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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 18902
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears del Proyecto de aparcamiento para las Calas Mitjana y Mitjaneta, Ferreries.
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo II de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 29 de mayo de 2012
CONSIDERANDO
1. Que el proyecto pretende convertir en aparcamiento público a cielo abierto, con capacidad para 203 vehículos, una superficie de unos 4.000 m2 de SRC dentro de AIA (no afectada por ningún APR, ni APT, ni por ningún espacio de relevancia ambiental de los establecidos en la LECO) para dar servicio a las playas de Cala Mitjana y Cala Mitjaneta.
2. Que la capacidad del aparcamiento para 203 vehículos se ha establecido de acuerdo con la estimación de la capacidad de carga de las playas de Cala Mitjana y Cala Mitjaneta que hizo el PEP Me-13, pero el proyecto prevé reservar, adicionalmente unos 2.800 m2 para un posible incremento de plazas en los momentos puntuales de máxima demanda.
3. Que el proyecto prevé enviar las aguas pluviales en dirección suroeste, evitando la carretera Me-22, pero en dirección hacia los espacios de relevancia ambiental vecinos (LIC y ZEPA ES 0000239 De Binigaus a Cala Mitjana).
4. Que, una vez analizados los criterios de sujeción a EIA establecidos en los apartados del artículo 44 de la Ley 11/2006, no parece que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
ACUERDA
la no sujeción del proyecto a evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con las determinaciones del documento ambiental y con las condiciones siguientes:
1. Tan sólo se utilizará el espacio de reserva en casos puntuales de máxima demanda.
2. Las especies utilizadas para la revegetación de la parcela deben ser las propias de las comunidades vegetales del entorno (principalmente especies propias del acebuchal y del encinar).
Se recomienda que, en caso de existir recogida de las aguas pluviales, éstas sean tratadas con un decantador de finos y separador de hidrocarburos antes de ser vertidas al terreno.
Palma, 5 de junio de 2012
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato