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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 18911
Notificación de inicio de expedientes sancionadores en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial del Ayuntamiento de Andratx

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, se hace pública la notificación de la iniciación de expedientes sancionadores que se indican en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial del Ayuntamiento Andratx a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, por ignorarse su domicilio o porque habiéndose intentando por dos veces la notificación personal en el último domicilio conocido no se ha podido practicar. A estos efectos se hace constar lo siguiente:

 

1. La instrucción del procedimiento corresponde a Calixto Moner Vasallo, actuando como Secretario/a Susana Navarrete Amador, de quienes puede promoverse su recusación por las causas previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

2. El órgano competente para resolver el procedimiento es el Alcalde (art. 71.4 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).

 

3. Si está de acuerdo con la sanción por ser el conductor del vehículo responsable de la infracción, en el mismo plazo de VEINTE DIAS naturales, podrá realizar el pago voluntario de la multa con una REDUCCIÓN DEL 50% de su importe, lo que implicara que se siga el procedimiento sancionador abreviado con las siguientes consecuencias:

a) La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán por no presentadas.

b) La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago.

c) El agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

d) El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses y se iniciará el día siguiente a aquél en que tenga lugar el pago.

e) La firmeza de la sanción en la vía administrativa desde el momento del pago, produciendo plenos efectos desde el día siguiente.

f) La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que se trate de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos.

 

Asimismo, en el mismo plazo de VEINTE DIAS naturales, puede formular las alegaciones y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas. En este caso se seguirá el procedimiento sancionador ordinario, lo que supone la pérdida de la reducción del 50% del importe de la multa. Las alegaciones se deben presentar en el Registro General de este Ayuntamiento, o en los lugares señalados al efecto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, indicando los datos personales, número de expediente, matrícula del vehículo y fecha de la denuncia (arts. 79 a 81 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).

 

En el caso de infracciones leves o de infracciones graves que no detraigan puntos, si no se abona el importe de la multa ni se formulan alegaciones en el plazo de quince días naturales, la denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la presente publicación.

 

4. Si en el plazo indicado anteriormente, no se identifica al conductor responsable de la infracción, no abona el importe de la multa o no formula alegaciones, se propondrá al órgano competente para que resuelva el archivo de este expediente sancionador y se proceda a la incoación de un procedimiento sancionador contra la persona titular del vehículo como autor de la infracción muy grave por el incumplimiento de la obligación de identificar el conductor responsable de la infracción [arts. 65.5 j) y 67.2 a) del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial]. La identificación del conductor deberá realizarse mediante escrito dirigido a este Ayuntamiento, facilitando el nombre y apellidos, DNI, dirección y número del permiso o licencia de conducción del conductor responsable, o, en el caso de empresas de alquiler sin conductor, una copia del contrato de arrendamiento (arts. 9 bis y 81.2 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial). En el caso de infracciones por estacionamiento, salvo en los supuestos en los que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se identifique al conductor responsable del hecho, el responsable es el titular o el arrendatario del vehículo (art. 69.1 g del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).

 

5. En caso de haber sido denunciado por la comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la pérdida de puntos del permiso o licencia de conducción  que se indican en la relación adjunta en el epígrafe ‘Puntos a detraer’, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial cuando la sanción sea firme en vía administrativa quedarán descontados de forma automática y simultánea en el momento en que se proceda a la anotación de la sanción en el Registro de conductores e infractores.

 

6. El plazo de caducidad para la resolución del presente expediente sancionador es de un año (art. 92.3 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).

 

Formas de pago:

- En la oficina de recaudación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears situada en Maura 21 de Andratx ,o en cualquier oficina de recaudación de zona Mallorca de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (puede consultar los datos de las oficinas en la página de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, www.atib.es), de lunes a viernes laborables, de 8.30 a 13.30 horas, donde se le entregará un documento de ingreso para poder pagar en las entidades financieras colaboradoras (Banca March, Banc de Credit Balear, ‘Sa Nostra’ Caixa de Balears, Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona y ‘Colonya’ Caixa de Pollença).

- Mediante la ‘Carpeta fiscal’ de la web www.atib.es. Para poder acceder a la Carpeta fiscal se requiere disponer de un certificado digital admitido por la Agencia Tributaria de las Illes Balears

 

Claves de identificación del listado:

L: Leve; G: Grave; MG: Muy grave.

LSV: texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

RGC: Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 13/1992, de 17 de enero.

VEH: Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

CON: Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo.

OM: Ordenanza Municipal.

 

Andratx, 31 de Agosto de 2012

 

El Instructor

Calixto Moner Vasallo

 

 

Remesa: 12364

Expedient

Expediente

Llinatges i Nom

Apellidos y Nombre

Matrícula

Matrícula

Data

Fecha

Tipus

Tipo

Precepte

Precepto

Import

Importe

Punts

Puntos

12-000745

ABA ALQUILER BARATO DE AUTOMOVILES SL

7862CVT

12/6/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000836

MARSSON PORT DANTRATX SL

6397GKF

11/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000838

RIOS GRAGERA VICTORIA

2219BLS

10/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000860

REBASSA FIOL ESTHER

IB7188CY

7/7/2012

G

RGC154

200€

0

12-000864

DE LA FUENTE VIDAL JUAN DE DIOS

6845FFR

7/7/2012

G

RGC154

200€

0

12-000865

SERRANO OLIVARES JORGE

5336BTV

7/7/2012

G

RGC154

200€

0

12-000871

JUAREZ GOMEZ ANTONIO

7304DCK

6/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000874

PEREZ GIL GARCIA RICARDO

C8029BNZ

5/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000882

RAMOS RODRIGUEZ RAFAEL VALENTIN

IB9887CY

2/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000887

VOLOSHYN IGOR

0694DCB

30/6/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000896

SUAU TERRASA PEDRO JUAN

C0858BSD

1/7/2012

M

RGC043-2

500€

6

12-000897

MARTINEZ SANCHEZ JOSE

7872CRM

28/6/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000928

GARCIA MOLINA JUAN

2747DWZ

15/7/2012

G

RGC167

200€

0

12-000937

SANCHEZ JIMENEZ FELISA

7077FZM

15/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000947

MONER LOPEZ MARGARITA

7037DJP

16/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000973

SECURITIFLEET SL

1190HJB

20/7/2012

G

RGC154

200€

0

12-000981

MAYO GONZALEZ MANUEL

1454BDD

23/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000988

ASTRAZENECA FARMACEUTICA SPAIN SA

9432HBH

24/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000995

PEREZ SOLERO LLOSA PAULA

9722DNB

25/7/2012

G

RGC143

200€

4

12-000997

CASTELLO GARCIA JUAN JOSE

9503DBT

26/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-000998

CASTELLO GARCIA JUAN JOSE

3744BFG

26/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-001006

SECURITIFLEET SL

8341HJN

26/7/2012

G

RGC094-2

200€

0

12-001025

MELLADO MARTINEZ MARIA ESTRELLA

1742GWF

29/7/2012

L

RGC132

75€

0

12-001026

ILLENCA INSTALLACIONS SL

0234FNM

27/7/2012

L

RGC132

75€

0

12-001053

GOLDCAR SPAIN SL

7000HKJ

2/8/2012

L

RGC132

75€

0

12-001062

SECURITIFLEET SL

4412HKG

31/7/2012

L

RGC171

75€

0

12-001064

SECURITIFLEET SL

8957HCS

6/8/2012

L

RGC132

75€

0

12-001074

MARTINEZ MAYOL MOISES

7936FTB

6/7/2012

L

RGC132

75€

0

12-001093

AVIS ALQUILE UN COCHE SA

2500HLP

7/8/2012

L

RGC132

75€

0

12-001098

ROSELLO MOLL JAIME

IB4594BW

7/8/2012

L

RGC171

75€

0

12-001106

SERVIAUTO COCHES A SU SERVICIO SL

1192GBK

8/8/2012

L

RGC171

75€

0

12-001113

VIGOSA BALEAR SL

6147GLD

8/8/2012

L

RGC132

75€

0

12-001128

JERONIMO NADAL JONATAN

IB8752DJ

9/8/2012

L

RGC171

75€

0

Total:

33 Denúncies