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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 19859
Bajas del Padrón de habitantes por inclusión indebida

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Vista la solicitud presentada por la Sra. Anisoara Sabau, con registro de entrada nº 3424 de fecha 25/05/12, en la cual solicita sean dados de baja de la vivienda en la que reside situada en la C/ Magallanes nº 64-2ª-B, al Sr. Edisson Rene Andrade Anchuncia, la Sra. Maria Julissa Veliz Arteaga y al hijo de ambos, Bryanna Lizzie Andrade Velez, por no residir en el mismo, y de los cuales no se tiene constancia si ha fijado su residencia en este o en otro municipio.

Vista la petición de inscripción en el padrón Municipal de Habitantes de fecha 20/12/2011 de D. Juan Carlos Ortega Linares, i visto que no presenta la documentación requerida para formalizar el empadronamiento de manera definitiva.

Visto el art. 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, según el cual toda persona que vive en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que reside habitualmente. Quien resida en varios municipios tendrá que inscribirse únicamente donde habite durante más tiempo al año’.

Visto el art. 69.2 según el cual ‘ siempre que se produzcan actualizaciones, el Ayuntamiento pondrá en conocimiento de cada vecino afectado los datos que figuren en su inscripción padronal, para su información y para que pueda comunicar al Ayuntamiento las rectificaciones o variaciones que procedan’.

Visto el art. 62, según el cual ‘ los Ayuntamientos realizaran las actuaciones u operaciones necesarias para mantener actualizados sus padrones de manera que los datos de estos concuerden con la realidad’.

Visto el art. 72 según el cual ‘ los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quien figure empadronado incumpliendo los requisitos establecidos en el art. 54 de este Reglamento, una vez comprobada la circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado’.

En virtud de las facultades que por Ley me han conferido vengo a:

DECRETAR:

1.- Iniciar expediente para proceder a la baja de los habitantes antes mencionados del padrón de habitantes del Ayuntamiento de Capdepera, o al cambio de domicilio en el mismo municipio, si procede.

2.- Notificar este Decreto a los siguientes habitantes:

Sr. Edisson Rene Andrade Anchuncia, Sra. Maria Julissa Veliz Arteaga y al hijo de ambos, Bryanna Lizzie Andrade Velez, y al Sr. Juan Carlos Ortega Linares, concediéndoles un plazo de 10 días, desde la notificación de este Decreto, para presentar alegaciones, manifestar lo que consideren oportuno, o presentar la documentación requerida.

3.- Comunicar a la Sra. Anisoara Sabau., la apertura del expediente de baja de oficio de los habitantes empadronados en su domicilio.

 

Capdepera, a 11 de junio de 2012.

 

El Alcalde,

Rafel Fernández Mallol.

Ante mí, La Secretaria

M.del Mar Terol Andrés