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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 14 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 18416
Juicio Verbal 0000196/2011

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Texto

 

JUICIO VERBAL 0000196 /2011

D./Dª. AURORA FRUCTUOSO HERNANDEZ , Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 14 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento jvb 196/11 seguido a instancia de GABRIEL BORRAS BUSQUETS frente a FIATC SEGUROS, IMPORT EXPORT BEDAYA SL se ha dictado Sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

 

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 14

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00181/2011

PROCEDIMIENTO: JUICIO VERBAL N° 196/2.011.

 

SENTENCIA n° 181/2.011

En Palma, a 22 de septiembre de 2.011.

Vistos por Irene Partida Barreto, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Palma de Mallorca, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 196/2.011 entre:

 

Demandante: Don Gabriel Borrás Busquets, representado por la procuradora de los  Tribunales Doña María del Romero Gaspar de L’Hotellerie y asistido por el letrado Don Guillermo Caldentey Higueras.

Demandados: La entidad IMPORT EXPORT BEDAYA S.L, declarada en situación de rebeldía procesal.

La entidad FIATC SEGUROS, representada por el procurador de los tribunales don Antonio Colom Ferra y asistida por la letrado doña Esther Balaguer Pomar.

Objeto: Reclamación de cantidad derivada de accidente de circulación.

 

FALLO

ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda presentada por la procuradora de los Tribunales Doña María del Romero Gaspar de L’Hotellerie, en nombre y representación de don Gabriel Borrás Busquets, contra la entidad IMPORT EXPORT BEDAYA S.L y contra la entidad FIATC SEGUROS, y en consecuencia CONDENO SOLIDARIAMENTE a las demandadas a abonar al actor la cantidad de CIENTO NOVENTA Y SIETE EUROS CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (197,35€), más los intereses legales, esto es, respecto del particular condenado, un interés anual equivalente al interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución y respecto de la compañía aseguradora el interés legal incrementado en un cincuenta por ciento desde la fecha del siniestro y a partir del segundo año el interés no podrá ser inferior al 20%, así como al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá prepararse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al en que se notifique esta resolución. No se admitirá a trámite el recurso si la parte al tiempo de prepararlo no acredita DOCUMENTALMENTE haber constituido el oportuno depósito para recurrir mediante la consignación del importe de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, la PRONUNCIO, MANDO Y FIRMO.

PUBLICACIÓN.- Esta sentencia fue leída y publicada estando S.Sª. celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, IMPORT EXPORT BEDAYA SL, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

 

PALMA DE MALLORCA a catorce de Septiembre de dos mil doce.

EL/LA SECRET O/A JUDICIAL.