Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 20288
Anuncio modificación artículo 23 Pacto y Convenio colectivos empleados públicos

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 El Pleno del Ayuntamiento en sesión de 8 de octubre de 2012 acordó:

 1r. Modificar el artículo 23 del Pacto colectivo sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor, modificado por acuerdo plenario de 7 de mayo de 2007; así como el artículo 23 del Convenio colectivo sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor, modificado por acuerdo plenario de 9 de junio de 2008; en el sentido que quedan redactados de la forma siguiente:

Art.. 23 Jornada laboral.

La jornada laboral anual para los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de Manacor es de 37.5 hr. semanales en cómputo anual, sin perjuicio de la existencia de jornadas especiales y lo establecido al art. 27 del pacto colectivo sobre condiciones de trabajos de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor por el personal de la policía local que se acoja al complemento de productividad, que la jornada anual será de 112 horas más que la del personal de oficinas.

Los horarios serán establecidos, según las necesidades de cada servicio, mediante una instrucción de la Delegada de Recursos Humanos, con propuesta del Delegado del servicio correspondiente y previa negociación a la Mesa Negociadora Común.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local se establecerán los trabajadores que se acogerán, de forma voluntaria, a una bolsa de trabajo de hasta 110 horas anuales de la jornada anual establecida, en base que por el tipo de trabajo que se desarrolla se pueda mejorar el servicio o por tener un volumen de trabajo irregular. La propuesta a la Junta de Gobierno será del Delegado del servicio correspondiente.

- Descanso durante la jornada de trabajo: durante la jornada diaria los trabajadores tienen derecho a 30 minutos de descanso, que en todo caso se computará como tiempo trabajado.

 2n. Aplicar este acuerdo a partir del día siguiente de su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento.

 Acuerdo que se publica en ese Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos correspondientes

 Manacor, 16 de octubre de 2012

 El alcalde,

por delegación de firma  (decreto 4807/2011)

1a Tenienta de alcalde y delegada

 Catalina Riera Mascaró