Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 18631
Ejecución de Títulos Judiciales 12/2012 (acumulada 54/2012)
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000012 /2012(ACUMULADA ETJ 54/2012) de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª DANIEL LOPEZ AGUILAR, PEDRO MULET EGEA , SANTIAGO SALOM MEDINA contra la empresa CARPINTERIA VICENS SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyos antecedentes y parte dispositiva se adjunta:
D E C R E T O
Secretario/a Judicial D/Dª FRANCISCA REUS BARCELÓ
En PALMA DE MALLORCA, a tres de Septiembre de 2012 .
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En esta EJECUCION 0000012/2012 se ha dictado Auto de extinción de la relación laboral a favor de PEDRO MULET EGEA y SANTIAGO SALOM MEDINA , frente a CARPINTERIA VICENS S.L
SEGUNDO.- Por decreto de esta misma fecha se acuerda la acumulación a la presente de los procedimientos ejecutivos seguidos en este Juzgado y registrados bajo el número 54/2012.
TERCERO.- Que en el Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca de en la ejecución 396/2011 y 422/2011 , en fecha 24/04/2012 se ha declarado la insolvencia provisional de la entidad CARPINTERIA VICENS S.L .
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda:
PRIMERO.- Habida cuenta de las acumulaciones acordadas en decreto de esta misma fecha se acuerda ampliar las cantidades adeudadas en la presente ejecución en la cuantía de los importes adeudados en los procedimientos acumulados quedando en consecuencia fijado el principal adeudado en la cantidad de 139.108,01 euros (desglosándose en 77.202,87 euros que corresponden a Pedro Mulet Egea , la cantidad de 35.302,99 euros a Santiago Salom Medina , la cantidad 26.602,15 euros a Daniel López Aguilar , y quedando asimismo fijados los intereses y costas provisionales totales en la cantidad de 27.820 euros.
SEGUNDO.- Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 0030-1846-42-0005001274 abierta en BANESTO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Y para que sirva de notificación en legal forma a CARPINTERIA VICENS SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears.
Se advierte al destinatario CARPINTERIA VICENS SL, que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a tres de septiembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL