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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 19387
Notificación Decreto de alcaldia núm. 931/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Resultando sin éxito el intento de notificación al Sr. VERA MEJÍA, LUIS ENRIQUE en repetidas ocasiones, del Decreto de alcaldía núm. 931/2012, referente a la incoación del expediente núm. 000012/2012- MEDAMBSANCIO.

 

Y resultando lo que dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común (LRJAP-PAC), se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.

 

Son Servera, 25 de septiembre de 2012

 

El alcalde,

Jose Barrientos Ruiz

 

‘Decreto núm. 931/2012

 

Referencia: 000012/2012-MEDAMBSANCIO  08. Medi Ambient

 

José Barrientos Ruiz, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera, de las Islas Balears.

 

Vista la denúncia interpuesta por la Unidad de Medio Ambient de la Policía Local de Son Servera en fecha 6 de marzo de 2012 contra el Sr. Luis Enrique Vera Mejía por las siguientes infracciones relacionadas con su perro de raza Pit Bull Terrier, hechos acaecidos en la calle Son Sard, cerca del Hotel Talayot:

 

- Tener animales potencialmente peligrosos sin licencia.

- Dejar en libertad un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar que escape.

- Incumplir la obligación de identificar el animal (microxip)

- Omitir la inscripción en el Registro.

- No haber contratado un seguro de responsabilidad civil.

 

Visto el informe técnico de fecha 29 de mayo de 2012, el cual propone el inicio del expediente sancionador 000012/2012-MEDAMBSANCIO.

 

Y de conformidad con el Decreto 14/1994 de 10 de febrero, mediante el cual se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora.

 

Resuelvo,

 

Primero. Iniciar el expediente sancionador contra el Sr. VERA MEJIA, LUIS ENRIQUE con DNI EX-X6408421T-,

 

 

- Por tener animales potencialmente peligrosos sin licencia, hecho que tiene la consideración de infracción administrativa muy grave, de acuerdo con el artículo 13.1.b) de la Ley 50/1999, correspondiéndole una sanción de entre 2.404,05 y 15.025,30 €.

- Por dejar en libertad un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necessarias para evitar que escape, hecho que tiene la consideración de infracción administrativa grave de acuerdo con el artículo 13.2.a) de la Ley 50/1999, correspondiéndole una sanció de entre 300,05 i 2.404,04 €.

- Por incumplir la obligación de identificar el animal (microxip), hecho que tiene la consideración de infracción administrativa grave, de acuerdo con el artículo 13.2.b) de la Ley 50/1999, correspondiéndole una sanción de entre 300,05 i 2.404,04 €.

- Por omitir la inscripción en el Registro, hecho que tiene la consideración de infracción administrativa grave, de acuerdo con el artículo 13.2.c) de la Ley 50/1999, correspondiéndole una sanción de entre 300,05 i 2.404,04 €.

 

Segundo. Apercibir que se impondrán al Sr. VERA MEJÍA, LUIS ENRIQUE las siguientes sanciones:

 

- Por tener animales potencialmente peligrosos sin licencia, una sanción de 2.404,05 €, que es la cantidad mínima que establece el artículo 13.5 de la Ley 50/1999.

- Por dejar libre un animal potencialmente peligroso sin licencia, una sanción de 300,05 €, que es la cantidad mínima que establece el artículo 13.5 de la Ley 50/1999.

- Por incumplir la obligación de identificar el animal, una sanción de 300,05 € de acuerdo con el artículo 13.5 de la Ley 50/1999.

- Por omitir la inscripción en el Registro, una sanción de 300,05 € de acuerdo con el artículo 13.5 de la Ley 50/1999.

 

Tercero. Conceder al interesado, de conformidad con el artículo 8.4 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, mediante el cual se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, un plazo de 15 días para formular alegaciones, presentar documentos y presentar prueba, concretando los medios de que pretendan valerse.

 

Cuarto. Advertir al interesado que, si no efectua alegaciones sobre el contenido del acuerdo de iniciación en el plazo previsto, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución.

 

Quinto. Indicar al interesado que puede reconocer voluntariamente su responsabilidad y, si procede, efectuar el pago de la sanción pecuniaria que corresponda en cualquier momento anterior a la resolución.

 

Sexto. Designar como instructora del procedimiento a Isabel Riera Sansó y como secretaria a Pilar Sánchez Barceló, técnica de Medio Ambiente y auxiliar administrativa respectivamente del Ayuntamiento de Son Servera.

 

Séptimo. Comunicar el presente acuerdo de iniciación a la instructora y a la secretaria, con traslado de todas las actuaciones que existen sobre este expediente. 

 

Octavo. Notificar el presente acuerdo a la persona interesada.

 

Son Servera, 1 de agosto de 2012

 

El Alcalde Presidente            Doy fe: La Secretaria acciental

José Barrientos Ruiz             Sra. Catalina Magdalena Servera Gual’

 

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

 

a.- Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación del presente decreto.

 

b.- El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificació de la presente resolución.

 

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se considere pertinente. Todo lo indicado, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de juliol, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 

 

Son Servera, 25 de septiembre de 2012