Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 20026
Ejecución de Títulos Judiciales 290/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que en este JDO. DE LO SOCIAL N. 3 se tramita  EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 290 /2011, a instancia de ABDERRAHMAN ASBAI, contra GABRIEL MARTI VENZALA, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a pública subasta, bienes que más abajo se dirán, señalándose para que tenga lugar en la oficina Judicial de este Juzgado el próximo día 20/12/2012 a las 10:00, con las condiciones siguientes:  

PRIMERO.- Que los licitadores, a excepción del ejecutante, para tomar parte en la subasta, deberán presentar resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este tribunal, o de haber prestado aval bancario, por el 20 por 100 del valor de tasación de los bienes objeto de la subasta, que asciende a 580 euros, haciendo constar, en su caso, si se hace en nombre de tercero, en la cuenta número 0466 0000 64 0290 11 que este Juzgado tiene abierta en Banesto adscrita al presente expediente.

 SEGUNDO.- Que podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración haciéndose el depósito al que se ha hecho mención anteriormente.

 TERCERO.- Que podrá hacerse posturas superiores al 50 por 100 del avalúo, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio del remate. 

 CUARTO.- Que no se podrá proceder a la inmediata aprobación del remate si la cantidad ofrecida no superare el 50 por 100 del valor de tasación, o siendo inferior, no cubriere, al menos la cantidad por la que se ha despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.

 QUINTO.- Que únicamente el ejecutante o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrán concurrir reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero, pudiendo tomar parte en la subasta, sólo cuando existan licitadores, mejorando las posturas que se hicieren.

 SEXTO.- En caso de que la subasta quede desierta, sólo el ejecutante o en su defecto, los responsables legales solidarios o subsidiarios, el derecho a adjudicarse el bien por el 30 por ciento del avalúo del bien

 SÉPTIMO.- Para el supuesto en que la notificación del señalamiento al ejecutado resultare negativa por encontrarse en ignorado paradero, sirva el presente de notificación edictal.

 LOTES DE BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y VALOR:

 VEHÍCULO MARCA MERCEDES CON MATRÍCULA 6140 DVF valorado en 2.900 euros

 Dado en PALMA DE MALLORCA, a  diecisiete de Octubre de dos mil doce.

 EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,