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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Núm. 19511
Notificación infructuosa de comunicación para el trámite de alegaciones del programa de requalificación profesional

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Habiendo resultado infructuosa la notificación de la comunicación para el trámite de alegaciones del procedimiento de pérdida del derecho y reintegro de la ayuda económica regulada en el programa de recualificación profesional, por carta certificada con acuse de recibo, a los sujetos interesados, se procede en forma y efectos previstos en el Artº 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común de 26 de Noviembre de 1992

(BOE 27-11-92) a publicar la relación de subvencionados a los que se les comunica que de acuerdo con la documentación que obra en el expediente de concesión de ayuda económica de acompañamiento, por la participación en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, establecida en el Real Decreto-ley 1/2011. de 11 de febrero prorrogada por el Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto y desarrollada en las Resoluciones de 15 de febrero de 2011 y 30 de agosto de 2011, la cual fue concedida a D/Dª

 

Nombre

DNI/NIE

Resolución

causa

Período

Cantidad

Cabal Bedoya, Paulo Cesar

X8837837H

29/03/12

no renueva demanda

26/01/12 AL 31/01/12

66,56€

Gómez Rico, Pedro F.

50458895T

21/11/11

cobra rai

19/01/12 AL 20/03/12

825,38€

Cadafalch Domingo Joan

45828495Y

19/03/12

no renueva demanda

27/02/12 AL 29/02/12

39,93€

Escandell Lorente, Veronica

47253027X

17/02/12

no renueva demanda

13/10/11 al 31/01/12

1.437,77€

Bustos De Cardoso, Alejandra G.

X6148779M

20/05/11

cobra prestación

12/09/11 AL 27/10/11

612,38€

Bel Abdia Abdia

Z3853681P

27/10/12

causa baja en ipi

27/12/11 AL 30/12/11

39,94€

Osagiede Osagiede, Happy O.

X2969615Q

18/07/11

inicia subsidio

08/11/11 AL 09/12/11

412,69€

Bueno Tenemaza, Carmen R.

X3708459P

18/04/11

cobra subsidio

27/08/11 AL 28/09/11

399,38€

Gari Barceló, Bartolomé A.

37338958E

17/02/12

no renueva demanda

14/03/12 AL 31/03/12

213€

Gonzalez Lobato, Maria Elena

43160856E

22/06/11

cobra prestación

20/07/11 AL 02/11/11

1.011,77€

Mallen Ripoll, M. Dolores

43001000Q

17/04/12

rentas superiores

18/11/12 AL 17/05/12

589,38€

Poyato Marin, Montserrat

041460772Y

17/02/12

baja por colocación

27/02/12 AL 29/02/12

53,25€

Micaela Gomila Brunet

41536725J

23/02/12

no renueva demanda

01/02/12 AL 29/02/12

399,38€

Ramon Piza Haro

43097699T

17/04/12

trabaja y genera prestación

27/04/12 AL 13/05/12

252,94€

Vasquez Bueno, Sasha J.

49605038H

19/08/12

no renueva demanda

28/12/11 AL 25/01/12

372,75€

Dipre De Dios, Dionicia

46388964B

22/06/11

cobra subsidio

10/06/11 AL 22/11/11

133,12€

Supuesto que determina la pérdida del derecho a la percepción de la ayuda económica de acompañamiento a tenor de lo establecido en el artículo undécimo de las citadas Resoluciones de 15 de febrero y 30 de agosto de 2011, en relación con el artículo 37.1.i) de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procediendo en su virtud, el reintegro de la ayuda económica percibida desde el (periodo arriba indicado), que asciende a la cantidad (arriba indicada), más los intereses de demora que se calcularán desde el momento del incumplimiento de la subvención hasta la fecha en que se dicte la resolución de reintegro.

Lo que se comunica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42.3 de la citada ley 38/2003 General de Subvenciones, artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del articulo undécimo 3 de las Resoluciones de 15 de febrero de 2011 y 30 de agosto de 2011.

En virtud de lo anteriormente expuesto, dispone del plazo de 10 días para presentar las alegaciones, documentos y justificaciones que considere pertinentes. Transcurrido dicho plazo y previo análisis de las alegaciones, se procederá a dictar la resolución que proceda

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento de reintegro será de 12 meses desde la fecha de la presente Comunicación (art. 42.2 de la ley 38/2003 y art.5.3.a) de la D.G. del SEPE de 12 de abril 2004.

 

NOTIFÍQUESE la presente Comunicación al/la interesado/a, en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.

 

Palma, a 2 de octubre de 2012.

 

El/La director/a Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal

Sonia Barranco Álvarez