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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 19498
Expediente sancionador núm 64-12

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental, y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de la propuesta de resolución de expediente sancionador se notifica al interesado el Sr. Jose Galvez Gavilanes de conformidad con lo que dispone el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 6 de agosto de 2012, que trascrito dice: ‘De conformidad con lo que dispone el artículo 192.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, le comunico que el Sr. Alcalde, en fecha 6 de agosto de 2012, ha dictado la siguiente Resolución, la cual es del tenor literal siguiente:

ASUNTO: RESOLUCIÓN del expediente sancionador incoado contra el señor JOSE GALVEZ GAVILANES por supuesta infracción de medio ambiente.

Puesto que, en fecha 16 de mayo de 2012 se realizó PROPUESTA DE RESOLUCIÓN referente a tenencia de tres perros, de raza no peligrosa, suelto en la vía pública, en la calle Sant Llatzer del término municipal de Marratxí, el dia 22 de febrero/12 a las 18:00h, el cual es del tenor literal siguiente:

ASUNTO: RESOLUCIÓN del expediente sancionador incoado contra el Sr. JOSE GALVEZ GAVILANES por supuesta infracción de medio ambiente.

Puesto que, en fecha 16 de mayo de 2012 se realizó PROPUESTA DE RESOLUCIÓN referente a la tenencia de tres perros, de raza no peligrosa, sueltos en la vía pública, en la calle Sant Llatzer del término municipal de Marratxí, el día 22 de febrero/12 a las 18:00h, la cual es del tenor literal siguiente:

‘Puesto que, mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 20 de abril/11, se acordó la iniciación de un expediente sancionador por supuesta infracción de medio ambiente contra el Sr. JOSE GALVEZ GAVILANES por tenencia de tres perros, perro de raza no peligrosa sueltos en la vía pública, en la calle Sant Llàtzer del término municipal de Marratxí, imponiéndole una sanción de 150 euros por cada una de las infracciones con un total de 450 euros i calificándolos como LEVES.

Puesto que, se ha comprobado en el Registro de Medio Ambiente que el señor Galvez Gavilanes es reincidente con los hechos en cuestión (exp. 65/11).

Visto además del citado, los artículos de general aplicación.

La instructora que suscribe consecuentemente, formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1.- Seguir con el presente expediente sancionador iniciado en fecha 20 de abril/12 contra el señor JOSE GALVEZ GAVILANES por tenencia de tres animales no peligrosos sueltos en la vía pública y ser reincidentes en los hechos.

2.- Que se notifique esta resolución al interesado en forma reglamentaria.

Marratxí, 16 de mayo de 2012. La instructora.’

Comunicada la anterior propuesta de resolución en fecha 29 de mayo de 2012, no habiendo presentado alegaciones ni documentos de ningún tipo.

Puesto que, de la citada infracción de medio ambiente es responsable en concepto de autora de los hechos el señor JOSE GALVEZ GAVILANES por haber ejecutado los hechos denunciados tal como ha quedado probado en el procedimiento instruido al efecto.

Puesto que, a la tramitación del procedimiento se han observado las prescripciones legales del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora.

Vistos los artículos 127 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Bases de Régimen Jurídico de les Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, artículos 13 y siguientes del Decreto Autonómico 10/1994, de 10 de febrero, antes citado, y atendiendo a todo lo que se ha expuesto y conforme con la Propuesta del Sr. Instructor, esta Alcadía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente (art. 5 del Decreto 10/1994) tiene a bien dictar la siguiente:

RESOLUCION

1º.- Imponer tres sanciones de 150 euros cada una (total 450€) por la tenencia de tres perros, no peligrosos, sueltos en la vía pública el día 22 de febrero/12 y ser reincidente con los hechos, al señor José Galvez Gavilanes (dni:42.955.248-B)

2º.- Se aprueba, asimismo, la liquidación correspondiente a las referidas sanciones, por el importe de 450.

3º.- Notificar esta resolución al departamento de intervención a los efectos necesarios.

4º.- Que se notifique esta resolución al interesado en forma reglamentaria.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 89.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:

 

Contra el referido Decreto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer el recurso de reposición que establece el artículo 108 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local núm. 7/1985, de 2 de abril, (texto modificado por la Ley 57/03, de medidas para la modernización del Gobierno Local, de 16 de diciembre), en relación al artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por RDL 2/2004 de 5 de marzo, ante el Sr. Alcalde, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de la recepción del presente escrito.

El citado recurso se entenderá desestimado si transcurriera otro mes sin que se notifique su resolución.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria, si fuera expreso. Si no lo fuera el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, el referido recurso de reposición se entenderá desestimado de forma presunta.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si lo cree conveniente.

Lo ordena y firma el Sr. Alcalde. Sr. Tomeu Oliver Palou.’

De acuerdo con lo que dispone el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:

Contra el referido Decreto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer el recurso de reposición que establece el artículo 108 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local núm. 7/1985, de 2 de abril, (texto modificado por la Ley 57/03, de medidas para la modernización del Gobierno Local, de 16 de diciembre), en relación al artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por RDL 2/2004 de 5 de marzo, ante el Sr. Alcalde, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de la recepción del presente escrito.

El citado recurso se entenderá desestimado si transcurriera otro mes sin que se notifique su resolución.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, el referido recurso de reposición se entenderá desestimado de forma presunta.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si lo cree conveniente.

Lo que tengo el honor de comunicar para su conocimiento y a los efectos oportunos. Marratxí, 6 de agosto de 2012. EL SECRETARIO acctal.

Formas de pago: ver hoja adjunta. Forma de pago de la sanción:

PAGO: El importe de la sanción impuesta en la resolución adjunta tendrá que hacerse efectiva, en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la notificación de esta resolución, informándole que, transcurrido el citado plazo sin realizar el abono de la sanción, se hará efectiva por la vía de apremio conforme se establece en el artículo 36 de la Ley Autonómica 10/90, de 23 de octubre de Disciplina Urbanística. El recargo de apremio es del 20% del importe de la deuda.

El pago de la multa se podrá hacer efectivo en cualquiera de estas entidades:

-Banc de Crèdit Balear.- Cta. Cte. 0024-6847-66-0660000173

-Caixa de Pensions.- Cta. Cte. 2100-2097-72-0200002157, oficina Sa Cabaneta.

-Sa Nostra.- Cta. Cte. 2051-0080-10-1008925547.

-Banca March.- Cta. Cte. 0061-0151-90-0000780113

 

Marratxí, 19 de septiembre de 2012

 

El Alcalde,

Tomeu Oliver Palou