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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 20186
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de Red eléctrica soterrada de BT en la calle Manresa, Alcúdia.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo II de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 21 de junio de 2012

CONSIDERANDO

1.Que el proyecto tiene por objeto la prolongación de 284 m de una línea de distribución subterránea en baja tensión existente, por caminos asfaltados existentes, a partir del CT existente Manresa núm. 10587.

2.Que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 05-03-2010, acordó que se tenía que obtener informe de la dirección general de Biodiversidad (que llegó al SAA día 12-11-2010 con sentido favorable) y acreditar una serie de cuestiones urbanísticas que son competencia del órgano sustantivo (el Ayuntamiento de Alcúdia) y sobre las cuales la circular de 07-12-2011 del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio sobre unificación de criterios de interpretación de la Ley 11/2006, encomienda no interferir.

3.Que la zona afectada por el proyecto está en suelo rústico protegido, calificado, según el tramo, como ANEI, AANP, APT de costas, zona de servidumbre de protección y terrenos recogidos en el POOT, en una zona donde la vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos es moderada, y fuera de los perímetros de restricciones de los pozos de captación de agua de abastecimiento urbano y de los espacios de la Red Natura 2000.

4.Que, una vez analizados los criterios de sujeción a EIA establecidos en los apartados del artículo 44 de la Ley 11/2006, no parece que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente, puesto que:

a.No se considera un proyecto de grandes dimensiones ni supone acumulación con otros proyectos.

b.No es de esperar que el proyecto tenga efectos importantes sobre los recursos naturales de la zona.

c.No se prevé afectación a la capacidad de carga del medio natural.

d.El presumible impacto potencial del proyecto corresponde a una área geográfica muy reducida.

ACUERDA

la no sujeción del proyecto “Red eléctrica soterrada de BT en la calle Manresa” del T.M. de Alcúdia a evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con las determinaciones del proyecto y del documento ambiental, y las condiciones siguientes:

1.No se pueden ocupar zonas vegetadas para realizar acopios de material ni de residuos.

2.Los vehículos y la maquinaria utilizados en la ejecución del proyecto tienen que circular exclusivamente por los caminos existentes, por lo cual se tendrá que prever que tengan las dimensiones apropiadas.

3.Modificar el Acuerdo del Pleno de la CBMA de 5/3/2010 en cuanto a la exigencia de acreditación de la legalidad de la vivienda, suprimiendo este punto. Esto se entiende sin perjuicio de que tiene que ser el Ayuntamiento de Alcúdia, quién tiene que acreditar, en su caso, la legalidad de la edificación, antes del otorgamiento de la licencia de ejecución de la red eléctrica.

Se recuerda que se tendrá que solicitar la correspondiente autorización de obras dentro de la zona de servidumbre de protección, ante el Servicio de Costas y Litoral de la Dirección general de Ordenación del Territorio.

Palma, 3 de septiembre de 2012

El presidente de la CMAIB

 José Carlos Caballero Rubiato