Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 1 DE MANACOR
Núm. 18603
Verbal desahucio falta pago 0001054/2012
Procedimiento: VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 0001054 /2010
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Manacor, a once de julio del año dos mil once.
Vistos por mí, Dª. María Pascual Hernández, Juez del Juzgado de Instrucción n° UNO (antiguo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 2) de Manacor y su Partido Judicial, los presentes autos Juicio Verbal número 1054/2010, seguidos a instancia de la Procuradora de los Tribunales Da Bárbara Sansó Ferrer, en nombre y representación de D. Pedro Manresa Mesquida y de Dª. Catalina Adrover Adrover; contra Dª. Sumone Astrid Zucker, declarada en rebeldía en las presentes actuaciones, sobre acción de desahucio y reclamación de cantidad por importe de 3.262,18 euros.
FALLO
ESTIMO INTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por de la Procuradora de los Tribunales Dª. Bárbara Sansó Ferrer, en nombre y representación de D. Pedro Manresa Mesquida y de Dª. Catalina Adrover Adrover; contra Dª. Sumone-Astrid Zucker, declarada en rebeldía en las presentes actuaciones, sobre acción de reclamación de cantidad de rentas debidas y no satisfechas y demás cantidades asimiladas por importe de 3.262,18 euros, y DEBO CONDENAR Y CONDENO A SUMONE-ASTRID ZUCKER a que abone a la parte actora la cantidad de 3.262,18 euros, imponiéndole asimismo el pago de las costas de este procedimiento.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Illes Balears.
Y como consecuencia del ignorado paradero de ZUMONE-ASTRlD ZUCKER , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
MANACOR a veinte de Septiembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL.