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AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM
Núm. 20198
Notificación del decret de inicio de expediente sancionador DU15/12, por la realización de construcción de caseta y solera de hormigón en el polígono 14 parcela 37.
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Intentada la notificación de la resolución, del expediente de disciplina urbanística número DU15/12, que se relaciona debajo y, no habiéndose podido practicar, se procede a la notificación mediante edicto. Todo esto, en conformidad con el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Y transcrito dice:
“DECRETO DE ALCALDÍA NÚMERO. 635/12
El Alcalde- Presidente de este Ayuntamiento, en fecha de hoy, ha dictado el siguiente Decreto de Alcaldía, que transcrito literalmente dice:
“Atendida el acta de inspección emitida por la Policía Local de Binissalem número 83/08 de 30 de octubre de 2008, por la cual se denuncian las obras efectuadas por SUAREZ MIRANDA JOSE RAMON en calidad de promotor, consistentes en CONSTRUCCION DE CASETA Y SOLERA DE FORMIGÓ en el POLIGON 14 PARCELA 37 con referencia catastral número 07008A014000370000HE, de Binissalem, SIN LA LICENCIA exigida por los artículos 242 del texto refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, 2 de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística de la CAIB;
Atendidas las atribuciones que me confieren los artículos 127 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 21 y 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística de la CAIB, y el artículo 6 del Decreto de 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora
RESUELVO
Así mismo se hace constar que, según dispone el artículo 45 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística de la CAIB, las mencionadas actuaciones serán sancionadas con una multa del 50 al 100 % del valor de la obra ejecutada.
El vencimiento de este plazo, teniendo en cuenta las posibles interrupciones en su cómputo, sin que se haya dictado y notificado la resolución expresada, producirá la caducidad de conformidad de acuerdo con lo que se establece en el artículo 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”
El que se os comunica para vuestro conocimiento y efectos pertinentes y por que en el plazo de QUINCE DIAS podáis formular alegaciones, presentar documentos y proponer prueba, concretando los medios de prueba de que se quiera valer.
Binissalem, 27 de agosto de 2012
La Secretaria- Acctal., firmado y sellado.”
El que os comunica por general conocimiento y a los efectos oportunos.
Binissalem, 15 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Jeroni Salom Munar