Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MAÓ
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE MAÓ
Núm. 18193
Divorcio Contencioso 333/2012
En el presente procedimiento seguido a instancia de ISMAEL FERNANDO GARRIDO PRIETO frente a IVONNE NELIA DUARTE VELAZQUEZ se ha dictado sentencia, cuyo tenor 1itera1 es el siguiente:
QUE DEBO ESTLMAR Y ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda formulada por la Procuradora Sra. Jusué, en .nombre jr representacion de .D. Ismael Fernando Garrido Prieto contra D‘. Ivonne Nelia Duarte Velazquez y en consecuencia declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de ambos conyuges, acordando los siguientes pronunciamientos: '
1°— Quedan revocados todos los consentimientos y poderes que se hayan otorgado los conyuges entre si.
2°— No_procede acordar nada mas al respecto por los motivos indicados en los F.J. 2° de esta resolucién.
Todo ello sin expresa declaracion en cuanto a las costas causadas.
Contra esta sentencia puede interponerse recurso de apelacion, que se presentara en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial, en el plazo de veinte dias, a contar desde la fecha de su notificacion.
Firme que sea esta resolucion, librese oficio exhortatorio al Encargado del Registro Civil, al que se acompanara testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositima en la correspondiente inscrtpcion de matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificacion de la misma, incluyase la presente en el Libro de sentencias.
Asi por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo D. Carlos Javier Garcia Diez, Magistrado-Juez del Juzgado de primera Instancia e Instruccion n° 2 de Mahon.
PUBLICACION.— La anterior sentenoia ha sido firmada, leida y publioada por el mismo Juez que la dicto, hallandose celebrando audienoia en el dia de la fecha. Doy fe.-
Y encontrandose dicho demandado, IVONNE NELIA DUARTE VELAZQUEZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificacion en forma al mismo.
EL DEMANDANTE LITIGA CON EL BENEEICIO DE LA JUSTICIA GRATUITA
LO QUE SE HACE CONSTAR A LOS EFECTOS DE LA laja I/96. MAO a catorce de Septiembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETA LO/A JUDICIAL,