remito, anexo, informe técnico municipal en relación a la visita de comprobación realizada.

 

La documentación indicada puede presentarse en cualquiera de las oficinas de Atención al Ciudadano en: OAC Cort en plaza de Santa Eulàlia, 9, 07001, tfn 971225971; OAC Sant Ferran en avenida Sant Ferran 42, 07013, edificio Policía Local, tfn 971225511; OAC Avingudes en avenida Gabriel Alomar, 18, 07006, edificio Avingudes, tfn 971225900; OAC Pere Garau en calle Pere Llobera 9, 07007, tfn 971225900; OAC S’Escorxador en calle Emperadriu Eugènia, 6, 07010, 971201362; OAC Son Ferriol en avenida del Cid 8, 07198, 971426209; OAC Sant Agusti en calle de Margaluz 30, 07015, 971708733; OAC S'Arenal en avenida América, 11, 07600, 971225891; mediante instancia dirigida al Ajuntament de Palma, donde ha de hacer constar el número de expediente. Horario de atención al Público para todas las OAC, todo el año: 8.30 h a 14.00 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: 8.30 h a 17 h de lunes a jueves únicamente en la OAC de Avingudes. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en Pza. Santa Eulàlia 9 (sólo registro).

 

Les recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía, pueden ejercer su derecho de opción lingüística por la lengua castellana en cuanto a las futuras notificaciones que se hagan dentro de este procedimiento.

Se ha realizado visita de inspección ocular al inmueble situado en la calle Cabrera, 17, para comprobar únicamente la ejecución de las obras urgentes notificadas a la propiedad en su día con el siguiente resultado:

 

Obras urgentes que se requirieron ejecutar:

 

Orden de ejecución con aprobación del CGU con fecha 13/03/2008:

 

Reparación de las vigas y viguetas interiores de la cubierta inclinada y plana del voladizo posterior, que se encuentran afectadas por filtraciones de agua.

Adopción de medidas cautelares provisionales que protejan los posibles desprendimientos de los voladizos y cornisas del patio posterior, hasta la adopción, previa licencia municipal, de la solución para la reparación definitiva.

 

Cumplimiento de la Orden de Ejecución:

 

Aparentemente se ha dado cumplimiento a parte de la Orden de Ejecución.

Se entiende que las vigas a que hace mención el primer punto de la orden de ejecución son las situadas en planta baja, según la lesión descrita en el informe ITE de referencia: Vigas/viguetas interiores. Filtraciones de agua desde planta primera que provocan los daños en estos elementos y no garantizan su función por mucho tiempo. Ubicación: Cubierta inclinada y plana del voladizo posterior. El forjado de planta primera se encuentra oculto por falso techo y pendiente de comprobación según el supuesto 3º de la ITE de referencia. Se ha podido comprobar que las vigas de madera vistas situadas en la zona de la cocina de planta baja aparentemente se han tratado con algún tipo de producto protector. Además se observa la colocación de una pletina metálica bajo el espaldarazo de una de las vigas. Estas mismas vigas tienen continuidad en la fachada posterior del edificio, teniendo un vuelo de menos de 50 cm. En la zona exterior de estas vigas, éstas se encuentran desprotegidas y por lo tanto expuestas a los agentes atmosféricos, no obstante no presentan indicios de ataques bióticos, sino que los daños que presentan son más por la exposición continua de éstas a la intemperie. En cuanto a la zona volada de la fachada posterior, se observa que no se ha reparado la cabeza de la viga de hormigón que estaba dañada, así como tampoco se han subsanado las deficiencias de las vigas metálicas existentes.

 

No obstante, es necesario aportar el certificado técnico del tratamiento/refuerzo de las vigas de madera de planta baja (punto aparentemente ejecutado de la Orden de ejecución) firmada por el técnico competente. En cuanto a los otros puntos de la orden de ejecución así como la parte exterior de las vigas, es de la opinión del técnico que subscribe que se lleven a cabo bajo licencia de obras, junto a la lesión detectada de supuesto 4º Vuelos y cornisas. Filtraciones de agua que han provocado daños en voladizo del patio posterior. Viguetas y armados dañados, en cubierta plana del voladizo posterior.

Quedan pendiente también realizar las medidas de verificación del supuesto 3º siguiente: Cubierta/teja. Filtraciones de agua en alero posterior, hacia patio, en cubierta inclinada y plana del voladizo posterior

 

Conclusión

Hay que presentar el certificado técnico del tratamiento/refuerzo de las vigas de madera de planta baja.

Quedan pendientes las reparaciones bajo licencia de los supuestos 5º supuestos 4º y las medidas de verificación a realizar por técnico competente del supuesto 3º.

Se adjunta documentación gráfica de la visita.

 

Palma, 11 / octubre / 2012

 

La jefa del Departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios,

por delegación (Decreto de Alcaldía 10434 de 8 de junio de 2012, publicado en el BOIB Núm. 85 de 14/06/2012)

Elvira Salvá Armengod