Sección I. Disposiciones generales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 484586
Orden 30/2024, de 1 de agosto, del consejero del Mar y del Ciclo del Agua por la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de Puertos de las Islas Baleares
Puertos de las Islas Baleares se creó mediante la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares, modificada por la Ley 6/2014, de 18 de julio, como entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrita a la consejería competente en materia de puertos. De acuerdo con el artículo 38 de la Ley 10/2005, la entidad está integrada por personal laboral propio y por personal funcionario adscrito.
En el anexo 1 del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por los decretos 16/2023, de 20 de julio; 17/2023, de 23 de agosto; 1/2024, de 4 de enero; 4/2024, de 17 de mayo, y 5/2024, de 29 de mayo, figura Puertos de las Islas Baleares como ente del sector público instrumental autonómico adscrito a la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua.
El artículo 46.2 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Islas Baleares, otorga a los consejeros la potestad reglamentaria en las materias propias de su departamento cuando estos reglamentos tengan por objeto regular la organización y el funcionamiento de los servicios de su consejería.
Por otra parte, el artículo 8 de la Ley 3/2033, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, regula la organización interna de las consejerías y, en el apartado 3, dispone que los consejeros, mediante una orden, deben desarrollar su estructura orgánica básica, de acuerdo con la relación de puestos de trabajo vigente, con el fin de determinar las funciones atribuidas a las unidades administrativas de cada consejería.
Asimismo, el artículo 34 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que cada consejero o consejera determina las funciones de los puestos de trabajo adscritos a su consejería, previo informe de la consejería competente en materia de función pública, y que las órdenes de funciones deben publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Mediante la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 21 de septiembre de 2021, se aprobó la relación de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Consejería de Movilidad y Vivienda y de Puertos de las Islas Baleares (BOIB núm. 131, de 23 de septiembre de 2021).
Por ello, de acuerdo con el artículo 53 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Islas Baleares, y de conformidad con las pautas y los criterios formales que fija la Instrucción 1/2012, de 28 de febrero, de la directora general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios por la que se fijan los criterios para elaborar las órdenes de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de las diferentes consejerías, dicto la siguiente
Orden
Artículo 1 Objeto
El objeto de esta Orden es aprobar la relación de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario adscrito a Puertos de las Islas Baleares, de conformidad con lo establecido en el anexo 1 de esta Orden, referidos, únicamente, a los puestos de trabajo dotados económicamente en los presupuestos y a los no dotados en previsión de serlo.
Artículo 2 Descripción de funciones
1. La descripción de funciones de los diferentes puestos de trabajo contenida en el anexo de esta Orden debe considerarse una relación sucinta, de manera que las funciones enumeradas no tienen carácter exhaustivo ni excluyente.
2. En particular, las funciones de asistencia para obtener copias auténticas, previstas en el artículo 12.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y, en su caso, la función de compulsa de copias corresponden a los puestos de trabajo que, de acuerdo con esta Orden, tienen atribuidas las funciones de registro, así como a los que, de hecho, las llevan a cabo en virtud de lo establecido en el artículo 34.4 de la Ley 3/2007.
3. Asimismo, la función de expedición de copias auténticas a que se refiere el artículo 27 de la Ley 39/2015 corresponde al jefe o la jefa de servicio y al jefe o la jefa de sección, respecto de los documentos que forman parte de los expedientes que tengan bajo su custodia, así como a las personas autorizadas para editar anuncios en el Boletín Oficial de las Islas Baleares con respecto a los documentos objeto de edición.
4. Los puestos de trabajo jerarquizados adscritos a Puertos de las Islas Baleares tienen las funciones genéricas que establece el punto II cuarto de la Instrucción 1/2012, de 28 de febrero, de la directora general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios por la que se fijan los criterios para confeccionar las órdenes de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario.
5. Corresponde al jefe o la jefa de servicio y de departamento, en su caso, dirigir, coordinar y supervisar los ritmos de trabajo y la presencia en el puesto de trabajo del personal adscrito al servicio o al departamento.
Artículo 3 Régimen de suplencias
1. En el caso de vacante o de ausencia del jefe o la jefa de servicio asumirá las funciones el jefe o la jefa de servicio que designe el órgano directivo al que está adscrito el puesto de trabajo, todo ello sin perjuicio del régimen ordinario de suplencias que, en su caso, se establezca.
2. En el resto de los puestos de trabajo vacantes o en ausencia de la persona titular, asume sus funciones la persona que ocupa el puesto de trabajo inmediatamente superior jerárquicamente, de conformidad con el anexo 2 de esta Orden.
Disposición derogatoria única Normas que se derogan
Queda derogada la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 21 de septiembre de 2021 por la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Consejería de Movilidad y Vivienda y de Puertos de las Islas Baleares, en lo que afecta a Puertos de las Islas Baleares, y todas las disposiciones del mismo rango que la Orden que se dicta, o de un rango inferior, que se opongan a lo establecido en el.
Disposición final única Entrada en vigor
Esta Orden entra en vigor al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, (firmado electrónicamente: 1 de agosto de 2024)
El consejero del Mar y del Ciclo del Agua Juan Manuel Lafuente Mir
ANEXO 1 Funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de Puertos de las Islas Baleares
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PALMA) (UNIDAD: PIB0010001)
Jefe/Jefa del Servicio de Proyectos y Obras (F0114005E)
— Planificar, gestionar, dirigir y controlar la ejecución de todas las obras e instalaciones que se han ejecutado en cualquier puerto de gestión directa, incluyendo la redacción, el seguimiento y la tramitación de los proyectos y la dirección de las obras.
— Planificar, gestionar, dirigir y controlar el mantenimiento (preventivo, correctivo, predictivo) de las infraestructuras e instalaciones existentes y también todas las actuaciones para garantizar la máxima eficiencia energética posible en todos los puertos de gestión directa, incluyendo la elaboración y el mantenimiento del inventario de los puertos.
— Ejecutar las obras necesarias de acuerdo con la normativa de accesibilidad a los puertos.
— Ejecutar las obras y los servicios necesarios de acuerdo con la normativa medioambiental y las prescripciones de las declaraciones de impacto ambiental de los diversos proyectos.
— Redactar proyectos.
— Elaborar informes técnicos.
— Dirigir, coordinar y supervisar el equipo humano del Servicio; proponer los objetivos del Servicio, evaluar su grado de consecución y asesorar al órgano superior jerárquico en las materias propias del Servicio.
— Dirigir y coordinar las tareas relacionadas con materias de su competencia.
— Elaborar los presupuestos anuales del Servicio.
— Velar por el cumplimiento del principio de transversalidad de género en las actuaciones del Servicio, de conformidad con el artículo 15 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
— Llevar a cabo las tareas que le encargue la Dirección del ente en el ámbito de sus funciones.
De este Servicio depende el jefe o la jefa de la Sección V.
Jefe/Jefa del Servicio Jurídico (F0114020C)
— Llevar a cabo el asesoramiento jurídico de Puertos de las Islas Baleares.
— Conocer, coordinar, supervisar y dirigir las actuaciones del ente en el ámbito jurídico.
— Llevar a cabo el asesoramiento legal de los órganos sociales de gobierno y gestión.
— Dirigir, coordinar y supervisar el equipo humano del Servicio; proponer los objetivos del Servicio, evaluar su grado de consecución y asesorar al órgano superior jerárquico en las materias propias del Servicio.
— Velar por el cumplimiento del principio de transversalidad de género en las actuaciones de su Servicio, de conformidad con el artículo 15 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
— Llevar a cabo las funciones relacionadas con el puesto de trabajo que le encomienden los órganos de gobierno y gestión.
De este Servicio depende el jefe o la jefa de la Sección VIII.
Jefe/Jefa del Servicio de Explotación (F0114021C)
— Gestionar, planificar y controlar las actuaciones y tareas que tiene que llevar a cabo el Servicio.
— Gestionar y controlar los servicios de los puertos de gestión directa.
— Elaborar informes, colaborar en la planificación y ejercer las funciones de coordinación que le encargue el director o la directora gerente.
— Dirigir, coordinar y supervisar el equipo humano del Servicio; proponer los objetivos del Servicio, evaluar su grado de consecución y asesorar al órgano superior jerárquico en las materias propias del Servicio.
— Dirigir y coordinar las tareas relacionadas con materias de su competencia.
— Planificar y ordenar los puertos y las instalaciones.
— Colaborar en la redacción de los instrumentos legales y en la normativa para la ordenación portuaria.
— Elaborar los presupuestos anuales del Servicio.
— Implantar y mantener el sistema de información geográfica (SIG).
— Velar por el cumplimiento del principio de transversalidad de género en las actuaciones de su Servicio, de conformidad con el artículo 15 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
— Llevar a cabo las tareas que le encomiende la dirección del ente en el ámbito de sus funciones.
De este Servicio dependen el jefe o la jefa del Negociado IX, el jefe o la jefa del Negociado X, el jefe o la jefa del Negociado XIII y el celador o la celadora de instalaciones náuticas.
Jefe/Jefa de la Sección V (F01130245)
— Gestionar y controlar el mantenimiento, los proyectos y la ejecución de las obras e instalaciones, y todas las actuaciones necesarias para garantizar la máxima eficiencia energética posible en los puertos y las instalaciones de gestión directa.
— Redactar proyectos.
— Gestionar al personal adscrito a la Sección.
— Asumir de manera puntual funciones del jefe o la jefa del Servicio en caso de ausencia o enfermedad.
— Dar asistencia y apoyo técnico al jefe o la jefa del Servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relativa a la gestión del ente que le encomiende la Dirección de Puertos.
Jefe/Jefa de la Sección VII (F01130243)
— Coordinar y supervisar el área de gestión indirecta y gestionar el personal que está adscrito.
— Gestionar y controlar las obras y la prestación de servicios en los puertos de gestión indirecta.
— Elaborar informes técnicos.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relativa a la gestión del ente que le encomiende la Dirección de Puertos.
De esta Sección depende el jefe o la jefa del Negociado IV.
Jefe/Jefa de la Sección VIII (F01130250)
Bajo la dependencia del jefe o la jefa del Servicio Jurídico:
— Asistir y emitir informes jurídicos para Puertos de las Islas Baleares.
— Elaborar informes jurídicos y propuestas legislativas.
— Elaborar informes y propuestas de recursos.
— Tramitar expedientes de expropiación forzosa.
— Instruir y elaborar las propuestas de resolución de expedientes jurídicos.
— Elaborar estudios y propuestas normativas.
— Dirigir y gestionar al personal adscrito al Área Jurídica.
— Asumir de manera puntual funciones del jefe o la jefa del Servicio en caso de ausencia o enfermedad.
— Dar asistencia y apoyo técnico al jefe o la jefa del Servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo.
Jefe/Jefa del Negociado IV (F01110101)
— Tramitar informes relativos a concesiones y autorizaciones de puertos e instalaciones de gestión indirecta.
— Inspeccionar y controlar las obras y otras actuaciones en las instalaciones de gestión indirecta.
— Gestionar al personal adscrito al Negociado.
— Dar apoyo administrativo al jefe o la jefa de la Sección.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomiende la Dirección de Puertos.
Jefe/Jefa del Negociado IX (F01110096)
— Redactar proyectos.
— Controlar y dirigir obras de conservación y mantenimiento y ayudas a la navegación.
— Elaborar informes sobre autorizaciones y concesiones en los puertos de gestión directa.
— Redactar pliegos de concursos para autorizaciones y concesiones en los puertos de gestión directa.
— Gestionar al personal adscrito al Negociado.
— Dar apoyo administrativo al jefe o la jefa del Servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo.
Jefe/Jefa del Negociado X (F01110095)
— Recopilar datos y documentación, y llevar a cabo toda la tramitación de los expedientes de autorización de ocupación temporal de dominio público portuario, desde el registro hasta la notificación de la resolución de las solicitudes.
— Archivar y tramitar los expedientes relacionados con la ocupación de dominio público portuario de los puertos de gestión directa.
— Gestionar el personal adscrito al Negociado, incluyendo el personal laboral.
— Dar apoyo administrativo al jefe o la jefa del Servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra función de naturaleza análoga que le encarguen y cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo.
Jefe/Jefa del Negociado XIII (F01110092)
— Delinear.
— Archivar planos y proyectos.
— Llevar a cabo tareas topográficas.
— Introducir y gestionar la información gráfica en el sistema de información geográfica (GIS).
— Llevar a cabo valoraciones y comprobaciones, y elaborar informes a solicitud de las diferentes unidades de Puertos.
— Dar apoyo administrativo al jefe o la jefa del Servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo.
Celador/Celadora de instalaciones náuticas (F00370001)
— Llevar a cabo las funciones de inspección y control de las autorizaciones de ocupación de dominio público portuario encargadas desde el Área de Explotación.
— Apoyar al jefe o la jefa del área en las tareas extraordinarias relacionadas con la explotación portuaria.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo.
Puesto base auxiliar (F01470259)
— Llevar a cabo las funciones enunciadas en el artículo 28 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
— Llevar a cabo las funciones que se establecen en la Instrucción 1/2022 del director general de Simplificación Administrativa, Modernización y Administración — Digital, con relación al personal de las oficinas de asistencia en materia de registros.
— Llevar a cabo cualquier otra tarea o función que se le encomiende en relación con las anteriores.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (CALA BONA-MANACOR) (UNIDAD: PIB0010010)
Celador/Celadora guardamuelles (F00380005)
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignandoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (CALA FIGUERA-SANTANYÍ) (UNIDAD: PIB0010008)
Encargado/Encargada de puerto (F00610002)
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignandoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de las funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (CALA RAJADA) (UNIDAD: PIB0010007)
Encargado/Encargada jefe del puerto (F00620001)
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignandoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (COLONIA DE SANT JORDI) (UNIDAD: PIB0010004)
Encargado/Encargada de puerto (F00610006)
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignándoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PUERTO DE ANDRATX) (UNIDAD: PIB0010005)
Encargado/Encargada jefe del puerto (F00620004)
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignandoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PUERTO DE POLLENÇA) (UNIDAD: PIB0010009)
Encargado/Encargada jefe del puerto (F00620003)
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignándoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
Del encargado o encargada jefe del puerto depende el celador o la celadora guardamuelles.
Celador/Celadora guardamuelles (F00380001)
Bajo la dependencia del encargado o encargada jefe del puerto:
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo y, en los casos que corresponda, en el Plan de Protección de la Instalación Portuaria (PPIP) o del Puerto (PPP).
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos, asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio y prestar el servicio de auxilio en las maniobras de amarre de las embarcaciones cuando sea necesario.
— Suplir al encargado o encargada jefe del puerto en caso de ausencia.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PORTOCOLOM-FELANITX) (UNIDAD: PIB0010003)
Encargado/Encargada de puerto (F00610007)
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignándoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PUERTO DE CIUDADELA DE MENORCA) (UNIDAD: PIB0010015)
Encargado/Encargada jefe del puerto (F00620002)
Bajo la dependencia del jefe técnico o la jefa técnica puertos de Menorca:
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Llevar a cabo funciones de vigilancia, control e intervención con relación a la admisión, manipulación, almacenamiento y circulación de mercancías peligrosas en los puertos, de conformidad con el Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento nacional de admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas en los puertos.
— Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignandoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
Del encargado o encargada jefe del puerto depende el celador o la celadora guardamuelles.
Celador/Celadora guardamuelles (F00380014)
Bajo la dependencia del encargado o encargada jefe del puerto:
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo y, en los casos que corresponda, en el Plan de Protección de la Instalación Portuaria (PPIP) o del Puerto (PPP).
— Llevar a cabo funciones de vigilancia, control e intervención con relación a la admisión, manipulación, almacenamiento y circulación de mercancías peligrosas en los puertos, de conformidad con el Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento nacional de admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas en los puertos.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos, asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio y prestar el servicio de auxilio en las maniobras de amarre de las embarcaciones cuando sea necesario.
— Suplir al encargado o encargada jefe del puerto en caso de ausencia.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PUERTO EXTERIOR-CIUDADELA DE MENORCA) (UNIDAD: PIB0010018)
Jefe técnico/Jefa técnica Ports Menorca (F01150006)
Bajo la dependencia del jefe o la jefa del Servicio de Explotación:
— Confeccionar los horarios del personal del puerto exterior de Ciutadella de Menorca y supervisar los horarios del resto de puertos de la isla de Menorca.
— Dirigir al personal de las instalaciones portuarias de la isla de Menorca.
— Preparar, dirigir y gestionar los contratos relacionados con el mantenimiento y la ejecución de obras en los puertos de Menorca bajo la supervisión del jefe o la jefa de la Unidad de Explotación y del jefe o la jefa de la Unidad de Mantenimiento, Eficiencia Energética y Obras.
Coordinar y gestionar el tráfico comercial por vía marítima en el puerto exterior de Son Blanc y dar instrucciones al servicio de practicaje.
— Coordinar las operaciones terrestres de las navieras y la explotación de la estación marítima del puerto exterior de Ciutadella de Menorca.
— Decretar la apertura y el cierre del puerto de Ciutadella de Menorca por causas meteorológicas.
— Autorizar la entrada y salida de mercancías peligrosas en el puerto exterior de Ciutadella de Menorca.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomiende la Dirección de la empresa o el jefe o la jefa del Servicio de Explotación, del Servicio de Proyectos y Obras, de la Unidad de Explotación o de la Unidad de Mantenimiento, Eficiencia Energética y Obras.
Del jefe técnico o la jefa técnica Ports Menorca depende el encargado o encargada jefe del puerto.
Encargado/Encargada jefe del puerto (F00620008)
Bajo la dependencia del jefe técnico o la jefa técnica puertos de Menorca:
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que le sean encomendadas en el Plan de Emergencia Interior (Plan de autoprotección) y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Llevar a cabo funciones de vigilancia, control e intervención con relación a la admisión, manipulación, almacenamiento y circulación de mercancías peligrosas en los puertos, de conformidad con el Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento nacional de admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas en los puertos.
— Autorizar la entrada y salida de mercancías peligrosas en el puerto exterior de Ciutadella de Menorca.
— Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignándoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Confeccionar los horarios de vigilancia privada del puerto exterior de Ciutadella de Menorca según las necesidades del servicio y llevar a cabo la supervisión y el control del servicio requerido.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Apoyar al jefe técnico o a la jefa técnica puertos de Menorca de acuerdo con las exigencias del servicio con relación a las siguientes tareas:
o Coordinar y gestionar el tráfico comercial por vía marítima en el puerto exterior de Son Blanc y dar instrucciones al servicio de practicaje.
o Decretar la apertura y el cierre del puerto de Ciutadella de Menorca por causas meteorológicas.
o Coordinar las operaciones terrestres de las navieras y la explotación de la estación marítima del puerto exterior de Ciutadella de Menorca.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (FORNELLS-ES MERCADAL-MENORCA) (UNIDAD: PIB0010016)
Encargado/Encargada de puerto (F00610005)
Bajo la dependencia del jefe técnico o la jefa técnica puertos de Menorca:
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignandoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (SANT ANTONI DE PORTMANY) (UNIDAD: PIB0010013)
Encargado/Encargada de puerto (F00610004)
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo.
— Llevar a cabo funciones de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP) y de oficial de protección del puerto (OPP).
— Llevar a cabo funciones de vigilancia, control e intervención con relación a la admisión, manipulación, almacenamiento y circulación de mercancías peligrosas en los puertos, de conformidad con el Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento nacional de admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas en los puertos.
— Gestionar y supervisar los celadores y las celadoras guardamuelles del puerto correspondiente, asignandoles los horarios y tareas que deben llevar a cabo.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos y asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio.
— Llevar a cabo cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
Del encargado o encargada de puerto depende el celador o la celadora guardamuelles.
Celador/Celadora guardamuelles (F00380002)
Bajo la dependencia del encargado o encargada de puerto:
— Llevar a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control de los puertos e instalaciones portuarias, de conformidad con los artículos 111 y 112 de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares.
— Preparar correctamente los servicios a las personas usuarias y llevar a cabo las actuaciones que permitan las liquidaciones de las tasas portuarias, incluidas las que se puedan efectuar directamente en el puerto.
— Supervisar, dirigir, controlar e inspeccionar las operaciones portuarias, marítimas y de ocupación del dominio público portuario, y extender las denuncias por las infracciones observadas.
— Colaborar en el mantenimiento y conservación de las instalaciones.
— Llevar a cabo las funciones que se le encomienden en el Plan de Emergencia Interior y en el Plan Interior Marítimo y, en los casos que corresponda, en el Plan de Protección de la Instalación Portuaria (PPIP) o del Puerto (PPP).
— Llevar a cabo funciones de vigilancia, control e intervención con relación a la admisión, manipulación, almacenamiento y circulación de mercancías peligrosas en los puertos, de conformidad con el Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento nacional de admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías en los puertos.
— Gobernar la embarcación del servicio del puerto en caso de que se disponga de la titulación pertinente.
— Elaborar informes relacionados con el ejercicio de sus funciones.
— Atender a las personas usuarias de los puertos, asegurar que se cumplen los estándares de calidad en el servicio y prestar el servicio de auxilio en las maniobras de amarre de las embarcaciones cuando sea necesario.
— Suplir al encargado o encargada del puerto en caso de ausencia.
— Llevar a cabo las tareas y cualquier otra actividad relacionada con el puesto de trabajo que le encomienden los superiores en la escala jerárquica.
ANEXO 2 Estructura orgánica de Puertos de las Islas Baleares
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PIB001)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PALMA) (PIB0010001
Puesto base auxiliar (F01470259)
Jefe/Jefa del Servicio de Proyectos y Obras (F0114005E)
Jefe/Jefa de la Sección V (F01130245)
Jefe/Jefa del Servicio Jurídico (F0114020C)
Jefe/Jefa de la Sección VIII (F01130250)
Jefe/Jefa del Servicio de Explotación (F0114021C)
Jefe/Jefa del Negociado IX (F01110096)
Jefe/Jefa del Negociado X (F01110095)
Jefe/Jefa del Negociado XIII (F01110092)
Celador/Celadora de instalaciones náuticas (F00370001)
Jefe/Jefa de la Sección VII (F01130243)
Jefe/Jefa del Negociado IV (F01110101)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (CALA BONA-MANACOR) (PIB0010010)
Celador/Celadora guardamuelles (F00380005)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (CALA FIGUERA-SANTANYÍ) (PIB0010008)
Encargado/Encargada de puerto (F00610002)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (CALA RAJADA) (PIB0010007)
Encargado/Encargada jefe del puerto (F00620001)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (COLONIA DE SANT JORDI) (PIB0010004)
Encargado/Encargada de puerto (F00610006)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PUERTO DE ANDRATX) (PIB0010005)
Encargado/Encargada jefe del puerto (F00620004)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PUERTO DE POLLENÇA) (PIB0010009)
Encargado/Encargada jefe del puerto (F00620003)
Celador/Celadora guardamuelles (F00380001)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PORTOCOLOM-FELANITX) (PIB0010003)
Encargado/Encargada de puerto (F00610007)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PUERTO DE CIUDADELA DE MENORCA) (PIB0010015)
Encargado/Encargada jefe del puerto (F00620002)
Celador/Celadora guardamuelles (F00380014)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (FORNELLS-ES MERCADAL-MENORCA) (PIB0010016)
Encargado/Encargada de puerto (F00610005)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PUERTO EXTERIOR-CIUDADELA DE MENORCA) (PIB0010018)
Jefe técnico/Jefa técnica Ports Menorca (F01150006)
Encargado/Encargada jefe del puerto (F00620008)
PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (SANT ANTONI DE PORTMANY) (PIB0010013)
Encargado/Encargada de puerto (F00610004)
Celador/Celadora guardamuelles (F00380002)