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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 20234
Estatutos y bases de la Junta de Compensación del sector UP3 carretera Sant Lluís del PGOU de Maó.

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Texto

 

ESTATUTOS Y  BASES DE  LA  JUNTA DE  COMPENSACIÓN DEL SECTOR UP3 CARRETERA SANT LLUÍS DEL PGOU DE MAÓ (EXP. CM2111EB0001)

La  Junta de  Gobierno Local, en sesión realizada el día 30 de julio de 2012, adoptó los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Estimar parcialmente las alegaciones presentadas por el Sr. Julio Prieto Carreras y  por el Sr. Evaristo Prieto Carreras, por los motivos expuestos.

SEGUNDO.- Aprobación definitiva de los estatutos y bases de la Junta de  Compensación del sector UP3 carretera de Sant Lluis del Plan General de  Ordenación Urbana de Maó, presentado por la Comunidad de Propietarios Malbúger 6, con la incorporación de las modificaciones derivadas de la  estimación de las alegaciones indicadas en el apartado anterior, en los términos que se detallan a continuación.

El artículo 26 (adopción de acuerdos) de los estatutos quedará redactado de  la  siguiente forma:

1. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de cuotas de  participación, salvo que en estos estatutos o en otras normas se establezca un quórum especial para determinados supuestos.

2. Se necesitará un quórum cualificado, de  propietarios que representen dos terceras partes de las cuotas de participación, para adoptar acuerdos relativos a la sustitución de los miembros de la Junta de  Delegados, y a la solicitud de créditos para afrontar los gastos de urbanización que supongan la hipoteca o gravamen de las fincas aportadas por los miembros de la Junta de Compensación.

TERCERO.- Admitir la  adhesión a la Junta de Compensación, de la Sra. Sara Asunción Pons Vidal, propietaria de la mitad indivisa de  la  finca registral núm. 5093/2, y  de la Sra. María Pilar González Gálvez y del Sr. Antonio Martínez Tebar, propietarios por mitades indivisas de la finca registral núm. 4568/2.

CUARTO.- Facultar a la  Sra. Alcaldesa para adoptar las disposiciones necesarias y  firmar todos los documentos que sean necesarios para la  ejecución de  estos acuerdos.

QUINTO.- Nombrar como representante del Ayuntamiento de Maó en el órgano rector de la Junta de Compensación del sector UP3 carretera de  Sant Lluis del Plan General de Ordenación Urbana de Maó, a la tenienta de Alcaldía de  Urbanismo, Sra. Ana Lía Noval García.

SEXTO.- Ordenar la publicación de este acuerdo en el BOIB, expresando las modificaciones introducidas en los estatutos y/o en la  bases de actuación, según dispone el artículo 162.2 Reglamento de Gestión Urbanística (RGU), aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

SÉPTIMO.- Notificar personal e individualmente este acuerdo a todos los propietarios afectados por el expediente y a los interesados que hayan comparecido en el mismo, informándoles que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de  reposición en el plazo de 1 mes desde la notificación del mismo, delante del órgano que lo ha adoptado, conforme a  la  Ley 30/1992, de 26 de  noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, delante del órgano jurisdiccional competente, en conformidad con el que se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la  jurisdicción contenciosa-administrativa.

OCTAVO.- Requerir, de acuerdo con lo que dispone el artículo 162.5 del RGU, a los propietarios afectados, en los términos del artículo 161.3 del RGU, y  que no hubieran solicitado su incorporación a la Junta de Compensación, para que así lo efectúen, si lo desean, en el plazo de 1 mes, contado desde la  notificación de este acuerdo, con la  advertencia de que en caso de no hacerlo se procederá a la expropiación de sus fincas a favor de la Junta de Compensación, que tendrá la consideración jurídica de beneficiaria.

NOVENO.- Una vez transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, de acuerdo con lo que dispone el artículo 163.1 del RGU, se requerirá a los interesados para que procedan a la constitución de  la  Junta de  Compensación mediante escritura pública en la que designarán los cargos del órgano rector, que deberán recaer necesariamente en personas físicas.

Lo que se publica, de conformidad a lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de  26  de  noviembre,  de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo  Común,  al  no  haberse  podido  practicar la notificación  a las Sras. Montserrat Rafols Llopart, Natalia Roca Barbaste y Sara Roca Barbaste, para su conocimiento y efectos consiguientes, debiendo significarles que contra la aludida resolución podrán interponer recurso Contencioso-Administrativo, señalado en el artículo 46 de la Ley 29/98 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación en el BOIB salvo que presenten recurso previo potestativo de reposición del artículo 116 de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación; pudiendo, no obstante, utilizar otros recursos si lo estiman procedente.

 

Maó, a 17 de octubre de 2012

La Tenienta de Alcaldía de Urbanismo.

Ana Lía Noval García.