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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 20196
Aprobación modificación precio público 0.9 Talleres de Artes Plàsticas del Centro Municipal de Arte.

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Texto

Mediante acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 17.10.12, se acuerda la modificación de la normativa específica que regula el Precio Público 0.9, relativo al servicio de los talleres de artes plásticas del centro municipal de arte de las siguientes características:

PRECIO PÚBLICO NÚMERO 0.9

SERVICIOS DE LOS TALLERES DE ARTES PLÀSTICAS DEL CENTRO MUNICIPAL DE ARTE

NORMATIVA ESPECÍFICA

ARTÍCULO 1º.- CONCEPTO Y FUNDAMENTO:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del RD 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, éste Ayuntamiento acuerda establecer en éste término municipal el precio público para la prestación del servicio de los talleres de artes plásticas del centro municipal de arte.

Será de aplicación a éste precio público la presente Normativa, dictada al amparo de lo que disponen los artículos 41 a 47 del RD 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Será de aplicación a éste precio público, en primer lugar, la Ordenanza General reguladora de los Precios Públicos, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 01.09.89 (punto nº16), y definitivamente, con carácter automático el 20.10.89, y, en segundo lugar, la presente Normativa, dictada al amparo de lo que dispone en el penúltimo párrafo del artículo 10è de la Ordenanza General antes citada, con la finalidad de regular los aspectos peculiares y diferenciados del presente precio público.

ARTÍCULO 2º.- OBLIGADOS AL PAGO:

Están obligados al pago del precio público para éste servicio, las personas que se beneficien del mismo. En su defecto, los familiares que tengan obligación legal o pactada de atender a los usuarios de éstos servicios.

ARTÍCULO 3º.- CUANTÍA:

La cuantía a exigir por la prestación de los servicios, se determinará en función de las siguientes tarifas según los servicios que se utilicen:

Matrícula general (una vez al año).............................................................28€

Matrícula bloques temáticos dibujo y pintura cuatrimestrales( 1 cuatrimestre)....15€

Cuota material (trimestral): todos los grupos de entre 6 y 17 años.

Excepto escultura y modelaje 10-14 años......................................................10€

CERÁMICA (cuota/mes)

 

6-8 años

16,00 €

9-16 años

28,00 €

Torno iniciación jóvenes y adultos y seguimiento y perfeccionamiento

37,00 €

 

 

ESCULTURA Y TALLA (cuota/mes)

 

Modelaje con barro 7-12 años

28,00 €

Escultura y modelaje

37,00 €

Talla madera

37,00 €

 

 

DIBUJO Y PINTURA (cuota/mes)

 

6-9 años

16,00 €

10-17 años

28,00 €

Dibujo y pintura niveles 1, 2 y 3

37,00 €

Taller abierto con profesor

37,00 €

Bloque temático 4h semanales

37,00 €

Bloque temático 3h semanales

32,00 €

 

 

GRABADO CALCOGRÁFICO (cuota/mes)

37,00 €

 

 

FOTOGRAFIA (cuota/mes)

 

Fotografiá analógica

28,00 €

Fotografiá digital

28,00 €

 

 

ARTES DECORATIVAS Y RESTAURACIÓN (cuota/mes)

28,00 €

TEJIDOS (cuota/mes)

28,00 €

PATCHWORK

28,00 €

 

 

PAPER MAIXÉ (cuota/mes)

 

6-12 años

28,00 €

Adultos

28,00 €

 

 

CURSO TEÓRICO

 

Visiones del Arte

28,00 €

ARTÍCULO 4º.- BONIFICACIÓN:

Se aplicará un descuento de un 15% por familia numerosa, minusvalías y miembros de una misma familia.

 

ARTÍCULO 5º.- LIQUIDACIÓN E INGRESO:

La matrícula se pagará en el momento de la inscripción. El resto de pagos se realizarán de forma mensual mediante la aprobación de los correspondientes padrones que serán recaudados en un periodo mínimo de cobro en recaudación voluntaria de dos meses.

Les solicitudes de baja se deberán tramitar ante la oficina de los talleres en el Centro de Arte Municipal la primera quincena del mes anterior a aquel en que hayan de surgir efecto.

 

DISPOSICIÓN FINAL:

El presente Precio Público se regirá una vez publicada su aprobación en el BOIB y en ausencia de reclamaciones y se mantendrá en vigor mientras no sea modificada o derogada por el Ayuntamiento.

Ciutadella de Menorca, 18 de Octubre de 2012.

El Alcalde,

José Mª de Sintas Zaforteza