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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 18879
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Red de MT y BT subterráneas y paso por torrente en "Son Balaguer", Puigpunyent.
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo I de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 29 de mayo de 2012
CONSIDERANDO
1. Que el proyecto consiste en la conversión aéreo - subterránea de una red eléctrica de distribución de 15 kV para alimentar una vivienda unifamiliar situada en la parcela 164 del polígono 2 de Puigpunyent. La obra consiste en el tendido de 2.440 m por camino existente de línea de MT y BT, así como la construcción de un centro de transformación (CT).
2. El proyecto está incluido en el anexo I de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental.
3. Que las parcelas donde se ubicará el proyecto están clasificadas:
i. Paraje Natural de la Sierra de Tramuntana.
ii. Suelo rústico protegido calificado como ANEI según el PTI.
iii. Cerca de Área de alto nivel de protección AANP de encinares.
iv. A unos 300 m. del ámbito de actuación se encuentran los límites de LIC (Lugares de interés comunitario) Es Galatzó-S'Esclop, incluido en Red Natura 2000.
v. Se cruzan áreas de protección de riesgos de deslizamiento, erosión e incendios. El centro de transformación proyectado se encuentra en una zona con APR erosión.
4. Que la documentación ambiental presentada incorpora toda una serie de medidas preventivas y correctoras para evitar y reducir los impactos.
5. Que la Dirección General de Industria y Energía informa favorablemente.
6. Que la Dirección de Recursos Hídricos ha informado favorablemente con una serie de condicionantes.
7. Que el Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo ha informado favorablemente con una serie de condicionantes.
8. Que el Servicio de Protección de Especies informa favorablemente con una serie de condicionantes.
9. Que el Servicio de Espais de Natura Balear informa favorablemente con una serie de condicionantes.
10. Que el estudio de impacto ambiental incluye el contenido mínimo establecido en el artículo 27 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambiental estratégicas en las Illes Balears.
ACUERDA
informar favorablemente, desde el punto de vista ambiental, el proyecto de "Red de baja y media tensión subterráneas y cruce de torrente con red de media tensión de la Finca Son Balaguer" en Puigpunyent con las medidas preventivas y correctoras contempladas en el Estudio de Impacto Ambiental y el control especificado en el plan de vigilancia ambiental, así como el cumplimiento de los siguientes condicionantes:
1. Los residuos generados en el montaje (cables, plásticos, material de embalaje) deben ser separados adecuadamente para su reciclaje.
2. En cuanto a los residuos excedentes de la excavación, una vez restaurada la zanja, se debe realizar una correcta gestión de los residuos de construcción y demolición tal como establece el artículo 9 del Plan Director Sectorial para la gestión de los residuos de construcción y demolición de la isla de Mallorca, así como los artículos 4 y 5 del Real Decreto 105/2009, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
3. De acuerdo con los informes de la Dirección General de Recursos Hídricos:
a) El nuevo centro de transformación deberá situarse fuera de la zona de servidumbre del cauce más cercano.
b) La red se deberá instalar, siempre que sea posible, fuera de la zona de servidumbre del cauce cercano, que comprende una franja de 5 m medidos a cada lado del cauce, desde los lados.
c) El cruce subterráneo de las líneas eléctricas se hará perpendicular al cauce o en el recorrido más corto posible.
d) Se repondrán todos los elementos del cauce que sean afectados por las obras (soleras, muros laterales, pretiles, etc.) y una vez finalizadas las obras se debe limpiar el tramo del cauce afectado.
e) Cuando se acabe cada día de trabajo, se debe dejar el cauce libre de materiales y maquinaria, para evitar arrastres en caso de lluvias.
f) Se deben conservar en buen estado las paredes secas existentes y en el caso de afectarse alguna, ésta se tendrá que rehacer.
g) La obra no debe suponer la deforestación de ninguna zona, a no ser la mínima necesaria para la ejecución de la obra, en este caso la del camino y los 18 m desde el palo para el acceso.
h) Si se produjera un vertido accidental éste deberá comunicarse a la Dirección General de Recursos Hídricos y al Ayuntamiento de Puigpunyent.
i) Los trabajos de soterramiento de la línea no deben llevarse a cabo después de períodos de lluvias intensas (septiembre-octubre).
j) La zanja debe situarse en la parte interior del camino siempre que sea posible.
4. De acuerdo con el informe del Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo:
a) Se tomarán las medidas de prevención de incendios forestales establecidas en el Decreto 125/2007, de 5 de octubre, por el que se dictan normas sobre el uso del fuego y se regula el ejercicio de determinadas actividades susceptibles de incrementar el riesgo de incendios forestales, especialmente en lo referente al artículo 8.2.c.
b) Alrededor de los CT y armarios de distribución que se encuentren en terreno forestal deberá mantenerse un área de baja carga de combustible de al menos 10 m. No se acumulará leña alrededor del CT o armarios. Se deberá prever la necesidad de mantenimiento a lo largo del tiempo de las actuaciones sobre la vegetación, teniendo en cuenta siempre la no actuación sobre las especies vegetales protegidas que pueda haber.
c) Tratamiento de la vegetación: la afección a la vegetación debe ser la estrictamente necesaria. Los restos vegetales generados por la tala de arbolado (si procede) se tendrán que retirar o tratar en un plazo máximo de 10 días. Todos los demás restos vegetales generados se deberán retirar o tratar en un plazo máximo de 20 días desde su generación.
Los productos residuales generados en la zona podrán ser tratados de la siguiente manera:
- Trituración mediante maquinaria.
- Transporte a vertedero o fuera de la zona forestal, para quema o trituración.
5. De acuerdo con el informe del Servicio de Protección de Especies:
Se respetarán las fechas propuestas de inactividad de las obras (febrero-junio) con el objetivo de no causar molestias a las rapaces, el halcón peregrino (Falco peregrinus) y el águila calzada (Hieraaetus pennatus), ya que coincide con la época de nidificación.
6. De acuerdo con el informe de Espais de Natura Balear:
Las zonas cercanas a las excavaciones se han de compactar y deben restaurarse a su estado original. En ningún caso puede suponer la modificación de alguna de las características preexistentes en el vial en cualquiera de sus aspectos geométricos, de materiales, o técnicas constructivas, o la alteración de las condiciones de drenaje.
Se recuerda que:
1. De acuerdo con los informes de la Dirección General de Recursos Hídricos:
a) Antes de iniciar las obras y una vez que estén terminadas, se comunicará por escrito a esta Dirección General, se debe adjuntar plano de situación y número de referencia del expediente, a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones impuestas.
b) Se solicitó la resolución administrativa, previa a la ejecución de las obras, en cuanto a la afección sobre el dominio público hidráulico.
2. De acuerdo con el informe del Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo:
Todos los operarios participantes en las actividades deben ser instruidos en la existencia de riesgo de incendio forestal, en las medidas de prevención a adoptar y en las actuaciones inmediatas a efectuar ante un conato de incendio. También deben conocer el número de teléfono en caso de emergencia (112).
Este acuerdo se emite sin perjuicio de las competencias urbanísticas, territoriales y/o energéticas de las administraciones correspondientes.
Palma, 5 de junio de 2012
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato