Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 19938
Acuerdo de la junta de Gobierno Local de 11 de octubre de 2012 referente a la aprovación de las bases y la convocatoria de una borsa de trabajo de la categoría de oficial 2ª electricista de la brigada de obras
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 11 de octubre de 2012, se ha resuelto aprobar la convocatoria y las bases para constituir una bolsa de la categoría de oficial 2ª electricista de la Brigada de Obras para cubrir, con carácter interino, la vacante existente en la plantilla del personal laboral del Ayuntamiento de Artà hasta que ésta se cubra definitivamente. A continuación, se publican las bases de esta convocatoria.
BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE LA CATEGORÍA DE OFICIAL 2ª ELECTRICISTA DE LA BRIGADA DE OBRAS PARA CUBRIR, CON CARÁCTER INTERINO, LA VACANTE EXISTENTE EN LA PLANTILLA DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ARTÀ HASTA QUE ÉSTA SE CUBRA DEFINITIVAMENTE
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de estas bases la definición de los requisitos y méritos que deben regir el concurso para la constitución de una bolsa de trabajo de la categoría de oficial 2ª electricista de la Brigada de Obras.
Características del puesto de trabajo: personal laboral, 100% de jornada y con disponibilidad horaria.
La jornada laboral será la general de la Brigada de Obras.
Las funciones asignadas a este puesto de trabajo son, entre otras, las siguientes: realizar trabajos relacionados con el mantenimiento y conservación de las instalaciones eléctricas del municipio; trasladar, cargar y descargar material, mobiliario y maquinaria diversa; solucionar averías de carácter eléctrico, de luz, etc.; mantenimiento de alumbrado público en general. Y otras tareas generales de la Brigada de Obras.
SEGUNDA. FORMA DE SELECCIÓN
El procedimiento de selección será el concurso de méritos.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público:
- Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la misma ley.
- Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- Estar en posesión de la titulación de ESO, graduado escolar o equivalente.
- Acreditar los conocimientos de lengua catalana correspondientes al nivel A2 (antiguo nivel A).
- Estar en posesión del permiso de conducir B.
CUARTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes para tomar parte en el concurso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en estas bases, se tendrán que hacer según el modelo del anexo 1 de estas bases y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, o bien mediante el procedimiento regulado en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOIB. En caso de que el último día sea inhábil, el plazo se entenderá ampliado hasta el día hábil siguiente.
Las bases íntegras y las resoluciones siguientes se publicarán en la página web (www.arta.cat) y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
- Fotocopia de la titulación de ESO, graduado escolar o equivalente.
- Fotocopia de la documentación para justificar los méritos. Los méritos o servicios estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los méritos alegados y no justificados no se tendrán en cuenta.
- Fotocopia del certificado o título oficial que acredite los conocimientos de nivel A2 (antiguo nivel A) de lengua catalana, a efectos de quedar exento de la prueba específica.
- Fotocopia del permiso de conducir.
Todas las fotocopias deberán presentarse debidamente compulsadas.
QUINTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución, que declarará aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En la misma resolución se señalará un plazo de 3 días hábiles para subsanar o presentar reclamaciones, así como la constitución del tribunal calificador, la valoración de méritos, y el lugar, la fecha y la hora para la prueba de conocimientos de lengua catalana, en el caso de haber aspirantes que deban optar.
En caso de que no se presenten enmiendas o reclamaciones contra la lista provisional, ésta se entenderá definitiva a partir del día siguiente de la finalización del plazo de reclamaciones, y no será necesario publicarla nuevamente en el tablón de anuncios.
SEXTA. TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador estará compuesto por:
- Presidenta: Sra. Celia Martínez-Piñeiro de Urquiza (secretaria de la corporación)
Suplente: Sr. Francesc Font Molinas
- Vocal 1: Sr. Mateu Llodrà Sansaloni (tesorero de la corporación)
Suplente: Sra. Magdalena Fuster Santandreu
- Vocal 2: Maria Antònia Llull Sancho
Suplente: Jeroni Mestre Ginard
- Vocal 3: Manuel Sánchez Pereiro
Suplente: Antoni Nadal Ribot
- Secretaria: Catalina Ginard Alzamora
Suplente: Teresa Bru Mascasas
La abstención y la recusación de los miembros del tribunal se ajustarán a lo previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus miembros, ya sean titulares o suplentes, y las decisiones se adoptarán por mayoría. Siempre será necesaria la asistencia del presidente y del secretario. El Tribunal podrá contar con la asistencia de asesores, con voz pero sin voto.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación o aplicación de las bases de esta convocatoria, así como lo que deba hacer en los casos no previstos.
SÉPTIMA. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO
En primer lugar, se realizará una prueba específica de lengua catalana del nivel A2, quedando exentos de realizarla los aspirantes que hayan acreditado, con la solicitud o antes de comenzar la prueba, los conocimientos mediante la aportación del certificado correspondiente. La prueba se calificará como apto o no apto. La calificación de 'no apto' o la no comparecencia a la prueba, en los casos que no se haya aportado la certificación de nivel, dará lugar a la exclusión del proceso selectivo.
En segundo lugar, se evaluarán los méritos alegados y justificados debidamente de acuerdo con el baremo que se detalla a continuación. La puntuación máxima del concurso será de 200 puntos.
Experiencia profesional:
a) Servicios prestados en la Administración pública, como oficial electricista: 1 punto por mes completo, hasta un máximo de 30 puntos.
b) Servicios prestados en una empresa privada ejerciendo funciones de naturaleza o de contenido análogos a los de la plaza convocada: 0,5 puntos por mes completo, hasta un máximo de 30 puntos.
La acreditación de los servicios será mediante la presentación de un certificado de servicios prestados (en el caso de la administración) con indicación expresa de la fecha de alta y de baja y categoría profesional. Y en el caso de servicios prestados a una empresa privada, con el certificado de empresa correspondiente. Si los certificados no acreditan las funciones desarrolladas, hay que presentar, además, los contratos.
La puntuación máxima de los apartados a y b será de 60 puntos.
Conocimientos de electricista:
La acreditación de los conocimientos de electricista debe hacerse mediante la presentación de los títulos o documentos correspondientes:
- Carné de instalador autorizado en baja tensión (sólo se puntuará la titulación más alta acreditada):
. Básico: 20 puntos.
. Especialista: 30 puntos.
- Titulaciones relacionadas con la familia de la electricidad (sólo se puntuará la titulación más alta):
. PCPI: 5 puntos.
. Grado medio: 20 puntos.
. Grado superior: 30 puntos.
- Otra formación relacionada con el puesto de trabajo que se convoca (oficial 2ª electricista): 0,15 puntos / hora de curso (máximo 15 puntos).
La puntuación máxima de este apartado de méritos será de 75 puntos.
Otros conocimientos:
La acreditación de los conocimientos de este apartado se realizará mediante la presentación de los títulos o documentos correspondientes.
- Carnés de instalador homologados por el Ministerio i/o la Conselleria de Industria (máximo 15 puntos):
. Instalador de gas IG-B: 1 punto.
. Instalador de gas IG-C: 2 puntos.
. Instalador de calefacción y agua caliente sanitaria: 3 puntos.
. Instalador de climatización: 4 puntos.
. Instalador/mantenedor de instalaciones térmicas de edificios: 5 puntos.
- Carné de manipulador de metales: 10 puntos.
- Certificado de seguridad e higiene en el trabajo: 20 puntos.
La puntuación máxima de este apartado de méritos será de 45 puntos.
Permiso de conducción de vehículos:
- Permiso de conducción C1 o superior: 10 puntos.
Nivel de catalán (sólo se puntuará el nivel más alto acreditado):
- Nivel B2 de lengua catalana (antiguo nivel B): 5 puntos.
- Nivel C1 de lengua catalana (antiguo nivel C): 10 puntos.
En caso de empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional. En caso de persistir el empate, se realizará un sorteo público.
OCTAVA. RELACIÓN DE APROBADOS PARA FORMAR PARTE DE LA BOLSA, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO
Una vez terminada la calificación de los méritos de los aspirantes, el Tribunal Calificador elevará una relación provisional por orden de puntuación al presidente de la corporación, que procederá a la publicarla en la página web y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. A partir del día siguiente, y durante un plazo de tres días hábiles, los aspirantes podrán presentar enmiendas o reclamaciones contra dicha relación provisional. Una vez resueltas, se elaborará la relación definitiva. En caso de que no se presenten enmiendas o reclamaciones contra la lista provisional, ésta se entenderá definitiva a partir del día siguiente de la finalización del plazo de reclamaciones.
Los aspirantes propuestos estarán a la espera de ser llamados por el Ayuntamiento por orden de puntuación, y aportarán ante el Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días naturales desde el aviso o la notificación, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria y el certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite la realización de las tareas.
Los aspirantes que dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación o que de ésta se deduzca que falta algún requisito exigido, serán excluidos de la bolsa.
El orden de preferencia para ser llamado vendrá determinado por el orden de puntuación. Los candidatos que rehúsen una oferta, quedan excluidos de la bolsa, excepto que aleguen y justifiquen en un plazo de tres días hábiles la concurrencia de alguna de las siguientes situaciones: estar en periodo de embarazo, maternidad, paternidad, adopción o acogida; prestar servicios como personal funcionario o laboral a otra administración; sufrir una enfermedad o incapacidad temporal, estar ejerciendo funciones sindicales.
Esta bolsa tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, pudiéndose prorrogar por la Alcaldía en casos justificados.
NOVENA. INCIDENCIAS
Estas bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, a partir del día siguiente de la publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción).
En lo no previsto en estas bases, será de aplicación la Ley 7/2007, del Estatuto básico del empleado público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, el Real Decreto 1/1995, del Estatuto de los trabajadores, el Real Decreto 364/1995, del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado, la Ley 30/1984, de medidas para la reforma de la función pública, la Ley 3/2007, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, la Ley 3/2007, de la función pública de la CAIB, el Decreto 30/2009, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la CAIB.
El alcalde
Jaume Alzamora Riera
ANEXO I (MODELO DE SOLICITUD)
CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE LA CATEGORÍA DE OFICIAL 2ª ELECTRICISTA DE LA BRIGADA DE OBRAS, PARA CUBRIR, CON CARÁCTER INTERINO, LA VACANTE EXISTENTE EN LA PLANTILLA DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ARTÀ HASTA QUE ESTA SE CUBRA DEFINITIVAMENTE
Nombre: Primer apellido:
Segundo apellido: DNI núm.:
Dirección a efectos de notificaciones:
Municipio: Teléfono:
EXPONGO:
1. Que he tenido conocimiento de las bases que han de regir el concurso para constituir una bolsa de la categoría de oficial 2ª electricista de la Brigada de Obras para cubrir, con carácter interino, la vacante existente en la plantilla del personal laboral del Ayuntamiento de Artà hasta que ésta se cubra definitivamente.
2. Que cumplo todas las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.
3. Que declaro conocer y aceptar las bases generales de la convocatoria.
4. Que adjunto la documentación siguiente:
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia de la titulación de ESO, graduado escolar o equivalente.
- Fotocopia de la documentación para acreditar los méritos.
- Fotocopia del permiso de conducir.
(Las fotocopias tienen que estar compulsadas).
5. Lengua catalana: Acredito los conocimientos ____ / Solicito realizar la prueba ____
Por todo ello,
SOLICITO:
Que se admita esta solicitud para tomar parte en esta convocatoria.
_________________, _____ de ____________ de 2012
(Firma)
ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Lo que se hace público para conocimiento general.
Artà, _____ de ______________ de 2012