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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 6 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 15430
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000544 /2011

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Texto

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00082/2012

 

SENTENCIA Nº 82

En Palma de Mallorca, a dos de mayo de dos mil doce.

MARIA ISABEL DEL VALLE GARCÍA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta Ciudad, HE VISTO Y EXAMINADO los presentes autos de juicio ordinario nº 544/11, seguidos a instancia de la sociedad ‘Arabella Hotel Mardavall S.L.’, representada por la Procuradora Dª. Olga Terrón Rodríguez y defendida por el Letrado D. Daniel Olavaria Vaquero, contra D. Norbert Grupeen situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad derivada de incumplimiento contractual.

 FALLO

ESTIMAR TOTALMENTE LA DEMANDA interpuesta por la sociedad ‘Arabella Hotel Mardavall S.L.’, representada por la Procuradora Dª. Olga Terrón Rodríguez, contra D. Norbert Grupeen, en situación procesal de rebeldía y, en consecuencia, CONDENAR AL DEMANDADO al pago a la parte demandante de la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN EUROS (47.651’00 euros), con los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta su total pago, así como al pago de las costas del procedimiento.

 NOTIFÍQUESE la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, ante este mismo juzgado en el término de 20 días, contados desde el día siguiente a la notificación, PREVIO DEPÓSITO DE 50 EUROS EN CONCEPTO DE ‘RECURSO’, y líbrese testimonio, que se unirá a las actuaciones quedando el original archivado en el libro de sentencias del juzgado.

 ASÍ LA PRONUNCIO, MANDO Y FIRMO.

 Y como consecuencia del ignorado paradero de NOBERT GRUPE, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

 PALMA DE MALLORCA a dos de Mayo de dos mil doce.

LA SECRETARIA JUDICIAL, (ilegible).