Torna

BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Sección I. Disposiciones generales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 10773
Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 25 de octubre de 2019 de modificación de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 15 de octubre de 2019 por la que se aprueban la convocatoria y las bases reguladoras de las ayudas excepcionales para incentivar la contratación indefinida de personas trabajadoras afectadas por despidos colectivos derivados de un procedimiento concursal como consecuencia del concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El 5 de octubre de 2019, se publicó el Decreto Ley 2/2019, de 4 de octubre, por el que se establecen ayudas puntuales para paliar los impactos económicos producidos por el concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook sobre la economía de las Illes Balears, en cuyo artículo 2 se prevén dos programas de ayudas, la primera de las cuales hace referencia a ayudas a empresas que contraten, de manera indefinida y para prestar servicios en las Illes Balears, a personas trabajadoras afectadas por un despido colectivo derivado del proceso concursal de Thomas Cook y para las que esta Orden fija las bases reguladoras de las ayudas y la convocatoria para su concesión.

La Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 15 de octubre de 2019 aprueba la convocatoria y las bases reguladoras de las ayudas excepcionales para incentivar la contratación indefinida de personas trabajadoras afectadas por despidos colectivos derivados de un procedimiento concursal como consecuencia del concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook y ha sido publicada en el Butlletí Oficial de las Illes Balears número 142, de 19 de octubre.

De acuerdo con las características de las ayudas y la celeridad con la que deben tramitarse las solicitudes que puedan presentarse, y de conformidad con el artículo 13 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, con esta modificación se regulan el pago y la forma de justificación de las ayudas.

Por todo ello, de acuerdo con las competencias atribuidas a la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por el artículo 2.4 del Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la Presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las Competencias y la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto la siguiente:

ORDEN

Artículo único

Adición del artículo 12 bis

Se modifica la Orden del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 15 de octubre de 2019 por la que se aprueban la convocatoria y las bases reguladoras de las ayudas excepcionales para incentivar la contratación indefinida de personas trabajadoras afectadas por despidos colectivos derivados de un procedimiento concursal como consecuencia del concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook y se añade un nuevo artículo, el 12 bis, con el contenido siguiente:

Artículo 12 bis

Justificación y pago

1. El importe de la subvención se tiene que abonar una vez que la entidad beneficiaria haya justificado previamente que ha llevado a cabo la actuación que fundamenta la concesión de la ayuda.

2. La entidad beneficiaria de la subvención está obligada a justificar la aplicación de los fondos a la finalidad que haya servido de fundamento a la concesión de la subvención en los términos dispuestos en el artículo 39 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005.

3. Para pagar las ayudas previstas en esta convocatoria, puesto que su objeto es la contratación de las personas trabajadoras a las que se refiere el artículo 3 de esta Orden, es suficiente la documentación de las personas trabajadoras aportada en el expediente relativa a la contratación, con cuya presentación se entiende acreditada la justificación de la actuación subvencionable.

 

Disposición final única

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  

Palma, 25 de octubre de 2019

El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo,

Iago Negueruela Vázquez