Sección I. Disposiciones generales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Núm. 497957
Orden del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 20 de octubre de 2021 por la que se modifica la Orden del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 16 de agosto de 2021 por la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática y de los entes del sector público instrumental adscritos a la Consejería
Mediante la Orden del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 16 de agosto de 2021 por la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática y de los entes del sector público instrumental adscritos a la Consejería, se aprobaron las funciones de los puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática y de los entes del sector público instrumental adscritos a la Consejería, como el Instituto Balear de la Energía.
Desde la vigencia de esta Orden, se ha aprobado la dotación de puestos de trabajo en el Instituto Balear de la Energía, ente del sector público instrumental adscrito a la Consejería, circunstancia que exige, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la modificación de la Orden de del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 16 de agosto de 2021 antes citada.
Por todo ello, de acuerdo con el artículo 53 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, y el artículo 34 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y de conformidad con las pautas y los criterios formales que establece la Instrucción 1/2012, de 28 de febrero, de la directora general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios por la que se fijan los criterios para confeccionar las órdenes de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de las diferentes consejerías, dicto la siguiente
Orden
Artículo 1
Se modifica el anexo 2 de la Orden del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 16 de agosto de 2021 por la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática y de los entes del sector público instrumental adscritos a la Consejería, modificación que implica la dotación de funciones a los puestos de trabajo citados en el anexo 2 que se adjunta a esta Orden.
Artículo 2
Se modifica el anexo 4 de la Orden del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 16 de agosto de 2021 por la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática y de los entes del sector público instrumental adscritos a la Consejería, modificación que implica el cambio de la estructura jerárquica para adecuarla a los puestos de trabajo citados en el anexo 4 que se adjunta a esta Orden.
Disposición final única
Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 20 de octubre de 2021
El consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática Juan Pedro Yllanes Suárez
ANEXO 2 Instituto Balear de la Energía
Dirección y Gerencia del Instituto Balear de la Energía (Palma) (unidad: IBG0010001)
Jefe/a del Servicio Administrativo (F0114002J)
Bajo la dependencia del director o de la directora gerente, le corresponde:
— Dar apoyo y asistencia al director o a la directora gerente.
— Ejercer la gestión de personal del Instituto.
— Llevar a cabo el asesoramiento jurídico del Instituto.
— Realizar las funciones propias del jefe o jefa de la Unidad de Contratación del Instituto, de acuerdo con la normativa vigente.
— Realizar las funciones propias de la gestión económica y presupuestaria del Instituto.
— Adecuar e implantar los procedimientos administrativos relativos a materias que sean de la competencia del Instituto.
— Controlar, gestionar y tramitar los asuntos en materia de patrimonio, equipamientos informáticos y compras.
— Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende el órgano superior jerárquico.
De este Servicio depende la jefatura de la Sección I
Jefe/a del Servicio Técnico (F0114003F)
Bajo la dependencia del director o de la directora gerente, le corresponde:
— Dar apoyo y asistencia técnica al director o a la directora gerente.
— Gestionar, redactar, coordinar y desarrollar proyectos de energías renovables, eficiencia energética y movilidad eléctrica, y la recarga pública.
— Coordinar el desarrollo de los proyectos de energías renovables y de eficiencia energética del Instituto.
— Coordinar los expedientes de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables y realizar el seguimiento.
— Proponer la adscripción a proyectos europeos.
— Gestionar las instalaciones energías renovables y de movilidad eléctrica del ente, así como los posibles contratos o convenios vinculados a la explotación.
— Realizar informes técnicos.
— Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende el órgano superior jerárquico.
De este Servicio dependen las jefaturas de las secciones II y III.
ANEXO 4 Estructura orgánica del Instituto Balear de la Energía
Dirección y Gerencia del Instituto Balear de la Energía (Palma) (unidad: IBG0010001) |
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Secretario/a personal (F0176007C) |
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Jefe/a del Servicio Administrativo (F0114002J) |
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Jefe/a de la Sección I (F0113002T) |
Jefe/a del Servicio Técnico (F0114003F) |
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Jefe/a de la Sección II (F0113002U) Jefe/a de la Sección III (F0113002V) |
Puesto base auxiliar (F014700AD) |