Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
AUTORIDAD PORTUARIA DE BALEARES
Núm. 17167
Notificación de acuerdo a la representación de la entidad Woody Mare Italia,SL
No habiendo dado razón en el domicilio conocido por esta Autoridad Portuaria al representante de la entidad Woody Mare Italia, SL, en virtud de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio se notifica que el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, en sesión de fecha 26 de junio de 2012, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
“Aceptar la renuncia solicitada en fecha 28 de mayo de 2012, por la entidad Woody Mare Italia, S.L., como titular de la concesión para la “Explotación de un bar-cafetería en la dársena de Can Barbarà en el Puerto de Palma (E.M. 666)”, revirtiendo todas las obras e instalaciones realizadas a la Autoridad Portuaria de Baleares de forma gratuita y libre de cargas, con las siguientes obligaciones:
1.- Regularizar la deuda que ostenta con esta Autoridad Portuaria de Baleares, y ponerse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la misma hasta la fecha.
2.- Aportar la documentación pendiente que debía presentar conforme se indicó en el título concesional. Concretamente:
- Justificante del abono del importe pendiente de pago en relación a la fianza definitiva de construcción, correspondiente al 5% del presupuesto de ejecución por contrata. Dicha fianza asciende a la cantidad de CATORCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE EUROS CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (14.977,38.-€), y la cantidad pendiente de pago asciende a NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DOCE EUROS CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (98.212,37-€).
- Justificante del abono de los anuncios publicados, en el B.O.E. y prensa, a liquidar ante la Secretaría de la A.P.B. por importe de DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (2.495,35.-€).
3.- Entregar a la Dirección de la Autoridad Portuaria de Baleares los datos e información relativa a:
Derechos otorgados a terceros.
Morosidad de sus clientes y usuarios.
Valoración detallada y justificada de las obras realizadas.
Tramitaciones realizadas con motivo de la concesión, y estado de las mismas.
4.- La entidad Woody Mare Italia, S.L., no tendrá derecho alguno a compensación o indemnización por las obras e instalaciones ejecutadas por dicha empresa en el ámbito de la concesión, ni por ningún otro concepto.
5.- La renuncia supone la pérdida de todas las garantías obligadas por los Pliegos en el procedimiento administrativo del expediente de “Explotación de un bar-cafetería en la dársena de Can Barbarà del Puerto de Palma (E.M. 666)”, quedando a favor de la Autoridad Portuaria de Baleares.
6.- Se procederá al inmediato reconocimiento de las obras e instalaciones efectuadas por la entidad Woody Mare Italia, S.L., que se practicará con la asistencia del Ingeniero de la APB encargado, del concesionario y de su técnico, levantándose la correspondiente Acta, sometiendo su aprobación al Director de la APB. A continuación, se realizará la reversión a la APB de todos los medios que aportó a la misma, así como de las obras e instalaciones ejecutadas por el concesionario (recogidas en el Acta de Reconocimiento), levantándose la correspondiente Acta en presencia del concesionario, si compareciese, previa citación”.
En Palma de Mallorca, a 3 de septiembre de 2012.
El Director,
Jorge Nasarre López.