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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 20141
Resolución del Consejero de Administraciones Públicas por la cual se ordena el desahucio del espacio ocupado por una perrera dentro del terreno del Hospital de Formentera

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Texto

Antecedentes

 

  1. En fecha 26 de noviembre de 2010, con Registro de Entrada 10319/2010, llegó a la Dirección General de Patrimonio un escrito firmado por el director de gestión del Hospital de Formentera en el cual comunicaba la existencia de una construcción de una superficie aproximada de 30 m2 destinada a perrera dentro del terreno del Hospital.

  1. En fecha 14 de enero de 2011, Registro de Salida 249/2011, la Directora General de Patrimonio contestó al escrito mencionado indicando que completasen los datos relativos a la titularidad de la construcción o de las personas que fueran responsables para poder iniciar el expediente que procediera.

  1. En fecha 22 de febrero de 2011, Registro de Entrada 1669/2011, se contestó el requerimiento de documentación enviando simplemente una copia actualizada de la certificación registral de la finca, sin hacer referencia al o a los posibles titulares o responsables de la ocupación.

  1. En fecha 6 de junio de 2011, Registro de Entrada 5115/2011, el Director General de Planificación y Financiación de la Consejería de Salud y Consumo mandó un estudio completo y exhaustivo de la situación y de la persona que era la responsable. 

  1. A la vista de la situación, se acordó que la Consejería de Salud y Consumo hiciera gestiones para intentar resolver de una forma amistosa la situación, y por este motivo se hicieron una serie de gestiones ante el Consorcio Formentera Desarrollo (escritos de 11 de  julio y 27 de octubre de 2011) y  el Presidente del Consejo de Formentera (escrito de 27 de octubre de 2011), sin que hasta el momento, nadie haya querido implicarse en la solución del problema.

  1. Mediante un escrito de 6 de febrero de 2012, Registre de Entrada 2870/2012, ante el hecho de que las personas o instituciones a las cuales se ha hecho referencia no han conseguido nada, se ha solicitado la intervención de la Consejería que tiene la competencia en materia de patrimonio.

  1. En fecha 21 de mayo de 2012, vistos los hechos mencionados, el Consejero de Administraciones Públicas dictó, a propuesta de la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas, una resolución en la cual se ordenaba el inicio del expediente de desahucio de la perrera.

  1. Mediante un oficio de 25 de mayo, Registro de Salida 4872/2012, se mandó el expediente al interesado y se le concedió un plazo de 15 días para que hiciera las alegaciones que considerase oportunas, con indicación de que, una vez transcurrido este período sin formular alegaciones, se daría por concluido el trámite de audiencia previa y se dictaría una resolución definitiva.

  1. Este escrito, notificado por correo certificado, se recibió el 31-05-12 y en estos momentos no se ha recibido ningún tipo de alegación.

 

Fundamentos de derecho

 

  1. Los artículos 14 i 15 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

  1. Los 15 a 19 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

  1. Capítulo III, del Título IV de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sus modificaciones posteriores, y Capítulo II, del Título V de la Ley 3/2003, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

  1. El Decreto 10/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

  1. El Decreto 11/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

  1. El Decreto 12/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio), modificado por el Decreto 23/2011, de 5 de agosto (BOIB núm. 119, de 6 de agosto) y el Decreto 33/2011, de 4 de noviembre (BOIB núm. 166, de 5 de noviembre).

  1. El Decreto 81/2011, de 22 de julio, por el cual se nombra la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas de la Consejería de Administraciones Públicas (BOIB núm. 112, de 23 de julio).

 Propuesta de resolución

 

Propongo al Consejero de Administraciones Públicas que dicte una resolución en los términos siguientes:

 

1. Ordenar el desahucio de la construcción, de una superficie aproximada de 30 m2, destinada a perrera dentro del terreno del Hospital de Formentera, finca registral 11.230, inscrita en el tomo 1703 del libro 166, folio 211, del Registro de la Propiedad número 4 de Ibiza, con referencia catastral 07024A007001470000PP, terreno que está afectado al dominio público y adscrito al servicio de salud mediante Resolución del Director General de Patrimonio de fecha 30 de agosto de 2004 (BOIB núm. 17, de 1 de mayo), al tratarse de una ocupación ilegítima.

 

2. Notificar esta Resolución al Sr. Cándido Paños Cano, con domicilio en la calle de Isidor Macabich, 32-1-A de Sant Francesc, indicándole que el acto que contiene es inmediatamente ejecutivo, de manera que si la persona afectada no lo cumple, se podrá instar, previo apercibimiento, la ejecución forzosa.

 

3. Ordenar que, en cas que sea necesario acudir a la ejecución forzosa, todos los gastos originados por el lanzamiento irán a cargo del desahuciado.

 

 Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, 12 de julio de 2012

 

La directora general de Patrimonio,Contratos y Obras Públicas

Ana María García Serrano

 

Conforme con la propuesta. Dicto resolución.

Marratxí, 13 de juliol de 2012

 

El Consejero de Administraciones Públicas

 José Simón Gornés Hachero