Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 19612
Notificación de resolución de recurso de alzada interpuesto contra resolución sancionadora por infracción a la normativa en materia de transportes terrestres.
Recurrente: VIDALBUS, SLU
Domicilio: Avda. del Cid, 60 1H
Son Ferriol
07198 Palma
Número de expediente: 972/11
No habiendo sido posible realizar la notificación de la resolución del recurso de alzada recaída en el expediente antes indicado, se procede a su notificación conforme determina el art. 59.5 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo constar que:
En fecha 9 de julio de 2012, el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio ha dictado la siguiente resolución:
"Primero.- Inadmitir a trámite, por extemporáneo, el recurso de alzada interpuesto en fecha 22/06/2012 contra la resolución del Director General de Transportes de fecha 29/03/2012, dictada en el expediente sancionador TR 972/11, por la que se estima cometida una infracción de los artículos 1 y siguientes del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de vehículos destinados al transporte por carretera, consistente en:
Circular desde Sa Coma en dirección al aeropuerto, realizando un transporte público de viajeros, careciendo el conductor del correspondiente certificado de aptitud profesional (CAP), estando obligado a disponer del permiso de conducir clase D1 expedido el 20/07/2010. Conductor: Ionel Anichitoae; con núm. de NIE X-6767887-E
que el artículo 141.19 de la Ley 16/87, de 30 de julio (LOTT) y el artículo 198.19 del Real Decreto 1211/90, de 28 de septiembre (ROTT) modificado por el Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre, califican como falta grave, y en base a lo que establecen los artículos 143.1.e) LOTT y 201.1.e), se impone una sanción consistente en una multa de 1.001 euros; inadmisión que se produce al amparo del artículo 113.1 en relación con el artículo 115.1, ambos, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo; y en consecuencia ratificar la resolución objeto del recurso, todo ello conforme con el informe del técnico del Servicio Jurídico de día 9/07/2012, que como motivación, forma parte de la presente resolución.
Segundo.- Notificar la presente resolución a la parte interesada.
Interposición de recursos.
Contra la presente Resolución se puede interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, de conformidad con lo establecido en los art. 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, modificada por la Disposición Adicional 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Asimismo podrá interponer cualquier otro que estime oportuno.
Lo que le comunico a los efectos oportunos."
Palma, a 19 de septiembre de 2012
La Secretaria General
Mª José Marco Landazabal