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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Sección I. Disposiciones generales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 407220
Orden 18/2024, de 26 de junio, del consejero de Educación y Universidades por la que se dispone la puesta en funcionamiento de la Escuela Superior de Diseño de las Islas Baleares

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Texto

La creación de centros públicos corresponde al gobierno autonómico, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación.

La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, establece en el artículo 102 de Creación de centros, que la creación, supresión y transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se van a desarrollar.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, regula en la sección tercera del capítulo VI, las enseñanzas artísticas superiores y destaca en su artículo 57, los estudios superiores de diseño.

La Ley 1/2024, de 7 de junio, regula las enseñanzas artísticas superiores y establece la organización y las equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales. En el capítulo II, de Estructura y organización de las enseñanzas, en concreto el artículo 6, punto 1. f) determina las enseñanzas artísticas superiores de diseño.

El Decreto 20/2024, de 17 de mayo, creó la Escuela Superior de Diseño de las Illes Balears, con el código de centro 07016815, que empezará su actividad con las enseñanzas superiores de diseño autorizadas en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears en las especialidades de: diseño de productos, diseño de interiores, diseño gráfico y diseño de moda y el master en Diseño responsable de entornos turísticos.

La unidad administrativa encargada de impulsar los proyectos educativos relacionados con los estudios superiores de Diseño es la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.

La Escuela Superior de Diseño de las Illes Balears empezará la actividad en el curso 2024-2025, en las instalaciones del edificio de la antigua Escuela de Artes y Oficios de Palma, c/ Institut Balear, núm. 5. A medio y largo plazo está prevista la construcción de tres edificios para acoger las tres enseñanzas artísticas superiores (música, diseño y arte dramático), las parcelas están situadas entre las calles Alfons el Magnànim, Sant Francesc de Salas y Pere de Caffaro.

Según el artículo 32, de la Ley 1/2024, de 7 de junio, la dirección de la Escuela Superior de Diseño de las Illes Balears debe proveerse por concurso de méritos entre los profesores y profesoras funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas que tiene el centro y de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.

Aun así, y de acuerdo con el artículo 34.3 de esta misma Ley Orgánica, como centro de nueva creación, de forma excepcional y antes del inicio de las actividades lectivas del curso 2024-2025, la Conselleria de Educación y Universidades, oído el Consejo de Centro, nombrará con carácter extraordinario, por un período máximo de dos cursos, un funcionario o funcionaria docente como director.

El director del centro, una vez informados el claustro y el consejo de centro, si están constituidos, propondrá el nombramiento de las demás personas integrantes del equipo directivo.

ORDEN

Artículo 1 Inicio de la actividad docente

La Escuela Superior de Diseño de las Illes Balears, con el código de centro 07016815 y creado por el Decreto 20/2024, de 17 de mayo, empezará a desarrollar la actividad docente en el curso 2024-2025.

Artículo 2 Objetivo

Se autoriza al centro para que imparta las enseñanzas artísticas superiores de Diseño tal y como regula el Decreto 43/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece en las Illes Balears el plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores conducentes al título superior de diseño de las especialidades de diseño gráfico, diseño de interiores, diseño de moda y diseño de producto y se regula su evaluación.

Artículo 3 Gestión económica

El nuevo centro tendrá la autonomía de gestión económica que le corresponde para poder ejercer con garantías sus funciones, tal y como regula el punto 2. f) del artículo 26 de la Ley 1/2024, de 7 de junio por la que regula las enseñanzas artísticas superiores y establece la organización y las equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales y el Real decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la ley Orgánica 2 /2006 de 3 de mayo, de Educación, y ordena las enseñanzas artísticas superiores desde la doble perspectiva de su integración en el sistema educativo y el planteamiento global del conjunto de las enseñanzas artísticas, dotándolas de un espacio propio y flexible de de acuerdo con los principios del Espacio Europeo de la Educación Superior (EEES).

Artículo 4 Nombramiento del director

De acuerdo con el artículo 34.3 de la Ley 1/2024, como centro de nueva creación, y con el fin de garantizar su apertura y funcionamiento, el director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, oído el consejo de Centro, si está constituido, debe proponer al director general de Personal Docente y Centros Concertados el nombramiento de un funcionario docente como titular de la dirección por un período máximo de dos cursos. El nombramiento tendrá efectos desde el día 1 de julio de 2024.

Posteriormente, el director del centro, una vez informados el claustro y el consejo de centro, si están constituidos, propondrá el nombramiento de los demás miembros del equipo directivo.

Artículo 5 Configuración del centro

La configuración del centro será la siguiente:

Código de centro: 07016815

Denominación genérica: Escola Superior de Disseny

Denominación específica: de las Illes Balears

Titular: Consejería de Educación y Universidades

Domicilio: c. del Institut Balear, núm. 5

Municipio: Palma

CP: 07012

Enseñanzas autorizadas:

Estudios Superiores de Diseño en las especialidades de :

Diseño de productos

Diseño de interiores

Diseño gráfico

Diseño de moda

Máster en diseño responsable de entornos turísticos

Según las necesidades de la comunidad educativa y progresivamente, se autorizarán estudios de especialidades no reguladas por la normativa estatal, en forma de titulación propia del centro.

También se podrán impartir cursos de formación permanente, cursos de postgrado, cursos de perfeccionamiento y clases magistrales, siempre que la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores y la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas lo autoricen.

Artículo 6 Puesta en funcionamiento y organización

Se autoriza a la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores ya la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas para que dicten las resoluciones necesarias y adopten las medidas adecuadas que exige la puesta en funcionamiento del nuevo centro.

Disposición final única Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica  (26 de junio de 2024)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany