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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 19040
Notificación de la resolución de la Consejera Ejecutiva del Departamento de Sanidad y Bienestar Social del Consell Insular de Eivissa de fecha 14 de septiembre de 2012, por la que se resuelven las subvenciones del programa de soporte económico para personas mayores de 65 años en el ámbito de Eivissa para el año 2012.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Vistas las bases para  la convocatoria del programa de soporte económico para personas mayores de 65 años en el ámbito de Eivissa para el año 2012 aprobadas por el Consell Ejecutivo en fecha 28 de mayo de 2012 (BOIB núm. 82 de 7 de junio de 2012).

 

Visto el informe técnico emitido por el Coordinador del Área Asistencial del Departamento de Sanidad y Bienestar Social de este  Consell Insular d’Eivissa con fecha 11 de septiembre de 2012, al cual se adjunta una lista con persones que han de obtener ayuda al amparo de la citada convocatoria y una relación de persones a las cuales se les ha de denegado.

 

Visto el  punto 3 de estas bases, donde se establece que para poder acceder a estas ayudas se habrá de acreditar una renta per cápita de la unidad económica de convivencia inferior a 9.600,00,- euros anuales.

 

Visto que el punto 4 de las bases para la convocatoria del programa de soporte económico para personas mayores de 65 años en  el ámbito de Eivissa para el año 2012, establece que el Consell Insular d’Eivissa subvencionara el 50% de los conceptos mencionados en el mismo punto y con un coste máximo establecido por concepto.

 

Visto el Decreto de Presidencia de fecha 4 de julio de 2011 publicado en el BOIB núm. 104 de 7 de julio de 2011 por el cual se determinan las atribuciones de los diferentes órganos del Consell Insular d’Eivissa.

 

Visto el informe propuesta emitido por la jefa de sección de Bienestar Social con el visto y conforme de la secretaria técnica de Economía, Bienestar Social y Deportes de fecha 11 de septiembre de 2012.

 

Visto que en el punto 7 de las mencionadas bases dice que el Departamento de Sanidad y Bienestar Social del Consell Insular d’Eivissa será el competente para instruir el procedimiento de tramitación de solicitudes y que las ayudas se concederán, por delegación del Consell Ejecutivo, mediante resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Sanidad y Bienestar Social.

 

RESUELVO

 

Primero.- OTORGAR la concesión de las subvenciones a las personas que figuran en el anexo 1,  por el importe individual indicado.

 

Segundo.- La publicación de esta resolución al BOIB.

 

Interposición de recursos

 

Como se señala en la base séptima, la presente resolución ha estado dictada por delegación del Consejo Ejecutivo, y se ha de considerar dictada por el órgano delegado; no agota la vía administrativa y se  podrá  interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular d’Eivissa en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el BOIB, de acuerdo con  el Art. 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, LRJPAC, en relación con el Art. 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

 

El recurso se habrá de presentar en el Registro General de este Consell Insular o en las dependencias a que se refiere el Art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común, y se entenderá desestimado si no se ha resuelto y notificado en el plazo de tres meses, contadores des del día siguiente a su presentación, de acuerdo con el articulo 115.2 de la mencionada ley de procedimiento. En este caso quedará abierta la vía contenciosa administrativa, todo esto sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso u acción que considere pertinente.

 

Lo que manda y  firma la Consejera Ejecutiva del Departamento de Sanidad y Bienestar Social del Consell Insular d’Eivissa, dando fe (en cumplimiento de las funciones de fe pública Art. 2 RD 1174/1987 de 18 de septiembre) la secretaria accidental, en Eivissa, el 14 de septiembre de 2012.

 

La Consejera Ejecutiva                                                                                                          La Secretaria Acctal.,

 

 

Mercedes Prats Serra                                                                                                            Maria Torres Bonet

 

 

Anexo 1

 

Núm Expt.

DNI

Importe Concedido

29/12

41415815Z

225,00

30/12

41439085P

245,00

31/12

11976026H

439,55

32/12

21523646J

525,00

33/12

25769052J

35,00

34/12

41429784E

343,00

35/12

41407138P

525,00

36/12

46202580L

363,50

37/12

41431022H

1.626,50

38/12

00427203R

675,00

39/12

28062408Q

22,50

40/12

41418774Y

1.243,71

41/12

34622472C

606,50

42/12

41420351L

103,25

44/12

41422271F

57,50

45/12

19586121Z

598,50  

46/12

27138241N

70,88

47/12

21343354-K

123,62

 

 

Los expedientes se encuentran a disposición de los interesados para cualquier consulta que quieran  efectuar, al Departamento de Sanidad y Bienestar Social del Consell Insular d’Eivissa.

 

Eivissa, 25 de septiembre de 2012

 

El Presidente,

Vicente Serra Ferrer