Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 20120
Bases convocatoria subvenciones ordinaries a entitats sense finalitat de lucre per a l'any 2012
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 4 de octubre de 2012, adoptó el acuerdo que, copiado literalmente, dice:
"2.7.1.1. Aprobación de las bases que deben regir la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades sin ánimo de lucro para el año 2012
Vistas las bases y los formularios que deben regir la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades sin ánimo de lucro para el año 2012, redactadas por los servicios socioeducativos del Ayuntamiento de Artà y las que se reproducen a continuación:
<< BASES QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES ORDINARIAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL AÑO 2012
El Ayuntamiento de Artà convoca la concesión de subvenciones ordinarias para el año 2012 con las condiciones que se detallan a continuación.
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de esta convocatoria es regular las subvenciones, dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal y en los términos del Reglamento municipal regulador de subvenciones, para dar apoyo económico a las actuaciones, las iniciativas y los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro del municipio de Artà en materia cultural, social, comercial, turística, educativa y lúdica.
Las subvenciones a que se refieren estas bases son libremente revocables y reducibles en todo momento por las causas previstas en la ley o en estas bases, no generan ningún derecho a la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente.
2. IMPORTE Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO
Para las subvenciones que regulan estas bases se destina un importe máximo de 19.000 € de los presupuestos municipales del año 2012. La partida presupuestaria afectada es la 3.342 48.900.
3. BENEFICIARIOS
Pueden acogerse a la convocatoria de subvenciones las entidades y las asociaciones constituidas legalmente, sin ánimo de lucro, radicadas en el término municipal de Artà y censadas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, que cumplan los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS) y el Reglamento municipal regulador de subvenciones. Entre otros requisitos es indispensable encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con las administraciones públicas y la Seguridad Social.
4. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZO
Las solicitudes se formalizarán en un único modelo formulario facilitado por el propio Ayuntamiento, que figura como anexo de esta convocatoria y que se puede recoger en las dependencias de los Servicios Socioeducativos (edificio municipal Ses Escoles, cuesta de San Salvador, s / n, Artà), en la oficina de atención al ciudadano de La Sala (plaza del Ayuntamiento, 1, Artà) ya la delegación de la Colonia de San Pedro (plaza Bassa de'n Fasol, s / n , Colonia de San Pedro). Este modelo formulario también se puede descargar de la web del Ayuntamiento (www.arta.cat).
Las solicitudes, junto con la documentación requerida adjunta, se presentarán en el Registro del Ayuntamiento o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y deben ir dirigidas a la Alcaldía.
El plazo para la presentación de las solicitudes es de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
5. DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA A PRESENTAR
La documentación a presentar es la siguiente:
a) Fotocopia del DNI del representante de la entidad.
b) Fotocopia del CIF de la entidad.
c) Documentación acreditativa de la vigencia del cargo de representante legal en virtud de la cual actúa el firmante de la solicitud o, acreditación de la autorización correspondiente y suficiente, en el caso de que la firme una persona distinta.
d) Documentación acreditativa de la constitución de la entidad y de sus estatutos debidamente registrados.
e) Modelo formulario, que consta de:
1. Solicitud (anexo I).
2. Hoja de datos de la entidad (anexo II).
3. Ficha técnica de las actividades con presupuestos. Se cumplimentará una ficha técnica para cada actividad que se presente (anexo III A y anexo III B).
f) Declaración responsable del representante de la entidad de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con las administraciones públicas y la Seguridad Social; de no haber pedido ninguna otra subvención y / o ayuda de otras instituciones públicas o privadas para las actividades o, en su caso, relación de las pedidas con indicación de los importes, de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS (anexo IV).
g) Declaración de utilización del catalán en la presentación, desarrollo, difusión y publicidad de los proyectos, en su caso (anexo V).
h) Copia de los documentos justificativos de los gastos imputados a cada actividad.
i) Ejemplares de la documentación y de la publicidad generada por la actividad.
No es necesario presentar la documentación solicitada en los apartados a), b), c) y d) si ya ha sido presentada en convocatorias anteriores y no ha habido variación de los datos.
6. ENMIENDA DE DEFICIENCIAS
Si la solicitud o la documentación presentada es incorrecta o incompleta, el Ayuntamiento deberá requerir al interesado para que rectifique o complemente lo que sea necesario, quien lo tiene que hacer en el plazo de diez días, contados a partir del requerimiento correspondiente .
Si en este plazo el interesado no hace la rectificación reclamada o no presenta la documentación requerida, el Ayuntamiento considerará que el interesado desiste de su solicitud, después de haber tomado la resolución pertinente, de acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
7. CARÁCTER DE LAS SUBVENCIONES
Estas subvenciones tienen carácter discrecional, voluntario y eventual, son libremente revocables y reducibles en todo momento por las causas previstas en la ley o en estas bases, no generan ningún derecho a la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente.
La concesión de las subvenciones reguladas por la presente convocatoria pública se llevará a cabo mediante concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.
El reparto de los fondos se realizará de acuerdo con la puntuación obtenida en la baremación de cada una de las solicitudes según los criterios de evaluación previstos en el punto 9 de esta convocatoria. Se calcula de manera proporcional a los puntos obtenidos y siempre en función de la dotación económica disponible y los requisitos fijados en el punto 10.
8. RESOLUCIÓN
La Junta de Gobierno se encarga de ordenar, instruir y resolver el procedimiento de concesión.
La valoración técnica de las solicitudes, la realiza una comisión evaluadora creada a tal efecto, a partir de los baremos establecidos. Esta Comisión Evaluadora debe elaborar un informe previo para la Junta de Gobierno. Esta Comisión Evaluadora está formada por:
. Presidente: El Alcalde del Ayuntamiento, y como sustituto el concejal en quien delegue.
. Vocales:
- El concejal de deportes y juventud, y como sustituto el concejal en quien delegue.
- El jefe de área de los Servicios Socioeducativos del Ayuntamiento.
- Un técnico del Ayuntamiento, que actuará como secretario.
- Dos representantes de las entidades municipales.
El plazo máximo para resolver las solicitudes es de tres meses, contados a partir del día de conclusión del plazo establecido en la convocatoria para presentarlas y el silencio administrativo tendrá carácter desestimatorio.
El acuerdo adoptado se notificará a los interesados, de forma personalizada y por correo certificado. Además, debe hacerse público en el tablón de anuncios municipal.
La aceptación de la propuesta, por parte de la entidad beneficiaria, se entenderá producida si en el plazo de 10 días, contados a partir de la recepción de la notificación, no se expresa lo contrario.
9. CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES
Los criterios en que se basan los baremos seguidos por la Comisión Evaluadora son los siguientes:
a) Grado de elaboración, concreción y claridad del proyecto y adecuación de éste a los objetivos que persigue: hasta 20 puntos.
b) Grado de adecuación del presupuesto al proyecto presentado: hasta 10 puntos.
c) Interés, calidad y duración de la actividad: hasta 10 puntos.
d) Innovación, originalidad de la actividad: hasta 5 puntos.
e) El grado de incidencia, directa o indirecta, del proyecto en la integración social, la inserción de los jóvenes, las actitudes responsables y de prevención contra los riesgos de la salud, el fomento de los valores de la tolerancia, la solidaridad y la igualdad de oportunidades y la educación ambiental y protección del medio natural: hasta 20 puntos.
f) Número de participantes en el proyecto, impacto social e incidencia, directa o indirecta, en la población: hasta 15 puntos.
g) Dificultad de la financiación. De acuerdo con las dificultades para conseguir otros fondos de financiación y las posibilidades de patrocinio o concurrencia a otras subvenciones: hasta 5 puntos.
h) Utilización del catalán como idioma preferente en la presentación, el desarrollo, la difusión y la publicidad de los proyectos (se hará constar este compromiso mediante la presentación del modelo que aparece en el anexo V de estas bases): hasta 10 puntos.
i) Los medios de difusión del proyecto: hasta 5 puntos.
10. CUANTÍA
La cuantía de la subvención puede ser hasta un máximo del 80% del presupuesto previsto para la actividad o proyecto subvencionado, y no puede superar la cuantía de tres mil euros (3.000,00 €).
La cuantía de la subvención no podrá ser igual o superior, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, al coste de la actuación subvencionada.
11. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Son obligaciones mínimas de los beneficiarios de las subvenciones:
a) Aceptar la subvención. En caso de que esto no sea posible, deben renunciar expresamente y motivadamente, en el plazo de quince días, contados a partir de la recepción de la notificación de concesión de la subvención.
b) Llevar a cabo la actuación o las actuaciones objetos de la subvención, ajustándose a los términos del proyecto presentado y de acuerdo con las condiciones establecidas en estas bases.
c) Acreditar ante el Ayuntamiento la realización de la actuación o las actuaciones con las correspondientes facturas originales entregadas por terceros al beneficiario de la subvención, en las cuales se hará constar exactamente a qué corresponde el concepto del gasto y, también, el cumplimiento de los requisitos o de las condiciones que determine la concesión de la subvención, y notificar cualquier modificación que se produzca.
d) Comunicar al Ayuntamiento, en cualquier momento, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad no previstas en la solicitud.
e) Someterse a las actuaciones de comprobación y facilitar los datos que el Ayuntamiento requiera.
f) Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) Recoger el patrocinio del Ayuntamiento en todos los elementos publicitarios y divulgadores de la actuación subvencionada, en un lugar destacado y de forma clara.
i) Comunicar al Ayuntamiento, con 15 días de antelación, cualquier acto público relacionado con la actuación subvencionada.
12. ABONO DE LAS SUBVENCIONES
El pago de las subvenciones se hará una vez notificado el acuerdo adoptado a los interesados y comprobado por parte del ayuntamiento que se han justificado los gastos generados por la actividad para la que se ha concedido la ayuda.
13. JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS
La justificación de los gastos se hará con la presentación de la solicitud.
Los proyectos objeto de las solicitudes se han de ejecutar en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2011 y el 31 de octubre de 2012 (ambos incluidos). Sólo se considerarán gastos subvencionables aquellos efectivamente realizadas en este periodo. No se aceptará como gasto elegible gastos de refrigerios, convites o similar. Los proyectos de inversión tampoco se consideran elegibles. Los gastos generales e indirectos sólo podrán representar, como máximo, un 10% del coste total del proyecto.
14. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
15. INCUMPLIMIENTO, REVOCACIÓN Y REINTEGRO
El incumplimiento no subsanable de cualquier requisito establecido en estas bases o de la finalidad para la que se concedió la subvención, puede provocar la anulación total o parcial, lo que acordarán los órganos competentes de la corporación. En este caso, el beneficiario está obligado a reintegrar las cantidades recibidas y los intereses de demora que correspondan, mediante la tramitación previa del procedimiento legal correspondiente.
La cuantía final a percibir por parte del beneficiario, o en su caso, el importe que haya de reintegrar, se sujetará al principio de proporcionalidad en relación al grado de incumplimiento.
16. NORMATIVA DE APLICACIÓN
Las subvenciones objeto de esta convocatoria se rigen por lo dispuesto en las bases anteriores, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003), el Reglamento municipal regulador de subvenciones , aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Artà, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el resto de normativa que sea de aplicación.
Instrucciones para cumplimentar la solicitud:
Se debe cumplimentar la instancia y las fichas de actividades. Se debe entregar en las oficinas del Ayuntamiento para que sea registrada. Os tenéis que quedar una copia para vosotros.
(1): Los datos de la asociación son a efectos de identificación y notificación. La dirección que nos informéis aquí será la válida a efectos de notificaciones.
(2): El NIF / CIF del titular de la cuenta bancaria debe coincidir con el de la asociación.
(3): Debe rellenar una ficha para cada actividad que desee desarrollar. Cada ficha consta de dos hojas: Ficha técnica (anexo III A) y presupuesto (Anexo III B).
(4): Debe describir las características principales de la actividad que desea realizar, haciendo mención de los objetivos generales que se pretenden conseguir, recursos humanos y materiales de que se disponen, duración, desarrollo de las actividades, etc. Explique como daréis a conocer la actividad: si se harán carteles, programas, anuncios en prensa, etc. (Deberá adjuntar una copia por el Ayuntamiento a la hora de hacer la justificación de la realización de la actividad). Debe hacer un cálculo aproximado del número de personas que se beneficiarán de la actividad que llevará a cabo la entidad. Si necesita MÁS ESPACIO utiliza OTRO HOJA.
(5) Debe especificar la totalidad de los ingresos que tiene previstos obtener para la realización de la actividad: Ayudas y subvenciones recibidas de otras entidades u organismos (ayuntamientos, Consejo, Gobierno, otros), ingresos propios, matriculas, venta de entradas, venta de productos, etc. En el caso de que haya recibido ayudas para la totalidad de las actividades a realizar y no de forma individualizada debe dividir el total por el número de actividades. Igualmente para el resto de ingresos.
(6): Debe especificar la totalidad de los gastos atribuibles a la realización de la actividad: Compra de material, contratación de equipos de sonido y luz, premios, trofeos, etc.
(7): En el caso de gastos generales necesarios para el mantenimiento de la asociación (alquileres, luz, agua, teléfono, etc.) Debe aplicar un porcentaje de gasto indirecto a cada actividad en concepto de gastos generales. Esta cantidad no podrá ser superior al 10% del coste total de la actividad en cuestión.
ANEXO I: SOLICITUD
...........................................................................................................................................................................................................
(Nombre y apellidos)
...........................................................................................................................................................................................................
(En representación de)
con el DNI núm. ............................................, Con domicilio en ....................................................................... CP .........................,
dirección .................................................................................................., Núm. ...................................., Teléfono .........................,
EXPONGO:
..........................................................................................................................................................................................................
..........................................................................................................................................................................................................
..........................................................................................................................................................................................................
..........................................................................................................................................................................................................
..........................................................................................................................................................................................................
..........................................................................................................................................................................................................
Por ello,
SOLICITO:
.........................................................................................................................................................................................................
.........................................................................................................................................................................................................
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.........................................................................................................................................................................................................
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..........................................................................................................................................................................................................
Artà, d de 2012
(Firma)
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
ANEXO II: Datos de la asociación (1)
Nombre entidad: |
|
CIF: |
|
Domicilio (a efectos de notificaciones) |
Calle o plaza: |
Localidad: |
CP: |
Teléfono: Teléfono móvil: |
Fax: e-mail: |
Persona de contacto: |
Núm. de cuenta bancaria (2)
Nombre del titular:
Nombre del banco o caja:
C.C.C
Entidad |
Oficina |
Digit control |
Núm. de compte |
|
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|
|
ANEXO III A: Ficha técnica de las actividades que se deben llevar a cabo (3)
IMPORTANTE: emprau una ficha para cada actividad
Título de la actividad:
Lugar y fecha de realización:
Descripción de la actividad a desarrollar / desarrollada:
Debe pensar que se valora el Interés, calidad, duración de la actividad, Innovación, originalidad, grado de incidencia, directa o indirecta, del proyecto en la integración social, inserción de los jóvenes, las actitudes responsables y de prevención contra los riesgos de la salud, el fomento de los valores de la tolerancia, la solidaridad y la igualdad de oportunidades y la educación ambiental y protección del medio natural, el número de participantes en el proyecto, impacto social en la población, la difusión y promoción de la actividad, duración, valores y actitudes que se quieren promover, beneficiarios, etc. (4).
Si necesita MÁS ESPACIO utiliza OTRA HOJA
ANEXO III B: Presupuesto ejecutado para la actividad *
IMPORTANTE: emprau una hoja para cada actividad
Ingresos (5)
Concepto |
Especificación |
Cantidad |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
|
|
€ |
|
Total |
€ |
Gastos (6)
Concepto |
Especificación |
Cantidad |
|
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
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€ |
|
|
€ |
|
|
€ |
Gastos generales (7) |
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Máx. 10% s / coste total |
|
€ |
|
Total |
€ |
* Adjuntar copia de los documentos justificativos de los gastos imputados a cada actividad.
ANEXO IV: DECLARACIÓN RESPONSABLE
Nombre y apellidos:
Cargo:
DNI
en representación de la entidad:
con CIF
En relación a la solicitud presentada a la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades sin ánimo de lucro para el año 2012 del Ayuntamiento de Artà
DECLARO:
I. Que, además de esta solicitud, la entidad (_) Sí (_) No ha solicitado u obtenido otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración, ente público o privado. En caso de respuesta afirmativa, debe hacer constar los datos del organismo que las concede, el tipo de ayuda, la cuantía y la fecha:
ORGANISMO |
TIPO DE AYUDA (CONCEPTO) |
CUANTÍA SOLICITADA / CONCEDIDA |
FECHA |
1.
2.
3.
II. Que la entidad que represento no está sometida a ninguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
III. Que la entidad que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con las Administraciones públicas y ante la Seguridad Social.
IV. Que los justificantes originales de los gastos e ingresos, cobros y pagos que se detallan están custodiados bajo nuestra responsabilidad.
V. Que los justificantes mencionados están a disposición de los órganos interno o externo de la Administración.
VI. Que se compromete a prestar toda mi colaboración, en nombre de la entidad que representa, a las actuaciones de comprobación y verificación que la Administración o sus órganos de control consideren necesarios para comprobar la veracidad o corrección de las actividades subvencionadas o de la justificación presentada.
VII. Que es cierta y completa la información que se hace constar en este anexo.
Asimismo, me comprometo a comunicar por escrito al Ayuntamiento de Artà, en un plazo de quince días, la solicitud o la obtención de nuevas ayudas para la misma finalidad, así como cualquier variación de esta declaración.
_________, ___ De _________ de 2012
(Firma)
ANEXO V: DECLARACIÓN RESPONSABLE UTILIZACIÓN DEL CATALÁN COMO IDIOMA PREFERENTE
Nombre y apellidos: |
Cargo: DNI |
en representación de la entidad: |
con CIF |
En relación a la solicitud presentada a la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades sin ánimo de lucro para el año 2012 del Ayuntamiento de Artà
DECLARO:
I. Que la entidad, la cual represento, utilizará el catalán como idioma preferente en la presentación, desarrollo, difusión y publicidad de los proyectos que realice.
_________, ___ De _________ de 2012
(Firma) >>
Los reunidos acuerdan, por unanimidad:
1. Aprobar las bases y los formularios que deben regir la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades sin ánimo de lucro para el año 2012.
2. Ordenar su publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. "
Se exponen al público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
En caso de discrepancia entre la versión catalana y la versión castellana prevalece la catalana.
Artà, 8 de octubre de 2012
El Alcalde
Jaume Alzamora Riera