Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Núm. 19541
Resolución del consejero de Presidencia, de día 3 d’octubre de 2012, por la que se nombra personal eventual de la Consejería de Presidencia
El artículo 20 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears dispone que es personal eventual el que, en virtud de un nombramiento legal, ocupa, con carácter temporal, puestos de trabajo considerados de confianza o de asesoramiento especial de la Presidencia o de los consejeros o consejeras, no reservados a personal funcionario de carrera, y que el presidente o la presidenta y los consejeros o las consejeras nombran libremente a su personal eventual, nombramientos que deben publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
El Decreto 107/1995, de 21 de diciembre, disposición vigente que establece las normas de aplicación para el personal eventual, determina que el consejero competente en materia de función pública tiene que llevar a término los trámites i las gestiones necesarias para confeccionar la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma para que sea aprobada posteriormente por el Consejo de Gobierno.
En la relación vigente de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondiente al personal eventual incluye un puesto de responsable de comunicación con el código 100124, adscrito a la Consejería de Presidencia.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Nombrar a la señora Elena Davila Centeno, con DNI núm. 44.136.116J, personal eventual de la Consejería de Presidencia y con efectos de 9/10/2012, en el puesto de trabajo de responsable de comunicación con el código 100124.
Segundo. A los efectos de dietas e indemnizaciones per razón del servicio, se le aplica lo dispuesto en el Decreto 54/2002, de 12 de abril, o la norma que lo substituye, y el artículo 14.1de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2012.
Tercero. Al efecto de retribuciones por antigüedad o trienios, se reconoce el derecho a la percepción de los conceptos mencionados que acredite la persona interesada en las diferentes administraciones públicas.
Cuarto. Este nombramiento debe de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 3 de octubre de 2012
El consejero de Presidencia
Antonio Gómez Pérez