Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 14 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 17594
Cedula de notificación
En e1 procedimiento de referencia se ha dictado 1a resolución cuyo encabezamiento y fallo es del tenor 1itera1:
SENTENCIA: 00259/2011
PROCEDIMIENTO: JUICIO ORDINARIO N° 891/2009 .
En Palma, a 22 de diciembre de 2.011.
Vistos por Irene Partida Barreto, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 14 de los de Palma de Mallorca, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 891/2009 entre:
Demandante: Doña Maria Josefa Galindo Nuñez, representada por la procuradora de los tribunales doña Margarita Jaume Noguera y asistida por el letrado Don Miguel Arturo Riquelme Serra.
Demandados: Don Javier Loza Loza y doña Lisbert Sonia Loza Velasco, declarados en situación de rebeldía procesal.
Objeto: Resolución de contrato y reclamación de cantidad.
FALLO
ESTIMO SUSTANCIALMENTE LA DEMANDA presentada por la procuradora de los tribunales dona Margarita Jaume Noguera, en nombre y representación de doña Maria Josefa Galindo Nuñez, contra don Javier Loza Loza y doña Lisbert Sonia Loza Velasco, y en consecuencia:
l° Declaro caducado el derecho de opción de compra que asistía a los demandados y extinguido el contrato de opción de compra suscrito por ambas partes procesales en fecha 22 de noviembre de 2007.
2° Declaro la obligación de los demandados de desalojar en el plazo legal la vivienda de autos y de entregar a la actora las llaves y la posesión de la misma, con apercibimiento de lanzamiento en caso de que no lo verifiquen dentro de dicho plazo.
3° Declaro que los demandados adeudan a la actora la cantidad de 566,34 euros en concepto de gastos de comunidad de la vivienda de autos devengados durante el periodo comprendido entre el día 22 de noviembre de 2007 y el día 30 de abril de 2009.
4° Declaro que los demandados adeudan a la actora la cantidad de VEINTE MIL CUATROCIENTOS EUROS (20.400€) en concepto de indemnización, a razón de 600 euros mensuales, por los meses transcurridos desde el día 1 de marzo de 2009 hasta la fecha de la presente resolución, así como la cantidad de 600 euros por cada mensualidad que transcurra hasta obtener la actora la libre posesión de la vivienda de autos.
5° Condeno a los demandados a estar y pasar por dichas declaraciones y a pagar a la actora la cantidad de VEINTE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (20.966,34€), así como la cantidad de 600 euros por cada mensualidad que transcurra hasta obtener la actora la libre posesión de la vivienda de autos, con mas los intereses legales desde la presentación de la demanda y los previstos en el articulo 576 de la LEC desde la sentencia, así como al pago de las costas procesales causadas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al en que se notifique esta resolución. No se admitirá a tramite el recurso si la parte al tiempo de interponerlo no acredita DOCUMENTALMENTE haber constituido el oportuno deposito para recurrir mediante la consignación del importe de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.
Llévese el original al libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIGN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a . Magistrado que la dicto, celebrando Audiencia Publica. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de LISBERT SONIA LOZA VELASCO , JAVIER LOZA LOZA sirviendo la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de Febrero de dos mil doce.
EL/LA SECREJTARIO, (ilegible).