Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 19550
Decreto de resolución del expediente sancionador de medio ambiente 12MA12, por infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico por la tenencia de animales potencialmente peligrosos
Visto que no ha sido posible notificar el Decreto de resolución del expediente sancionador 12MA12, al Sr. José Luis Valladares Doña, como presunto responsable de infringir la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para le tenencia de animales potencialmente peligrosos y de acuerdo con lo establecido en el art. 59.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de abril, y a efectos de notificación se publica el Decreto de resolución de fecha 1 de agosto de 2012.
DECRETO
Visto el Decreto de Alcaldía de fecha de 13 de febrero de 2012, en el cual se decreta la incoación de expediente sancionador al Sr. José Luis Valladares Doña, como presunto responsable de la infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y de la Ordenanza municipal de animales de compañía.
Visto que no ha sido posible notificar el Decreto antes citado, con registro de salida nº 796 y fecha 15/02/12, y dirigida al Sr. José Luis Valladares Doña, ha sido publicado en el BOIB nº 44 de 27-03-12, y que durante el plazo para la presentación de alegaciones, el interesado no presentó ninguna alegación.
Vista la propuesta de resolución del Instructor del expediente de fecha 26 de abril de 2012, en la cual se propone la imposición de una sanción de 2.404,06 € como presunto responsable de la infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. (No disponer de licencia administrativa) y otra sanción de 60 € como presunto responsable de la infracción de la Ordenanza municipal de animales de compañía, por tener un perro en malas condiciones higiénico sanitarias.
Visto que no ha sido posible la notificación de la propuesta de resolución, registro de salida nº 2392 y fecha 30-04-12, y dirigida al Sr. Valladares, ha sido publicado en el BOIB nº 78 y fecha 31-05-12, y que durante el plazo para la presentación de alegaciones establecido en la propuesta no ha presentado ninguna.
La falta denunciada, relativa a tener perros potencialmente peligrosos sin licencia se considera una infracción muy grave, según indica el art. 13.1.b) de la Ley 50/1999, y puede ser sancionada con una multa de 2.404, 06 a 15.025, 30, tal como indica el art. 13.5 de la citada Ley.
De acuerdo con el art. 8 de la Ordenanza municipal de animales de compañía indica que los propietarios de perros están obligados a limpiar periódicamente, desinfectando y desparasitando, los habitáculos de sus animales y los espacios abiertos que hagan servir. Según el art. 9 de la citada Ordenanza los propietarios son los responsables que sus animales puedan acceder al agua para beber, alimentación adecuada y que tengan la atención higiénica y veterinaria necesaria para su salud.
La falta relativa a tener los animales en malas condiciones higiénico sanitarias se considera una infracción leve según indica el art. 65 de la Ordenanza municipal de animales de compañía, y se puede sancionar con una multa de 60 a 300 €, tal como indica el art. 68 de la citada Ordenanza.
Por las competencias que por el artículo que art. 21.1.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, me han sido conferidas
DECRETO
Primero: Imponer al Sr. José Luís Valladares Doña, DNI/NIF 41571150F, la sanción de 2.404,06 €, como responsable de la infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, por no disponer de licencia administrativa.
Segundo: Imponer al Sr. José Luís Valladares Doña, DNI/NIF 41571150F, la sanción de 60 €, como responsable de la infracción de la Ordenanza municipal de animales de compañía, por tener un perro en malas condiciones higiénico sanitarias.
Tercero: Se informa que el pago de la sanción se realizará mediante liquidación emitida por el Departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Capdepera, que próximamente recibirá en su domicilio. En esta liquidación se le comunicará el plazo, forma y lugar de pago.
Cuarto: Que del presente Decreto se de cuenta al Pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre a partir de esta fecha, y que se notifique a los interesados con indicación de los recursos que puedan interponer.
Capdepera, 28 de septiembre de 2012
El Alcalde
Rafel Fernádez Mallol