Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA
Núm. 18724
Anuncio de notificación expediente sancionador infracción Ley 1/1992 de protección de animales
De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 59.4 de la Ley 4/99, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, con el presente anuncio se notifica a Fernando Real Colomer el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de 12 de julio de 2012.
NOTIFICACIÓN
Antoni Tomàs Gelabert, Secretario de l’Ajuntament de Bunyola, en virtud de las atribuciones que le confiere el articulo 192.2 del ROF, le comunico el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 12 de julio de 2012, que literalmente dice:
EXPEDIENTE SANCIONADOR INFRACCIÓN LEY 1/1992 DE PROTECCIÓN DE ANIMALES.
Visto el escrito de la Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Mallorca (RGE 1793/2012, de 1 de junio) denunciando las presuntas infracciones de la Ley 1/1992, de 8 de abril de Protección de Animales que viven en el entorno humano, i Decreto 56/1994, de 13 de mayo por el que se aprueba el reglamento para el desarrollo y la aplicación de esta Ley; por las condiciones en que se encuentra un perro de raza pastor alemán.
Visto el informe de la Policía Local de fecha 21 de junio confirmando todos los hechos de la denuncia por infracción de los artículos 3.2, 21 i 22 de la Ley 1/1992, de 8 de abril de Protección de Animales que viven en el entorno humano. Y visto que en el citado informe identifica el propietario del animal siendo el Sr. Fernando Real Colomer con DNI núm. 43.640.511-N.
Resultando que los hechos denunciados son calificados como una infracción lleve de acuerdo con el articulo 46 de la Ley 1/1992, de 8 de abril de Protección de Animales que viven en el entorno humano, siendo constitutivos de una infracción sancionable con una multa de 60,10 € a 300,51 €, de acuerdo con el articulo 48 de la citada Ley.
Vistos los artículos reseñados anteriormente así como lo dispuesto en el Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, así como el resto de disposiciones legales vigentes y aplicables por razón de la materia.
Dado que la competencia para la imposición de sanciones para este tipo de infracciones contemplada en la Ley 1/1992, de 8 de abril de Protección de Animales que viven en el entorno humano, corresponde a esta Alcaldía según lo establecido en el articulo 52 a), y teniendo en cuenta la delegación de competencias de esta Alcaldía en la Junta de Gobierno Local a través del Decreto de Alcaldía 56/2008 de fecha 23 de septiembre de 2008.
La Junta de Gobierno Local acuerda:
1.- Iniciar un procedimiento administrativo sancionador simplificado contra el Sr. Fernando Real Colomer con NIF número 43.640.511-N, como presunto responsable de una infracción leve, por incumplimiento de los artículos 3.2, 21 i 22 de la Ley 1/1922, de 8 de abril de Protección de Animales que viven en entorno humano.
2.- Apercibir que se impondrá al Sr. Fernando Real Colomer una multa de 300,51 € de acuerdo con el articulo 48 de la Ley 1/1992, de 8 de abril de Protección de Animales que viven en el entorno humano.
3.- Dar traslado del presente al interesado y a la Sociedad Protectora de Animales y Plantes de Mallorca, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 10 días hábiles des de la notificación para presentar las alegaciones, documentos o informaciones que estimen pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que se pretenda valer.
4.- De conformidad con lo previsto en el articulo 8.4 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, en la notificación se advertirá a los interesados que, si no efectúan alegaciones sobre el contenido del acuerdo de iniciación en el plazo establecido, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución en cuanto al contenido del procedimiento preciso sobre la responsabilidad imputada.
Lo que le comunico para su conocimiento y a los efectos oportunos. Comunicándole que de acuerdo con el articulo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria el período voluntario de pago es el siguiente: si recibe la notificación entre los días 1 i 15 de mes, hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuese hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. De otra forma si recibe la notificación entre los días 16 i el último del mes, hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuese hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Contra el presente acuerdo que no agota la vía administrativa se puede interponer el recurso de reposición ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del dia siguiente de la notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición, que se producirá transcurrido un mes des de su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercer, si es el caso, cualquier otro recurso que estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
Bunyola, 23 de julio de 2012
EL SECRETARIO
Antoni Tomàs Gelabert
Bunyola, 20 de septiembre de 2012
EL ALCALDE
Jaume Isern Lladó