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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 19706
Ejecución de Titulos Judiciales 287/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dña. Carolina Costa Andrés, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000287 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ANTONIO MILLAN NAVARRETE contra la empresa  CONSTRUCCIONS TURO BALEAR, SLU, se han dictado Auto y Diligencia de Ordenación ambas de fecha 7 de septiembre de 2.012, así como del Auto y Diligencia de Ordenación de fecha 4 y 8 de octubre de 2.012, cuya parte dispositiva se relaciona:

- Auto de fecha 7 de septiembre de 2.012:

“Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado en cuanto a  la condena a readmisión, con citación a las partes intervinientes de comparecencia para incidente de no readmisión y/o readmisión irregular a favor del ejecutante D. ANTONIO MILLAN NAVARRETE frente a  la entidad mercantil CONSTRUCCIONS TURO BALEAR, SLU, en su condición de parte ejecutada”.

- Auto de fecha 4 de octubre de 2.012:

“ACUERDO: 1.- La aclaración de la parte dispostiva de la Sentencia nº201/2.011 de fecha 11 de mayo de 2.011, conforme al tenor literal cuyo contenido ha de ser el siguiente:

“FALLO: Estimando la demanda presentada por el Sr. Antonio Millan Navarrete contra Construcciones Turo Balear SLU en materia de despido debo declarar y declaro improcedente el mismo, condenando a la demandada a que en el plazo preceptivo de cinco días y a su opción, readmita al actor en su puesto de trabajo o le indemnice en la cantidaed de 7.650.31 euros, y en todo caso resulten abonados  los salarios de tramitación dejados de percibir. 2.- Dejar sin efecto la comparecencia señalada a las 11:45 horas de día de hoy, 4 de octubre de 2.012, para cumplimiento del trámite de incidente de no readmisión en ejecución de sentencias firmes de despido, en concordancia con lo acordado en el presente Auto de aclaración de Sentencia”.

- Diligencia de Ordenación  de fecha 8 de octubre de 2.012:

“Citar de comparecencia a la empresa  CONSTRUCCIONS TURO BALEAR, SLU para cumplimiento del trámite de incidente de no readmisión en ejecución de sentencias firmes de despido, haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y  fijo el próximo día  8 de OCTUBRE de 2.012 a las 10:00 horas de su mañana, para su resolución por S.Sª, conforme a lo preceptuado en el artículo 280 LJS, con las advertencias a las partes consistentes en que de no asistir el/los trabajador/es o persona que le/s represente se le/s tendrá por desistido/s en su solicitud; en idéntico sentido, y si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia”.

Y para que sirva de notificación a la entidad mercantil  CONSTRUCCIONS TURO BALEAR, SLU, en su condición de parte ejecutada, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a siete de Septiembre de dos mil doce.

LA SECRETARIO JUDICIAL