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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 19609
Resolución del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente i Territorio de día 8 de octubre del 2012, por la que se convocan pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

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Texto

La Orden del Ministerio de Fomento 605/2004, de 27 de febrero (BOE núm. 59 de 9 de marzo) sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril y por vía navegable, encomienda a las Comunidades Autónomas la convocatoria de los exámenes a superar por aquellas personas que pretendan la obtención o renovación de los correspondientes certificados de aptitud.

 De conformidad con lo manifestado por los Consejos Insulares de Ibiza y Formentera, dentro del régimen de colaboración entre Administraciones Públicas que se contiene en las Leyes 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 13/1998, de atribución de competencias a los Consejos Insulares de Menorca y de Ibiza-Formentera en materia de transportes por carretera, y en relación al Consejo Insular de Formentera, en el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, reformado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero , se adopta el sistema de convocatoria única para las Islas de Mallorca, Ibiza y Formentera, sin perjuicio de la realización material de los exámenes dentro de los respectivos ámbitos territoriales insulares.

 En consecuencia, dicto la siguiente

 Resolución

 1.- Convocar las pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera a que se refiere la Orden de 27 de febrero de 2004 del Ministerio de Fomento, a celebrar en las Islas de Mallorca, Ibiza y Formentera.

 2.- Aprobar las bases que regirán la presente convocatoria de pruebas y que se adjuntan como Anexo 1 de esta Resolución.

 3.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Asimismo se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar des de el día de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

 Palma, 8 de octubre del 2012

 

El Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio


 

Gabriel Company Bauzá

 

ANEXO 1

Bases de la convocatoria

1. Modalidades

Se convocan pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera que se han de llevar a cabo en las islas de Mallorca, Ibiza y Formentera.

  

a) Para la obtención del certificado, los interesados se deberán presentar a un examen para la modalidad de carretera, pudiendo optar entre examinarse globalmente para todas las especialidades o de forma separada para alguna o algunas de las especialidades siguientes:

-Clase 1 ( materias y objetos explosivos)

-Clase 2 ( Gases)

-Clase 7

-Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9. Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el transporte internacional de mercancías peligrosas (ADR) .

-Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (Gasóleo), 1203 (Gasolina) y 1223 (Queroseno), 3475 (Mezcla de etanol y gasolina o mezcla de etanol y combustible para motores), 1268 (destilados del petróleo NEP o productos del petróleo NEP) y 1863 (Combustibles para motores de turbina de aviación).

 La presentación al examen global excluirá la presentación a las especialidades.

 b) Para la renovación, únicamente se podrán presentar al examen correspondiente del certificado que se pretenda renovar.

 2. Requisitos de los aspirantes

 Podrán presentarse en esta convocatoria todas las personas que tengan su residencia en el territorio de las islas de Mallorca, Ibiza y Formentera.

 Podrán presentarse a los exámenes de renovación, aquellas personas provistas del correspondiente certificado de aptitud, que se encuentren dentro del último año anterior a la expiración del plazo de validez.

 3. Exámenes

 a) Para la obtención del certificado, los exámenes constarán de dos pruebas:

 - Una primera, en la cual no se permitirá la consulta de textos, que consiste en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas y que versarán sobre las materias incluidas en el anexo del RD 1566/99, de 8 de octubre.

 - Una segunda, en la cual se permitirá la consulta de textos, excepto aquellos en los cuales figure la solución a los supuestos o apuntes, que consistirá en la realización de un estudio o supuesto que, con referencia al ámbito del modo del transporte y a la especialidad correspondiente, versará sobre las labores y obligaciones a realizar y /o cumplir por el consejero.

 El tiempo máximo de que podrán disponer los aspirantes para la realización de cada una de las pruebas será de una hora.

 Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando el examinando obtenga una puntuación igual o superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

 b) Para la renovación del certificado, la prueba de control consistirá únicamente, en la realización de la primera de las pruebas expuestas en el apartado a) anterior, y en las mismas condiciones requeridas para el examen de acceso.

 c) Tanto el examen de obtención como el de renovación se basarán en el ADR 2011 (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera). BOE núm. 164 de 11 de julio de 2011.

 4. Solicitudes

 El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución en el BOIB, a las que se acompañará fotocopia del DNI y del NIF en el caso que en aquel no conste la letra asignada.

 Las solicitudes se presentarán en la sede de la Dirección General de Transportes sita en la calle Eusebio Estada, 28; en la sede del Consejo Insular de Ibiza sita en la Avinguda d'Espanya 49 - Ibiza, o en la sede del Consejo Insular de Formentera sita en la Plaça de la Constitució, 1 Sant Francesc Xavier, Formentera, en modelo normalizado a que se refiere el Anexo 2 de la presente Resolución, o bien vía telemática a través de la página web de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio (http://dgmobil.caib.es).

 De conformidad con la Ley 11/1998, de 14 de diciembre sobre el régimen específico de tasas de la CAIB, con las modificaciones introducidas por la Ley 16/2000, de 27 de diciembre de medidas tributarias, administrativas y de función pública, y por la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la CAIB para el año 2012 y la Resolución del Vicepresidente económico de Promoción Empresarial y de Ocupación de día 7 de febrero de 2012, por la cual se publica la actualización de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de los tributos propios de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2012, la solicitud de presentación de cualquiera de las pruebas para cada una de las modalidades se acompañará del impreso 046 ( modelo de liquidación de tasa) por la cantidad de 21,88 euros. No podrá presentarse quien no acredite haber pagado mediante justificante el importe de la tasa.

 

5. Fechas y lugares de celebración.

 5.1 Fechas

 Las pruebas se celebrarán los días siguientes:

 Noviembre

 Día 15. Modalidad de transporte por carretera (Obtención y Renovación)

    • 15,30 h. –Examen global
    • 17,30 h. –Resta clases ( 3 a 9)

Día 16. Modalidad de transporte por carretera (Obtención y Renovación)

    • 15,30 h. – Líquidos inflamables ( 1202, 1203, 1223, 3475,1268 y 1863)
    • 17,30 h. – Clase 2

 Día 19. Modalidad de transporte por carretera (Obtención y Renovación)

    • 15,30 h. – Clase 1
    • 17,30 h. – Clase 7

 5.2 Los exámenes se efectuarán en los lugares siguientes:

 ISLA DE MALLORCA:

 Dirección General de Transportes

C/ Eusebio Estada, 28 2ª planta

Palma de Mallorca

 

ISLA DE IBIZA *

Consejo Insular de Ibiza

Avinguda d’Espanya, 49

Ibiza

* Los aspirantes de Formentera tendrán que hacer los exámenes en la Isla de Ibiza.

 

6. Tribunal Calificador

 El Tribunal Calificador de dichas pruebas estará constituido por las siguientes personas:

 

 Titulares

Presidente: Mª Antonia Rotger Frau

Secretaria: José R. Catany Ventayol

Vocales:

Josefa Costa Ramón

Mª Luisa González Gorrías

Antonio Montero Guasch

 

Suplentes

Del Presidente: Magdalena Umbert Cifre

De la secretaria: Mercedes Riera López

De los vocales:

Mª Angeles Martínez Serrano

Carmen Torres Roig

Aina Frau Fiol

 

Dietas

 Todos los componentes de este Tribunal que participen en las sesiones tendrán derecho a percibir una indemnización de 59,91.- € para el presidente y secretario, y 58,76.- € para los vocales, por sesión y día. De acuerdo con lo previsto en el Decreto 54/2002 de 12 de abril, de la CAIB, estas indemnizaciones serán compatibles con las dietas que reglamentariamente les correspondan.

 7. Resultado de las pruebas

A los aspirantes que superen el examen les será expedido el certificado de aptitud a que se refiere el Art. 5 de la Orden de 27 de febrero de 2004.

 

 

ANEXO 2

Solicitud

SOLICITANTE:

Nombre y apellidos:

DNI:

Dirección a efecto de notificaciones:

Localidad:

Código postal:

Municipio:

Provincia:

País:

Teléfono:

Fax:

Dirección electrónica:

Todos estos datos quedan protegidos en aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, especialmente del artículo 10 ("El responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal estén obligados al secreto profesional respecto de los mismos en y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aún después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo").

EXPONGO:

Que me quiero presentar a las pruebas sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas.

SOLICITUD:

La admisión a las pruebas sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas, convocadas por Resolución del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de día …………………………..

 

 

DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ADJUNTAR:

  • Fotocopia del DNI
  • Fotocopia del NIF cuando no figure la letra asignada
  • Justificante de pago realizado por el importe de la tasa ……………….. por cada prueba (Modelo 046)
  • Para la renovación, fotocopia del certificado de formación para consejero de seguridad

 

 

OBTENCIÓN (¹)

(…) TRANSPORTE POR CARRETERA:

RENOVACIÓN (¹)

(…) TRANSPORTE POR CARRETERA

Examen global

 

Examen global

 

Clase 1

 

Clase 1

 

Clase 2

 

Clase 2

 

Líquidos inflamables (1202, 1203,1223, 3475, 1268, i 1863)

 

Líquidos inflamables (1202, 1203,1223 , 3475, 1268, i 1863)

 

Clase 7

 

Clase 7

 

Resto de clases (3 a 9)

 

Resto de clases (3 a 9)

 

(¹) Marcar la modalidad o modalidades a las que os presentáis

Palma, ............ de .................................. de .....................

(rúbrica)

 

CONSEJERIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO. DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES.